¿Cuánto IVA se paga por los servicios de transporte por carretera?
Los servicios de transporte por carretera (incluidos peajes, peajes de puentes, tarifas de entrada, etc.) están sujetos al impuesto al valor agregado de acuerdo con los servicios de arrendamiento de bienes raíces.
Cuando los contribuyentes generales de las empresas operadoras de carreteras cobran los peajes de los vehículos de carretera que comenzaron antes del piloto, pueden optar por aplicar el método de cálculo de impuestos simplificado y calcular el impuesto a pagar a una tasa impositiva reducida del 3%.
Los contribuyentes generales pueden optar por aplicar el método de cálculo de impuestos simplificado, cobrar peajes en autopistas de primera clase, autopistas de segunda clase, puentes y puertas que se hayan iniciado antes del piloto, y calcular y pagar el valor agregado. impuesto a una tasa del 5%.
Si no se cumplen las condiciones de recaudación simple, se gravará el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo del 9%.
El importe del impuesto soportado que se puede deducir de los peajes de los vehículos de carretera = el importe indicado en la factura de peaje de la autopista ÷ (1+3%) × 3%. Por tanto, se pueden calcular los peajes de los vehículos de carretera cualificados y. pagado En el caso del impuesto sobre el valor añadido, las facturas se emiten a un tipo reducido del 3%. Los contribuyentes generales pueden optar por aplicar el método de cálculo de impuestos simplificado, cobrar peajes en carreteras de primera clase, carreteras de segunda clase, puentes y puertas que se hayan iniciado antes del piloto, y calcular y pagar el impuesto al valor agregado a una tasa de 5. %. La construcción iniciada antes del proyecto piloto significa que la fecha de inicio del contrato especificada en el permiso de construcción correspondiente es anterior a 2065438 + 30 de abril de 2006. Los contribuyentes que paguen peajes en autopistas de primer y segundo nivel pero que aún no hayan obtenido factura electrónica ordinaria por impuesto al valor agregado en autopistas de peaje, podrán calcular el monto del impuesto soportado deducible con base en el monto de peaje indicado en las facturas de peaje obtenidas y de acuerdo a la siguiente fórmula: El importe del impuesto soportado que se puede deducir por los peajes de las autopistas de primer y segundo nivel = el importe indicado en las facturas de peajes de las autopistas de primer y segundo nivel ÷ (1 + 5%) × 5% del Peajes de puentes y puertas pagados por el contribuyente. A partir del importe del cargo indicado en la factura de peaje obtenida, el impuesto soportado deducible se calcula según la siguiente fórmula: Impuesto soportado deducible en peajes de carreteras, puentes y puertas = Importe indicado en la factura de peaje de carreteras, puentes y puertas ÷ (1+ 5%) × 5%. Por tanto, si los peajes de las autopistas de primera, segunda, puentes y portones cumplen con la normativa, podrán tributar a un tipo impositivo del 5% y presentar facturas.
Base jurídica:
Artículo 1 del "Aviso del Ministerio de Hacienda y de la Administración Tributaria del Estado sobre la Promoción Integral del Programa Piloto de Reemplazo del Impuesto Empresarial por el Impuesto al Valor Agregado" (Caishui [2065 438+06] No. 36) El punto (9) estipula que para los peajes de autopista cobrados antes del piloto, los contribuyentes generales de las empresas de carreteras pueden optar por aplicar el método de cálculo de impuestos simplificado y calcular el impuesto a pagar a una tasa impositiva reducida. del 3%.