Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Yao Yonghui, abogado defensor penal de Zhengzhou: ¿Pueden los presos solicitar la libertad supervisada para cuidar de sus familiares enfermos?

Yao Yonghui, abogado defensor penal de Zhengzhou: ¿Pueden los presos solicitar la libertad supervisada para cuidar de sus familiares enfermos?

¿Puede un recluso solicitar el cuidado de un familiar enfermo fuera de prisión?

El abogado defensor penal senior de Zhengzhou le pidió a Yonghui que respondiera: ¡No! De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Penal, sólo pueden cumplirse temporalmente fuera de prisión las siguientes circunstancias: (1) quienes padecen enfermedades graves y necesitan ser puestos en libertad condicional por motivos médicos (2) mujeres que están embarazadas o amamantando a sus bebés; (3) Aquellos que no pueden valerse por sí mismos, están sujetos a sentencia de prisión temporal. La ejecución externa no dañará a la sociedad. ¡Las palabras "gravemente enfermo" e "incapaz de cuidar de sí mismo" aquí se refieren a los propios reclusos, no a sus familiares! Por lo tanto, si un familiar inmediato de un delincuente está gravemente enfermo o no puede cuidar de sí mismo, el delincuente no puede solicitar la libertad supervisada para cuidar al paciente. Además, las tres situaciones anteriores sólo se aplican a los delincuentes que han sido condenados a penas de prisión de duración determinada o detención penal. Los delincuentes que han sido condenados a cadena perpetua sólo pueden cumplir temporalmente su condena fuera de prisión si cumplen los requisitos del párrafo 2. Además, a los delincuentes que puedan ser peligrosos para la sociedad y soliciten libertad condicional por motivos médicos, o a los delincuentes que se autolesionen, generalmente no se les permite ser liberados bajo libertad condicional por razones médicas. Antes de ser entregado para ejecución, la ejecución temporal fuera de prisión será decidida por el tribunal popular donde se dicta la sentencia para ejecución. Una vez completada la ejecución, la prisión o el centro de detención propondrá por escrito la ejecución temporal fuera de la prisión y la presentará a la agencia de administración penitenciaria a nivel provincial o superior o a la agencia de seguridad pública a nivel de ciudad distrital o superior para su aprobación.