¿Qué debemos hacer ante la violencia escolar?
1. Negociar con el perpetrador para retrasar el tiempo, luego encontrar una oportunidad adecuada para escapar o ganar una confianza razonable a través de la negociación.
2. ver a alguien pasar o llamar a la policía;
3. Explique la situación a los padres y maestros de la escuela, y castigue a los perpetradores;
4. que los perpetradores tomen represalias.
¿Cuáles son las conductas que identifican el acoso escolar?
Los comportamientos que identifican el acoso escolar incluyen:
1. Se refiere a ataques directos al cuerpo de los estudiantes, como empujar, agarrar, morder, golpear, patear, pellizcar, etc. para dañar el cuerpo de otros estudiantes;
2. Se refiere al uso de palabras maliciosas; amenazas verbales e intimidación; difundir rumores e información falsa, etc. Esta también es una forma común de acoso. El acoso verbal suele causar graves daños psicológicos a los estudiantes acosados.
3. Acoso social. Significa que la víctima no es atacada directamente en persona, sino que es intimidada formando equipo con otros compañeros para excluirla o aislarla sistemáticamente. Este tipo de acoso es más complicado y el propósito del acoso a menudo se logra mediante acciones grupales. Este tipo de comportamiento de intimidación hace que los compañeros acosados se sientan como si no tuvieran amigos y estuvieran aislados.
4. Acoso financiero. Se refiere a destruir y exigir propiedad de los estudiantes, como pedir a otros estudiantes que entreguen o compren útiles escolares, teléfonos móviles, computadoras, cigarrillos, etc. Causar daños a la propiedad de otros estudiantes al destruir, robar o exigir dinero por la fuerza;
5. Con el desarrollo de la tecnología moderna, los agresores han comenzado gradualmente a utilizar la tecnología de la información moderna para intimidar a través de software social, correo electrónico y foros en línea.
Base jurídica: Artículo 87 de la “Ley de la República Popular China sobre Protección de Menores”.
Los gobiernos populares locales y sus departamentos pertinentes deben garantizar la seguridad de los campus, instar y orientar a las escuelas, jardines de infancia y otras unidades para que implementen las responsabilidades de seguridad de los campus y establecer mecanismos de notificación, manejo y coordinación de emergencias.
Artículo 88
Los órganos de seguridad pública y otros departamentos pertinentes mantendrán la seguridad pública y el orden del tráfico alrededor del campus de acuerdo con la ley, establecerán equipos de vigilancia e instalaciones de seguridad del tráfico, y Prevenir y detener las agresiones a las conductas ilegales y delictivas de las personas.