¿Cuándo interviene un abogado especializado en conducción en estado de ebriedad?
1. Se considera conducción de vehículo a motor en estado de ebriedad, según el artículo 133-1, párrafo primero, en la vía pública con un contenido de alcohol en sangre superior a 80 mg/100 ml. del Código Penal, las disposiciones prevén condenas y castigos por conducción peligrosa.
Los términos "carreteras" y "vehículos de motor" mencionados en el párrafo anterior serán de aplicación a las disposiciones pertinentes de la Ley de Seguridad Vial.
Base Jurídica
2. Será castigado gravemente de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 133 de la Ley Penal quien conduzca un vehículo a motor en estado de ebriedad en cualquiera de las circunstancias siguientes. Ley:
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(1) Causar un accidente de tránsito, asumir total o mayor responsabilidad por el accidente, o escapar después de causar un accidente de tránsito, que no constituye otros delitos;
(2) El contenido de alcohol en sangre alcanza los 200 mg/ 65438±000 ml;
(3) Conducir por autopistas y autopistas urbanas;
(4) Conducir un vehículo de motor comercial para transportar pasajeros;
(5) violaciones graves de las leyes de seguridad vial, como hacinamiento grave, sobrecarga o exceso de velocidad, conducir un vehículo de motor sin calificaciones para conducir y usar una licencia de vehículo de motor falsificada o alterada. placas;
(6) Evadir los órganos de seguridad pública Realizar inspecciones de conformidad con la ley, o negarse u obstruir las inspecciones de los órganos de seguridad pública de conformidad con la ley, no constituye otros delitos;
(7) Estar sujeto a sanciones administrativas o proceso penal por conducir un vehículo motorizado después de beber;
(8) Otras circunstancias que puedan resultar en un castigo severo.
3. Se sancionará la conducción de un vehículo de motor en estado de ebriedad y el uso de violencia o amenazas para impedir que los órganos de seguridad pública realicen las inspecciones conforme a la ley, lo que constituye el delito de obstrucción a los trámites oficiales y otros delitos. de conformidad con las disposiciones de pena concurrente por delitos múltiples.
4. La multa impuesta al imputado por conducir un vehículo de motor en estado de ebriedad se determinará en función del grado de ebriedad del imputado, si se causó daño real y su actitud de admisión de culpa y arrepentimiento. , determinar el monto de la multa proporcional a la pena principal.
5. Cuando los órganos de seguridad pública investiguen y traten a un presunto delincuente que conduce un vehículo motorizado en estado de ebriedad, se deberá registrar el proceso de detención, la prueba de alcoholemia y el proceso de extracción de sangre, si las condiciones lo permiten, y fotografías; , se deben tomar grabaciones de audio o video; si hay testigos, se deben recoger sus testimonios.
6. La opinión de la prueba de alcoholemia es la base para determinar si el sospechoso está ebrio. Si un sospechoso de delincuente cumple con el estándar de ebriedad especificado en el artículo 1 de estas Opiniones a través de la prueba de contenido de alcohol en el aliento y se escapa antes de la extracción de sangre, los resultados de la prueba de contenido de alcohol en el aliento pueden usarse como base para determinar que está ebrio.
Para evadir la investigación legal durante la inspección realizada por los órganos de seguridad pública de conformidad con la ley, si un sospechoso de delincuente bebe alcohol antes de realizar la prueba de alcoholemia o de extracción de sangre, y su contenido de alcohol en sangre alcanza El estándar de ebriedad estipulado en el artículo 1 de estos Dictamenes, debe considerarse ebrio.
7. Al tramitar casos penales por conducción de vehículos motorizados en estado de ebriedad, se deben aplicar estrictamente las disposiciones pertinentes de la Ley de Procedimiento Penal, se deben proteger eficazmente los derechos procesales de los sospechosos y acusados de delitos y se debe garantizar la investigación, el procesamiento y el juicio deben llevarse a cabo oportunamente dentro del plazo legal.
Los sospechosos de delitos y acusados que conducen un vehículo motorizado en estado de ebriedad pueden ser detenidos o liberados bajo fianza en espera de juicio según las circunstancias del caso. Aquellos que cumplan las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio, pero el sospechoso o acusado no pueda proporcionar un garante o pagar un depósito, podrán ser puestos bajo vigilancia residencial. Si las circunstancias son graves, los sospechosos de delitos y los acusados que violen las disposiciones sobre libertad bajo fianza en espera de juicio y vigilancia domiciliaria podrán ser arrestados.