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Reglamento sobre las cooperativas profesionales de agricultores en la provincia de Heilongjiang

Artículo 1 Con el fin de orientar y apoyar el desarrollo de las cooperativas profesionales de agricultores, proteger los derechos e intereses legítimos de las cooperativas profesionales de agricultores y sus miembros, promover el desarrollo de la agricultura y la economía rural y promover la construcción de una agricultura moderna, de conformidad con con la "Ley de Cooperativas Profesionales de Agricultores de la República Popular China" y las leyes y reglamentos pertinentes estipula que estos reglamentos se formulan en función de la situación real de la provincia. Artículo 2 Este reglamento se aplica al establecimiento, funcionamiento, gestión y apoyo de cooperativas profesionales de agricultores dentro de la región administrativa de esta provincia.

Las cooperativas profesionales de agricultores son organizaciones económicas de ayuda mutua organizadas por productores y operadores de productos agrícolas similares o proveedores y usuarios de servicios de producción y gestión agrícolas similares sobre la base de la gestión de contratos de hogares rurales.

El establecimiento, registro, organización, gestión, estatutos, distribución de ingresos, establecimiento, fusión, adhesión, cancelación, disolución y liquidación de cooperativas profesionales de agricultores se llevarán a cabo de conformidad con las normas nacionales pertinentes.

Las disposiciones sobre agricultores contenidas en este reglamento se aplican a los empleados de granjas, pastos, granjas forestales, pesquerías y otras empresas e instituciones de propiedad estatal que implementan la gestión de contratos. Artículo 3 Los departamentos administrativos agrícolas a nivel de condado o superior son responsables de la orientación, el apoyo y los servicios integrales para la construcción y el desarrollo de las cooperativas profesionales de agricultores dentro de sus respectivas regiones administrativas, y sus agencias de gestión económica cooperativa rural afiliadas (en lo sucesivo denominadas agencias de gestión económica rural) son responsables de la gestión diaria.

La Administración General Provincial de Recuperación Agrícola y la Administración General Provincial de Silvicultura son responsables de la orientación, el apoyo y los servicios integrales para la construcción y el desarrollo de cooperativas profesionales de agricultores en áreas de recuperación y áreas forestales de propiedad estatal. y aceptar la orientación profesional del guía administrativo agrícola provincial.

Los departamentos de silvicultura, conservación de agua, cría de animales y veterinaria, agencias de gestión de maquinaria agrícola, cooperativas de suministro y comercialización, asociaciones de ciencia y tecnología y otras organizaciones a nivel de condado o superior, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, hacer un buen trabajo cultivando, guiando, apoyando y sirviendo a la construcción y desarrollo del trabajo relacionado con las cooperativas profesionales de agricultores.

Los departamentos de industria y comercio, finanzas, impuestos, ciencia y tecnología, tierra y recursos, transporte, calidad y supervisión técnica, comercio, alimentación y gestión financiera a nivel de condado o superior, de conformidad con sus respectivas responsabilidades, hacer un buen trabajo en la construcción y desarrollo de cooperativas profesionales de agricultores, orientación, apoyo y trabajo de servicio. Artículo 4 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior fortalecerán la planificación y coordinación generales y organizarán los departamentos pertinentes para guiar y promover el desarrollo de las cooperativas profesionales de agricultores a través de políticas industriales, apoyo financiero, incentivos fiscales y apoyo financiero, tecnológico y de talento.

El gobierno popular del municipio (ciudad) organizará comités de aldeanos para brindar conveniencia y servicios para el establecimiento, desarrollo y actividades de producción y operación de las cooperativas profesionales de agricultores, y ayudar en la mediación y el manejo de disputas de producción y operación. de conformidad con la ley. Artículo 5 Las condiciones de afiliación de las cooperativas profesionales de agricultores no están sujetas a restricciones geográficas. Los agricultores pueden unirse a una cooperativa profesional de agricultores en otro lugar o unirse a varias cooperativas profesionales de agricultores.

Los residentes que se han convertido al registro de hogares urbanos pero disfrutan de derechos de gestión de contratos de tierras rurales de acuerdo con la ley pueden solicitar unirse a cooperativas profesionales de agricultores como agricultores después de emitir un contrato o certificado de contrato de tierras.

Las personas que poseen un registro de hogar no agrícola y participan directamente en actividades de producción y operación agrícola dentro de la jurisdicción de registro de hogar de áreas de recuperación y áreas forestales pueden formar o unirse a la profesión de agricultor como agricultor con el certificado emitido. por la finca o explotación forestal donde se encuentre el registro de hogar de la cooperativa. Artículo 6 No existe límite mínimo de aportación de capital para los miembros de cooperativas profesionales de agricultores. Los socios podrán aportar capital en moneda o bienes no monetarios que puedan valorarse en moneda y transferirse de conformidad con la ley. Si el capital se aporta mediante bienes no dinerarios, la valoración será determinada por todos los socios, no exigiéndose certificado de verificación del capital.

Los agricultores que no hayan cambiado el uso de la tierra durante el período del contrato de tierras pueden invertir en cooperativas profesionales de agricultores con los ingresos esperados de sus derechos de gestión del contrato de tierras.

Se anima a las cooperativas de agricultores profesionales a asegurar a sus miembros con una póliza de seguro agrícola y un seguro agrícola comercial para reducir sus riesgos de inversión. Artículo 7 Los gobiernos populares de todos los niveles y los departamentos pertinentes apoyarán y orientarán a las asociaciones profesionales de agricultores calificadas, las empresas cooperativas por acciones de agricultores y otras formas de organizaciones económicas cooperativas profesionales de agricultores para que se registren como cooperativas profesionales de agricultores de conformidad con la ley. Artículo 8 Dos o más cooperativas profesionales de agricultores pueden formar una cooperativa sobre la base del principio de voluntariedad e igualdad y disfrutar de las políticas preferenciales pertinentes de las cooperativas profesionales de agricultores. Artículo 9 Las cooperativas profesionales de agricultores establecerán y mejorarán los registros, pruebas, embalaje y etiquetado de la producción de productos agrícolas y otros sistemas de gestión de calidad y seguridad de conformidad con la ley.

Artículo 10 Las cooperativas profesionales de agricultores divulgarán sus asuntos sociales, publicarán su situación operativa y financiera a sus miembros periódicamente cada año y aceptarán la supervisión de sus miembros.

Las cooperativas profesionales de agricultores deberán llevar una contabilidad anual de sus condiciones de operación de acuerdo con el "Sistema de Contabilidad Financiera de las Cooperativas Profesionales de Agricultores", distribuir el excedente distribuible del año a los cooperativistas y publicar el estado de cuenta ajustado. cambios en el patrimonio de los miembros a todos los miembros. Artículo 11 Los socios de las cooperativas profesionales de agricultores podrán transferir sus aportaciones de capital y sus participaciones en fondos de previsión en sus cuentas de conformidad con las disposiciones de los estatutos. Si no hay ninguna disposición en los estatutos, podrá transferirse a otros miembros de la sociedad previa revisión de la junta directiva o discusión y aprobación de la asamblea general de socios.

La propiedad formada por cooperativas profesionales de agricultores que reciben subsidios financieros directos del Estado y donaciones de otros debe cuantificarse igualmente en participaciones de los miembros y no será transferida. Artículo 12 Las agencias de gestión económica rural de todos los niveles, de conformidad con las disposiciones del "Sistema de contabilidad financiera de las cooperativas profesionales de agricultores", proporcionarán formación y orientación profesionales al personal de contabilidad financiera de las cooperativas profesionales de agricultores y orientarán la gestión de la contabilidad financiera. y auditoría del trabajo de las cooperativas profesionales de agricultores.

Los departamentos pertinentes y las agencias de gestión económica rural de todos los niveles deben fortalecer la supervisión de los fondos, equipos e instalaciones invertidos por el Estado en las cooperativas profesionales de agricultores para garantizar su uso eficiente.