¿Cuáles son las sanciones por la intrusión ilegal en los sistemas de información informática?
El artículo 2 de la "Interpretación sobre diversas cuestiones relativas a la aplicación de las leyes en la tramitación de casos penales que ponen en peligro la seguridad de los sistemas informáticos de información" debe considerarse utilizado específicamente para los fines especificados en el tercer párrafo del artículo 285 de la Ley Penal Programas y herramientas que invadan y controlen ilegalmente los sistemas de información informáticos: (1) Tengan por función eludir o violar las medidas de protección de seguridad de los sistemas de información informáticos, y obtener datos de los sistemas de información informáticos sin autorización o. exceder la autorización; (2) Tener la función de eludir o vulnerar sistemas de información informática. Medidas de protección de seguridad del sistema, funciones para controlar sistemas de información informática sin autorización o más allá de la autorización. (3) Otros programas y herramientas utilizados específicamente para invadir o controlar ilegalmente información informática; y obtener ilegalmente datos de sistemas de información informáticos. Proporcionar los programas y herramientas antes mencionados para la intrusión y el control ilegal de sistemas de información informática sólo constituye un delito si las circunstancias son graves. En casos graves, puede entenderse como el suministro de una gran cantidad de programas y herramientas utilizados específicamente para invadir y controlar ilegalmente sistemas de información informáticos. El uso extensivo de una gran cantidad de programas y herramientas utilizados específicamente para invadir y controlar ilegalmente sistemas de información informáticos; de programas y herramientas para controlar los sistemas informáticos de información ha causado graves daños.
Objetividad jurídica:
Artículo 285 de la "Ley Penal" que viole las normas nacionales e invada los sistemas de información informática en los campos de los asuntos nacionales, la construcción de la defensa nacional y la vanguardia. ciencia y tecnología serán reprimidos con pena privativa de libertad no superior a tres años o prisión preventiva. Si una unidad comete los delitos previstos en los tres párrafos anteriores, será multada y su supervisor directamente responsable y otro personal directamente responsable serán sancionados de conformidad con las disposiciones de cada párrafo.