Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - ¿Se puede dar herencia a extraños?

¿Se puede dar herencia a extraños?

La herencia se puede dar a personas ajenas, pero se debe dar a la otra parte mediante testamento.

Base Legal

El artículo 133 del Código Civil establece que una persona física puede otorgar testamento para disponer de bienes muebles de conformidad con las disposiciones de esta ley y puede nombrar un albacea. Una persona física puede hacer testamento y especificar que los bienes muebles serán heredados por uno o más herederos legales. Una persona natural puede otorgar testamento y donar bienes muebles al Estado, a colectivos u organizaciones o a personas físicas distintas de los herederos legales. Una persona natural puede constituir un fideicomiso testamentario de conformidad con la ley.