La casa construida por mi vecino bloquea la iluminación de mi hogar ¿Puedo demandar?
Las partes adyacentes a los bienes inmuebles deben manejar correctamente las relaciones adyacentes como la interceptación de agua, el drenaje, el transporte, la ventilación y la iluminación con un espíritu de conveniencia para la producción, conveniencia para la vida, solidaridad y asistencia mutua, justicia y razonabilidad. . Si causa obstrucción o pérdida a partes vecinas, se pondrá fin a la infracción, se eliminará la obstrucción y se compensará la pérdida. Las partes podrán presentar una demanda ante los tribunales por motivos de infracción, solicitando que se ponga fin a la infracción, se elimine la obstrucción y se compensen las pérdidas.
Procedimientos específicos:
1. Para construir una casa en zonas rurales, los aldeanos deben solicitar primero a la organización económica colectiva
2. la organización enumerará los hogares que solicitan construir casas.
3. La Oficina de Gestión de Tierras y Recursos y la Oficina de Asuntos Sociales de la ciudad irán al sitio para inspeccionar si el solicitante cumple con las condiciones y si. El terreno propuesto cumple con la planificación. ;
4. Una vez que expire el período de anuncio y no haya objeciones, los usuarios de la tierra que cumplan con las condiciones de "un hogar, una base" deberán informar al gobierno popular del municipio para su aprobación de acuerdo con las regulaciones, y luego presentarlo al gobierno popular a nivel de condado para su aprobación.
En resumen, si las dos partes no logran llegar a un acuerdo a través de una mediación privada, pueden litigar en el tribunal local competente, que es también uno de los medios para salvaguardar los derechos e intereses legítimos de las partes. .
Base jurídica:
Código Civil de la República Popular China
Artículo 292
El propietario del inmueble deberá construir y reparar casas , tender cables. Si los cables, tuberías de agua, calefacción y tuberías de gas necesitan utilizar terrenos o edificios adyacentes, los titulares de derechos de terreno o construcción deberán proporcionar las comodidades necesarias.
Artículo 293
La construcción de edificios no violará las normas nacionales de construcción de ingeniería pertinentes y no obstaculizará la ventilación, la iluminación y la luz solar de los edificios adyacentes.