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Wei Wei, un funcionario público de base en la provincia de Shaanxi, violó las normas disciplinarias

Este Reglamento está formulado de conformidad con la Ley de Funcionarios Públicos de la República Popular China y la Ley de Supervisión Administrativa de la República Popular China. El siguiente es el texto completo del "Reglamento sobre el castigo de los funcionarios públicos de agencias administrativas" de 2016, cuidadosamente compilado por el editor solo como referencia.

Capítulo 1 Principios Generales

Artículo 1 Con el fin de hacer cumplir estrictamente la disciplina de las agencias administrativas, regular el comportamiento de los funcionarios públicos en las agencias administrativas y garantizar que las agencias administrativas y sus funcionarios públicos desempeñar sus funciones de conformidad con la ley, de conformidad con la "Ley" de "Funcionarios Públicos de la República Popular China" y la "Ley de Supervisión Administrativa de la República Popular China" para formular estas regulaciones.

Artículo 2 Si los funcionarios de organismos administrativos violan leyes, reglamentos, normas y decisiones y órdenes de organismos administrativos y soportan responsabilidad disciplinaria, serán sancionados de conformidad con este reglamento.

Si las leyes, otros reglamentos administrativos y decisiones del Consejo de Estado estipulan sanciones para los funcionarios públicos de agencias administrativas, se seguirán las disposiciones de las leyes, reglamentos administrativos y decisiones del Consejo de Estado, si existen disposiciones; para el castigo por infracciones disciplinarias, pero no se especifica el alcance del castigo, se aplicarán las disposiciones sobre el alcance del castigo en el Capítulo 3 de este Reglamento y las disposiciones más similares.

Las regulaciones locales, las regulaciones departamentales y las regulaciones de los gobiernos locales pueden complementar las disposiciones para las violaciones de las leyes y disciplinas no especificadas en el Capítulo 3 de este Reglamento y los rangos de castigo correspondientes. Además de las autoridades de supervisión del Consejo de Estado y el departamento de personal del Consejo de Estado, otros departamentos del Consejo de Estado formularán reglamentos de sanciones disciplinarias junto con las autoridades de supervisión del Consejo de Estado y el departamento de personal del Consejo de Estado.

A excepción de las leyes, reglamentos, normas y decisiones del Consejo de Estado, los organismos administrativos no pueden establecer cuestiones disciplinarias para los funcionarios públicos de los organismos administrativos en otras formas.

Artículo 3 El comportamiento de los funcionarios de los organismos administrativos en el desempeño de sus funciones de conformidad con la ley estará protegido por la ley y no será sancionado sin razones y procedimientos legales.

Artículo 4 Al sancionar a los funcionarios públicos de los organismos administrativos, se deberán respetar los principios de justicia, equidad, educación y castigo.

Las sanciones impuestas a los servidores públicos de organismos administrativos serán proporcionales a la naturaleza, circunstancias y grado de daño de sus violaciones de las leyes y disciplinas.

Para imponer sanciones a servidores públicos de organismos administrativos, los hechos deben ser claros, las pruebas concluyentes, la caracterización precisa, el manejo adecuado, los procedimientos legales y los procedimientos completos.

Artículo 5 Si un funcionario de un organismo administrativo viola las leyes y disciplinas y es sospechoso de haber cometido un delito, será trasladado a la autoridad judicial para la investigación de responsabilidad penal de conformidad con la ley.

Capítulo 2 Tipos y Aplicación de las Sanciones

Artículo 6 Las penas para los servidores públicos de organismos administrativos se dividen en:

(1) Amonestación;

(2) Demérito;

(3) Demérito mayor;

(4) Descenso de categoría;

(5) Despido;

(6)Expulsado.

Artículo 7 El período de sanción para los servidores públicos de organismos administrativos es el siguiente:

(1) Amonestación, 6 meses;

(2) Demérito, 12 meses;

(3) Demérito mayor, 18 meses;

(4) Degradación y destitución del cargo, 24 meses.

Artículo 8 Los servidores públicos de organismos administrativos no podrán ser ascendidos a cargos o rangos durante el período de sanción. Entre ellos, los que sean objeto de deméritos, deméritos mayores, descensos de categoría o despidos no serán ascendidos a grados salariales; los que sean destituidos de sus cargos serán degradados de conformidad con el reglamento.

Artículo 9 Si un funcionario de un organismo administrativo es despedido, su relación personal con la unidad terminará a partir de la fecha en que surta efectos la decisión disciplinaria, y dejará de ejercer el cargo de funcionario público.

Si un funcionario de una agencia administrativa muestra arrepentimiento durante el período disciplinario distinto de la expulsión y no vuelve a cometer ninguna infracción ilegal o disciplinaria, la acción disciplinaria se levantará una vez transcurrido el período disciplinario. Una vez levantada la sanción, el grado salarial, el rango y el puesto ascendidos ya no se verán afectados por la sanción original. Sin embargo, el levantamiento de la pena de descenso de categoría o despido no se considerará reintegro al rango o cargo original.

Artículo 10 Si un funcionario de un organismo administrativo comete dos o más actos que requieran sanción al mismo tiempo, la sanción se decidirá por separado. Si los tipos de penas que deben imponerse son diferentes, la pena será mayor; si se impone más de una pena del mismo tipo, se aplicará la pena si excede de un período de pena y es menor que la suma de ellas. múltiples períodos de sanción, se determinará el período de sanción.

Si un servidor público de un organismo administrativo recibe una nueva sanción durante el período de sanción, el período de sanción será la suma del período no ejecutado de la cuota original y el nuevo período de sanción.

El plazo máximo de sanción no podrá exceder de 48 meses.

Artículo 11 Si dos o más funcionarios de un organismo administrativo violan las leyes y disciplinas y necesitan ser sancionados, serán sancionados por separado de acuerdo con sus respectivas responsabilidades disciplinarias.

Artículo 12 Será severamente castigado quien concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) Desempeñar un papel importante en la conducta ilegal y disciplinaria de dos o más personas;

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(2) Ocultar, falsificar o destruir pruebas;

(3) Coluir con o impedir que otros expongan o proporcionen pruebas;

(4) Encubrir co- conspiradores;

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(5) Otras circunstancias agravantes previstas en leyes, reglamentos y normas.

Artículo 13 Quien se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias recibirá una pena más leve:

(1) Tomar la iniciativa de explicar la violación de leyes y disciplinas;

(2) Tomar medidas proactivas para evitar o recuperar pérdidas de manera efectiva;

(3) Informar violaciones importantes de las leyes y disciplinas de otros, y la situación es cierta.

Artículo 14 Si un funcionario de una agencia administrativa confiesa voluntariamente sus violaciones de las leyes y disciplinas y toma medidas proactivas para evitar o recuperar pérdidas de manera efectiva, se le impondrá una pena más leve.

Si los funcionarios de agencias administrativas cometen infracciones disciplinarias menores y hacen correcciones después de críticas y educación, pueden quedar exentos de castigo.

Artículo 15 Si un funcionario de un organismo administrativo incurre en alguna de las circunstancias especificadas en los artículos 12 y 13 de este Reglamento, será sancionado severa o levemente dentro del rango de pena especificado en el Capítulo 3 del este Reglamento.

Si un funcionario de una agencia administrativa se encuentra en las circunstancias especificadas en el párrafo 1 del artículo 14 de este Reglamento, el nivel de castigo se reducirá en un nivel además del rango de castigo estipulado en el Capítulo 3 de este Reglamento. Se debe dar una advertencia, un castigo reducido o una exención del castigo.

Artículo 16: Si se determina que una agencia administrativa ha cometido violaciones administrativas u otras violaciones de las leyes y disciplinas por parte del Tribunal Popular, agencias de supervisión, agencias de reconsideración administrativa o agencias administrativas superiores y debe ser considerada responsable de responsabilidad disciplinaria, los dirigentes responsables rendirán cuentas al personal y los directamente responsables serán sancionados.

Artículo 17 Si un funcionario de una agencia administrativa viola las leyes y disciplinas y ha sido sancionado, destituido de su cargo, destituido de un cargo público o renunciado a un puesto de liderazgo antes de que la agencia administrativa tome una decisión sobre el castigo , y debe ser sancionado conforme a la ley, la agencia administrativa, con base en la violación de la ley, se sancionarán las infracciones disciplinarias.

Si un funcionario de un organismo administrativo fuera condenado a una pena penal conforme a la ley, será destituido.

Capítulo 3 Infracciones a las Leyes y Disciplinas y Sanciones Aplicables

Artículo 18 El que cometa cualquiera de los siguientes actos recibirá sanciones disciplinarias si las circunstancias son graves, será degradado; o destituidos si son graves, serán despedidos:

(1) Difundir comentarios perjudiciales para la reputación del país, u organizar o participar en mítines, marchas, manifestaciones y otras actividades encaminadas a oponerse al mismo; país;

( 2) Organizar o unirse a organizaciones ilegales, organizar o participar en huelgas

(3) Violar las políticas étnicas y religiosas nacionales, causando consecuencias adversas; p>(4) Usar violencia, amenazas, sobornos o medios engañosos para sabotear las elecciones; (5) Dañar el honor y los intereses nacionales en los intercambios extranjeros; (6) Salir del país ilegalmente o permanecer en el extranjero en violación de las regulaciones;

(7) Obtener el estatus de residencia permanente en el extranjero o adquirir una nacionalidad extranjera sin aprobación.

(8) Otras violaciones de las disciplinas políticas.

Quien cometa los actos especificados en el inciso (6) del párrafo anterior será despedido; los actos especificados en los incisos (1), (2) y (3) del párrafo anterior están desaparecidos y; Según las críticas, si la educación muestra un verdadero arrepentimiento, la pena puede reducirse o eximirse.

Artículo 19 Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá amonestación, demérito o demérito mayor; si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves; ser despedido:

(1) Los funcionarios públicos con responsabilidades de liderazgo violan las reglas de procedimiento y deciden asuntos importantes individualmente o por un pequeño número de personas, o cambian decisiones importantes tomadas colectivamente;

(2) Negarse a implementar decisiones tomadas por superiores de acuerdo con la ley y las Órdenes;

(3) Negarse a implementar decisiones de comunicación de agencias

(4) Negarse a implementar sentencias; o sentencias de tribunales populares sobre casos administrativos o agencias de supervisión o agencias de auditoría, la decisión de la autoridad de revisión administrativa;

(5) Violación de las regulaciones cuando uno debe evadir sin evadir, afectando el desempeño justo de los deberes oficiales , causando consecuencias adversas;

(6) Renunciar, renunciar o Negarse a pasar por los trámites para el traspaso de funciones oficiales o aceptar una auditoría al ser despedido;

(7) Ausente de trabajar sin motivo o salir por negocios o tener vacaciones vencidas, causando efectos adversos;

(8) Otros Violar disciplinas organizacionales.

Artículo 20 Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá demérito o demérito mayor si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será destituido; :

(1) Incumplimiento de deberes de conformidad con la ley, lo que resulta en accidentes mayores evitables o incidentes masivos como explosiones, incendios, propagación de enfermedades infecciosas, contaminación ambiental grave, muchas víctimas, etc.;

(2) Ocurrir accidentes graves, desastres, incidentes o casos criminales importantes o casos de seguridad pública, sin informarlos y manejarlos de acuerdo con las regulaciones;

(3) Negarse a proporcionar ayuda en casos de desastre, rescate de emergencia, prevención de inundaciones, prevención de epidemias, atención preferencial, alivio de la pobreza, inmigración, ayuda y seguro social, compensación por adquisición de tierras y otros fondos especiales y gestión de materiales, que resulten en corrupción, apropiación indebida, daños o pérdidas;

(4) Otras conductas que descuidan deberes y retrasan el trabajo.

Artículo 21: Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá una amonestación o un demérito si las circunstancias son graves, un demérito o un descenso de categoría si las circunstancias son graves, un demérito; se dará:

(1) Violación de la autoridad, condiciones y procedimientos legales durante el trabajo de concesión de licencias administrativas o al implementar la concesión de licencias administrativas (2) Establecimiento ilegal o implementación de medidas administrativas obligatorias;

(3) Fijación o implementación ilegal de sanciones administrativas;

(4) Encomienda administrativa en violación de leyes y reglamentos;

(5) Violación de licitaciones, expropiación, demolición de viviendas urbanas, subasta, etc. Asuntos que deben ser decididos por el gobierno y los departamentos gubernamentales.

Artículo 22: El que cometa fraude, engañe y engañe a los dirigentes y al público, provocando consecuencias adversas, recibirá una amonestación, un demérito o un demérito mayor si las circunstancias son graves, será degradado; o despedido;

Artículo 23: Los que malversan, solicitan sobornos, aceptan sobornos, ofrecen sobornos, malversan fondos públicos, se aprovechan de su posición para buscar beneficio personal para sí o para otros, y cuyas fuentes de enormes cantidades de bienes son desconocido, se le impondrá sanción de demérito o superior si las circunstancias son graves, se le dará degradación o despido si las circunstancias son graves, despido;

Artículo 24 El que viole las disciplinas financieras y despilfarre los bienes del Estado será amonestado; si las circunstancias son graves, se le impondrá un demérito o un demérito mayor si las circunstancias son graves, se le impondrá un demérito; degradado o despedido.

Artículo 25: Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá demérito o demérito mayor; si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será; desestimados:

(1) Violar los derechos personales de los ciudadanos mediante golpizas, castigos corporales o detenciones ilegales;

(2) Reprimir las críticas, tomar represalias, retener o destruir cartas informativas o filtrar informes información al denunciante;

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(3) Violar las normas para repartir o cobrar bienes de ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones;

(4) Violar las normas para obstaculizar el desempeño de deberes oficiales o interferir con el desempeño de deberes oficiales;

(5) Otros comportamientos que abusan del poder e infringen los derechos e intereses legítimos de ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones.

Artículo 26: Quien divulgue secretos de Estado, secretos de trabajo o divulgue secretos comerciales o de la intimidad personal conocidos en el desempeño de sus funciones, causando consecuencias adversas, recibirá una advertencia, un demérito o un demérito mayor. ; si las circunstancias son graves, si el caso es grave, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será despedido;

Artículo 27 A quien se dedique o participe en actividades con fines de lucro o ocupe cargos concurrentes en empresas u otras organizaciones con fines de lucro se le impondrá un demérito o un demérito mayor si las circunstancias son graves; ser degradado o despedido. En casos graves, será despedido.

Artículo 28 Si un servidor público viola gravemente la ética profesional, tiene un estilo de trabajo relajado y tiene una mala actitud en el trabajo, causando efectos adversos, se le aplicará una amonestación, un demérito o un demérito mayor.

Artículo 29: Al que cometa cualquiera de los siguientes actos se le impondrá amonestación, demérito o demérito mayor si las circunstancias son graves, será degradado o destituido si las circunstancias son graves; será despedido:

(1) Negarse a asumir la obligación de sustentar, sustentar y sustentar;

(2) Abusar o abandonar a familiares;

(3) Mantener un amante;

(4) Violación grave de la ética social.

Quien cometa los actos del inciso 3) del párrafo anterior será despedido o expulsado.

Artículo 30: Quienes participen en actividades supersticiosas y causen efectos adversos recibirán amonestación, demérito o demérito mayor; quienes organicen actividades supersticiosas serán degradados o destituidos si las circunstancias lo permiten. graves, serán despedidos.

Artículo 31 Será expulsado o expulsado quien consuma o se inyecte drogas u organice, apoye o participe en actividades de prostitución, prostitución o pornografía.

Artículo 32: Al que participe en juegos de azar se le impondrá una amonestación o un demérito si las circunstancias son graves, se le dará un demérito o un descenso de categoría si las circunstancias son graves, se le destituirá o; expulsado.

Quien proporcione un lugar u otras condiciones convenientes para las actividades de juego, recibirá una amonestación, un demérito o un demérito mayor, si las circunstancias son graves, será destituido o expulsado.

Quienes jueguen durante el horario laboral recibirán un demérito, un demérito mayor o una degradación; aquellos que se nieguen a cambiar a pesar de repetidas amonestaciones serán despedidos o expulsados.

Quienes malversaren fondos públicos para juegos de azar serán sancionados con el despido o la expulsión.

Quienes utilicen los juegos de azar para solicitar, aceptar u ofrecer sobornos, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de este Reglamento.

Artículo 33: El que viole las normas y exceda la tasa de natalidad prevista será degradado o destituido si las circunstancias son graves, será destituido;

Capítulo 4 Permiso de Sanción

Artículo 34: Las sanciones a los servidores públicos de organismos administrativos serán decididas por la autoridad de nombramiento y remoción o la autoridad de control (en adelante, la decisión disciplinaria- autoridad competente) de conformidad con la autoridad administrativa.

Artículo 35: Los miembros del Consejo de Estado designados por el Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente serán sancionados por el Consejo de Estado. Entre ellos, si se hace una recomendación para la destitución o destitución del cargo, el Consejo de Estado la presentará a la Asamblea Popular Nacional o al Comité Permanente de la Asamblea Popular de la APN. Antes de su destitución o destitución del cargo, el Consejo de Estado podrá decidir suspenderlos en el desempeño de sus funciones.

Artículo 36. El castigo de los líderes de los gobiernos populares locales elegidos o designados por los congresos populares locales y sus comités permanentes será decidido por el gobierno popular en el nivel inmediatamente superior.

Si se planea destituir o expulsar a los líderes de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior que sean elegidos o designados por las asambleas populares locales a nivel de condado o superior y sus comités permanentes, el gobierno popular al mismo nivel primero El Congreso Popular propuso una propuesta de destitución. Entre ellos, si los líderes adjuntos de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son destituidos o expulsados, también pueden proponer al Comité Permanente del Congreso Popular del mismo nivel que sean destituidos de sus cargos. Si se propone destituir o expulsar a un líder de un municipio o gobierno popular de ciudad, el gobierno popular del mismo nivel primero hará una recomendación de destitución al congreso popular del mismo nivel. Antes de destituir o revocar sus cargos, el gobierno popular de nivel superior podrá decidir suspenderlos en el desempeño de sus funciones; en casos de emergencia especial, cuando los gobiernos populares de nivel provincial o superior lo consideren necesario, también podrán destituirlos o expulsarlos de sus cargos; sus cargos e informarlos y notificarlos al Comité Permanente del Congreso Popular del mismo nivel. El Comité Permanente del Congreso Popular del nivel inferior.

Artículo 37. El castigo de los principales dirigentes de los departamentos de trabajo de los gobiernos populares locales en los distintos niveles será decidido por los gobiernos populares del mismo nivel. Entre ellos, para aquellos cuya destitución o despido se propone, el gobierno popular del mismo nivel hará una recomendación de destitución al Comité Permanente del Congreso Popular del mismo nivel. Antes de ser destituido de su cargo, el gobierno popular del mismo nivel o el gobierno popular de nivel superior podrá decidir suspender a la persona en el desempeño de sus funciones.

Artículo 38: Si un servidor público de un organismo administrativo es investigado por violar leyes y disciplinas y se encuentra incapacitado para continuar desempeñando sus funciones, la autoridad de nombramiento y remoción podrá decidir suspenderlo del desempeño de sus funciones.

Durante la investigación de casos ilegales y disciplinarios, los servidores públicos investigados no pueden comunicarse, salir del país, renunciar a cargos públicos ni pasar por trámites de jubilación.

Capítulo 5 Procedimiento Sancionador

Artículo 39: La autoridad de nombramiento y remoción investigará y tratará a los servidores públicos del organismo administrativo sospechosos de violar las leyes y disciplinas de conformidad con los siguientes procedimientos:

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(1) ) Con el consentimiento de la persona a cargo de la autoridad de nombramiento y destitución, los departamentos pertinentes de la autoridad de nombramiento y destitución llevarán a cabo una investigación preliminar sobre los asuntos que deban ser investigados y manejados;

(2) Los departamentos pertinentes de la autoridad de nombramientos y destituciones creen, después de una investigación preliminar, que el funcionario público es sospechoso de violar las leyes y disciplinas, y se requiere una verificación adicional, informe a la persona a cargo del nombramiento y destitución autoridad para su aprobación y luego presentar el caso;

(3) Los departamentos pertinentes de la autoridad de nombramiento y destitución son responsables de investigar más a fondo los hechos de violaciones de las leyes y disciplinas por parte de los funcionarios públicos, incluida la recopilación y verificación de datos relevantes. pruebas y materiales, y audiencia de los líderes de la unidad donde trabaja el funcionario bajo investigación, personal relevante Las opiniones del personal y la autoridad supervisora ​​de la unidad, conocer la situación de otras unidades y personal relevantes, formular materiales de investigación escritos , e informar a la persona a cargo de la autoridad de nombramiento y destitución (4) Los departamentos pertinentes de la autoridad de nombramiento y destitución informarán los hallazgos descubiertos durante la investigación Los hechos y el fundamento de las sanciones propuestas serán informados al civil; funcionario investigado, se escucharán sus declaraciones y defensas, y se revisarán y registrarán los hechos, razones y pruebas presentadas por él.

Si se establecen los hechos, razones y pruebas presentadas por el funcionario investigado, se adoptarán;

(5) Después de la discusión colectiva entre los principales miembros de la autoridad de nombramiento y remoción, decidir sobre la sanción. , exención de sanción o despido del funcionario;

(6) La autoridad de nombramiento y destitución notificará al funcionario la decisión disciplinaria por escrito y la publicará en un ámbito determinado

<; p>(7) Los departamentos pertinentes de la autoridad de nombramientos y destituciones incluirán la decisión disciplinaria en los expedientes personales del funcionario sancionado y recopilarán los materiales pertinentes para formar un expediente de trabajo sobre el caso de disposición.

Los procedimientos para poner fin a la pena de los funcionarios de organismos administrativos que hayan sido sancionados se tramitarán con referencia a lo dispuesto en los puntos (5), (6) y (7) del párrafo anterior.

La autoridad de nombramiento y destitución informará sin demora de la decisión sobre la medida disciplinaria o de la decisión de poner fin a la medida disciplinaria al departamento competente de funcionarios públicos para que conste en actas de conformidad con su autoridad administrativa.

Artículo 40: La investigación y tramitación de violaciones de leyes y disciplinas por parte de funcionarios de organismos administrativos se tramitará de conformidad con los procedimientos estipulados en la "Ley de Supervisión Administrativa de la República Popular China".

Artículo 41 Los casos de violaciones de leyes y disciplinas por parte de servidores públicos de organismos administrativos serán investigados conjuntamente por dos o más encargados del caso; las unidades y personas investigadas deberán proporcionar información veraz.

Está estrictamente prohibido utilizar violencia, amenazas, incentivos, engaños y otros medios ilegales para recopilar pruebas; las pruebas obtenidas ilegalmente no se utilizarán como base para finalizar un caso.

Artículo 42: Las personas que participen en la investigación y tramitación de casos de servidores públicos en organismos administrativos violando leyes y disciplinas, solicitarán la recusación si se encuentran en alguna de las siguientes circunstancias de los servidores públicos investigados y; ciudadanos, personas jurídicas u otras personas que tengan interés en el caso. La organización tiene derecho a exigirle que se abstenga:

(1) Sea pariente cercano del funcionario investigado;

(1) Sea pariente cercano del funcionario investigado;

(2) Tiene interés en el caso bajo investigación;

(3) Tiene otras relaciones con el servidor público bajo investigación que pueden afectar el justo manejo del caso.

Artículo 43 La recusación del responsable de la autoridad disciplinaria será decidida por el responsable del órgano administrativo del nivel superior de la autoridad disciplinaria; Las personas que investiguen y manejen otras violaciones de las leyes y disciplinas serán decididas por la autoridad que toma las decisiones. La persona a cargo decide.

La autoridad de toma de decisiones disciplinarias o la agencia administrativa en el nivel superior de la autoridad de toma de decisiones disciplinarias puede decidir directamente retirarse de la investigación y el manejo de violaciones de las leyes y disciplinas.

Artículo 44 Cuando se impongan sanciones administrativas a funcionarios públicos, la decisión se tomará dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de aprobación; si el caso es complejo o existen otras circunstancias especiales, el plazo de tramitación del caso podrá ampliarse; , pero el plazo máximo no excederá de 12 meses.

Artículo 45 La decisión sancionadora deberá incluir lo siguiente:

(1) Información básica como nombre, cargo, nivel y unidad de trabajo de la persona sancionada;

(2) Hechos verificados de violaciones a leyes y disciplinas;

(3) Tipos y fundamentos de castigo;

(4) Canales y plazos para apelar la decisión;

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(5) El nombre, sello y fecha de la decisión de la autoridad que tomó la decisión.

Además del contenido especificado en los puntos (1), (2) y (5) del párrafo anterior, la decisión de levantar la sanción incluirá también el tipo de sanción original y el fundamento de la misma. levantamiento de la sanción, así como el órgano administrativo sujeto a la sanción. La actuación del funcionario durante el período disciplinario.

Artículo 46 La decisión disciplinaria y la decisión de expulsión surtirán efectos a partir de la fecha en que se dicten.

Artículo 47: Si un servidor público de una agencia administrativa tiene una nueva unidad de trabajo después de ser despedido, sus expedientes personales se trasladarán a la nueva unidad de trabajo para su gestión, si no hay nueva unidad de trabajo, el suyo; Los archivos personales se transferirán al departamento de personal del lugar donde esté registrado la agencia de servicios de talentos dependiente del departamento.

Capítulo 6 Recursos contra las penas

Artículo 48 Si el funcionario de un organismo administrativo que ha sido sancionado no está satisfecho con la decisión sancionadora, podrá apelar de conformidad con la Ley del Funcionario Público. de la República Popular China y la Ley de Funcionarios Públicos de la República Popular China Solicitar revisión o apelación de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Supervisión Administrativa de la República Popular China.

La ejecución de las sanciones no se suspenderá durante el período de reconsideración y apelación.

Los servidores públicos de organismos administrativos que presenten reconsideraciones o recursos no estarán sujetos a sanciones agravadas.

Artículo 49: En cualquiera de las siguientes circunstancias, el organismo que acepte los recursos de reexamen de los servidores públicos revocará la decisión disciplinaria y tomará una nueva decisión u ordenará al organismo que tomó la decisión disciplinaria original que tome una nueva decisión. :

(1) Los hechos y pruebas de violaciones de leyes y disciplinas en las que se basa el castigo son insuficientes;

(2) Violación de procedimientos legales, que afectan el trato justo de casos;

(3) Exceso de autoridad o abuso para tomar decisiones de sanción basadas en su autoridad.

Artículo 50: En cualquiera de las siguientes circunstancias, la autoridad que acepte los recursos de reexamen de los servidores públicos deberá modificar la decisión disciplinaria, u ordenar a la autoridad que tomó la decisión disciplinaria original cambiar la decisión disciplinaria:

(1) Aplicable Hay errores en leyes, reglamentos, reglas o decisiones del Consejo de Estado;

(2) Las circunstancias de las violaciones de las leyes y disciplinas están mal determinadas;

(3) El castigo es inapropiado.

Artículo 51 Si la decisión del organismo administrativo sobre la acción disciplinaria contra un servidor público cambia y es necesario ajustar el cargo, rango o nivel salarial del servidor público, los ajustes se harán de conformidad con la reglamentación que establezca el administrador; Si se revoca la decisión de la agencia sobre la acción disciplinaria contra un funcionario público, se restablecerá el rango y los niveles salariales del funcionario público, se organizarán los puestos correspondientes de acuerdo con los puestos originales y se restaurará su reputación dentro de un ámbito apropiado.

Si los servidores públicos de organismos administrativos cuyas sanciones hayan sido revocadas o cuyas penas hayan sido reducidas hayan sufrido pérdidas de salarios y beneficios, serán indemnizados.

Capítulo 7 Disposiciones complementarias

Artículo 52 Los servidores públicos de organismos administrativos que hayan cometido infracciones a las leyes y disciplinas y deban ser sancionados, no serán sancionados si se han jubilado antes de la decisión disciplinaria. la autoridad competente toma la decisión; sin embargo, aquellos que de acuerdo con la ley deban ser degradados, destituidos o expulsados ​​serán reducidos o cancelados en consecuencia, de conformidad con los reglamentos.

Artículo 53 Si los bienes obtenidos por funcionarios de un organismo administrativo en violación de leyes y disciplinas y los bienes utilizados en violación de leyes y disciplinas fueran confiscados, recuperados u ordenados su reembolso por otros organismos de acuerdo conforme a la ley, el organismo que decida la pena deberá confiscarla, recuperarla o ordenar su devolución. Si la propiedad obtenida en violación de las leyes y disciplinas debe devolverse al propietario o tenedor original, deberá devolverse al propietario o tenedor original si es propiedad del estado y no debe devolverse o no puede devolverse al propietario o tenedor original; titular, será entregado al tesoro público.

Artículo 54 Los funcionarios de instituciones autorizadas por leyes y reglamentos para gestionar asuntos públicos serán sancionados de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Funcionarios Públicos de la República Popular China y este Reglamento.

Artículo 55 El presente Reglamento entrará en vigor el 6 de junio de 2007. El 13 de septiembre de 1988, el Consejo de Estado promulgó las "Disposiciones provisionales sobre sanciones administrativas por corrupción y soborno en los organismos administrativos nacionales" y al mismo tiempo las abolió.