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Artículo 234: El que intencionalmente dañe el cuerpo de otra persona, será sancionado con prisión determinada no mayor de tres años, prisión criminal o vigilancia pública.
Quien cometa el delito del párrafo anterior y cause lesiones graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, el que cause la muerte o una invalidez grave por medios especialmente crueles; Será condenado a pena privativa de libertad no menor de diez años o a cadena perpetua o pena de muerte. Si esta ley dispone lo contrario, prevalecerán tales disposiciones.
El delito de lesión intencional se refiere a la conducta que intencionada e ilegalmente daña la salud de otras personas. En la práctica judicial, cabe señalar las siguientes cuestiones a la hora de identificar y sancionar este delito: La clave de este delito es que el autor en 1 ha dañado ilegal e intencionalmente la salud de otros. En este sentido, debemos prestar atención a los dos puntos siguientes: (1) La ilegalidad de la lesión es la premisa de este delito. Si el daño es legal, como defensa propia o evasión de emergencia, no constituye un delito (2) El daño intencional en este delito debe ser la salud de otros; La autolesión no puede constituir este delito, pero puede constituir otros delitos en circunstancias especiales. Por ejemplo, si un soldado en tiempo de guerra se mutila para evadir obligaciones militares, debe ser castigado como delito de automutilación en tiempo de guerra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 434 del Código Penal.
El grado de lesión constitutivo de este delito se limita a tres situaciones: lesión leve, lesión grave y muerte por lesión. Las lesiones menores por debajo de las lesiones leves y las agresiones comunes no constituyen este delito. En cuanto a las normas para distinguir lesiones graves, lesiones leves y lesiones leves, las disposiciones de las "Normas de identificación de lesiones graves y normas de identificación de lesiones menores (juicio)" emitidas conjuntamente por el Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema y el Ministerio Público. Prevalecerá la seguridad y el Ministerio de Justicia.
3 La edad de responsabilidad penal del sujeto de este delito tiene diferentes requisitos en función del grado de lesión. Si la persona resulta gravemente herida o la lesión le causa la muerte, la edad de responsabilidad penal es entre los 14 y 16 años; si la persona causa lesiones leves, la persona debe tener 16 años para constituir este delito;
El delito de lesión intencional, que está claramente definido como otros delitos en la ley penal, debe ser condenado y castigado de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la ley penal, en lugar de ser tratado como el original. delito.
Quien cometa este delito será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años, detención o vigilancia criminal, quien cause lesiones graves será sancionado con pena privativa de libertad no menor de 3 años; no mayor de 10 años; el que cause muerte o lesiones graves por medios especialmente crueles, causando lesiones graves; el que esté incapacitado será condenado a pena privativa de libertad no menor de 10 años, a cadena perpetua o a muerte.
Además, según interpretaciones judiciales pertinentes, quienes cometan este delito pueden verse privados de derechos políticos.
Referencia:
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