Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Reglamento de gestión del etiquetado de alimentos (revisado en 2009)

Reglamento de gestión del etiquetado de alimentos (revisado en 2009)

Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de fortalecer la supervisión y gestión de las etiquetas de los alimentos, estandarizar el etiquetado de las etiquetas de los alimentos, prevenir el fraude de calidad y proteger los derechos e intereses legítimos de las empresas y los consumidores, de conformidad con la "República Popular China y el Consejo de Estado" Estas regulaciones están formuladas de acuerdo con leyes y reglamentos como la Ley de Seguridad Alimentaria, la Ley de la República Popular China y Calidad de los Productos Nacionales, y las Disposiciones Especiales del Consejo de Estado. sobre el Fortalecimiento de la Supervisión y Administración de la Inocuidad de los Alimentos y Otros Productos. Artículo 2 Estas regulaciones se aplicarán al etiquetado y gestión de los alimentos producidos (incluidos los reenvasados) y vendidos dentro del territorio de la República Popular China y la República Popular China. Artículo 3 El término "etiqueta de los alimentos", tal como se menciona en este reglamento, se refiere al texto que se coloca, imprime o marca en los alimentos o en sus envases para indicar el nombre del alimento, el nivel de calidad, la cantidad del producto, los métodos de consumo o uso, el productor o vendedor, y otra información relevante, símbolos, números, patrones y otras descripciones. Artículo 4 La Administración General de Supervisión de la Calidad, Inspección y Cuarentena (en adelante, la Administración General de Supervisión de la Calidad, Inspección y Cuarentena) es responsable de organizar la supervisión y gestión del etiquetado de los alimentos a nivel nacional en el ámbito de sus competencias.

Los departamentos locales de supervisión técnica y de calidad a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión del etiquetado de alimentos dentro de sus respectivas regiones administrativas dentro de su ámbito de autoridad. Capítulo 2 Etiquetado Contenido de las etiquetas de los alimentos Artículo 5 Se colocarán etiquetas en los alimentos o en sus envases, excepto en el caso de los alimentos que no necesiten ser etiquetados de conformidad con las leyes y reglamentos administrativos.

El contenido de las etiquetas de los alimentos debe ser veraz, exacto, fácil de entender, científico y legal. Artículo 6 Las etiquetas de los alimentos indicarán el nombre del alimento.

Los nombres de los alimentos deben indicar los verdaderos atributos del alimento y cumplir con los siguientes requisitos:

(1) Si las normas nacionales o las normas industriales tienen disposiciones sobre los nombres de los alimentos, las normas nacionales o las normas industriales se deben adoptar normas

(2) Si las normas nacionales o las normas industriales no estipulan los nombres de los alimentos, se deben utilizar nombres comunes o nombres comunes que no causen malentendidos y confusión entre los consumidores;

( 3) Al etiquetar nombres como "nombres recién creados", "nombres elegantes", "nombres transliterados", "nombres de marca", "nombres de jerga regional" o "nombres de marcas comerciales" que probablemente malinterpreten los atributos del alimento. , el nombre debe ser Utilice el mismo tamaño de fuente para marcar un nombre o nombre de clasificación (genérico) especificado en los puntos (1) y (2) de este artículo en partes adyacentes del alimento

(4) Elaborado mediante la mezcla física de dos o más alimentos. El nombre de un alimento que tiene una apariencia uniforme y es difícil de separar entre sí debe reflejar los atributos mixtos y el nombre de clasificación (género) del alimento;

(5 ) Utilizar alimentos animales y vegetales como materias primas y utilizar procesos específicos. Los alimentos que se elaboran de forma artesanal para imitar las características de individuos, órganos, tejidos, etc. de otros organismos deben ir precedidos de las palabras "artificial", "imitación" o " vegetariano", y se debe marcar la clasificación (género) de los verdaderos atributos del alimento. )nombre. Artículo 7 Las etiquetas de los alimentos indicarán el origen del alimento.

Las áreas de producción de alimentos deben marcarse a nivel de prefectura según las divisiones administrativas. Artículo 8 Las etiquetas de los alimentos deberán indicar el nombre, dirección e información de contacto del productor. El nombre y la dirección del productor serán los de un productor registrado de conformidad con la ley y capaz de asumir la responsabilidad de la calidad del producto.

Si se produce alguna de las siguientes circunstancias, se marcará en consecuencia de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1) Empresas o sus filiales que tengan responsabilidad jurídica independiente de conformidad con el la ley marcará sus respectivos nombres y direcciones.

(2) Una sucursal de una empresa o la base de producción de la empresa que no pueda asumir responsabilidad legal independiente según la ley se marcará con el nombre y la dirección de la empresa. y la sucursal o base de producción, o sólo el nombre y dirección de la empresa.

(3) Si se le encomienda la producción y procesamiento de alimentos y no es responsable de las ventas externas, el nombre y dirección de la empresa que la encarga; se marcará para los alimentos sujetos a gestión de licencia de producción, la empresa encargada deberá tener la licencia de producción de alimentos para su procesamiento confiado. Si se emite el certificado, se marcarán el nombre y la dirección de la empresa confiante y el nombre de la empresa encargada, o sólo se marcará el nombre y dirección de la empresa encargante;

(4) El alimento reenvasado se marcará con el nombre y dirección de la persona que lo reenvasa, e indicará la palabra embalaje. Artículo 9 Las etiquetas de los alimentos deben indicar claramente la fecha de producción y la vida útil del alimento, e indicar las condiciones de almacenamiento de acuerdo con las regulaciones pertinentes.

El vino, el vinagre, la sal comestible y el azúcar sólido con un contenido de etanol superior al 10% (incluido el 10%) están exentos del etiquetado de la vida útil.

El método de marcado de fecha debe cumplir con los estándares nacionales o utilizar la expresión "año, mes, día".

Artículo 10 El etiquetado de los alimentos envasados ​​cuantitativamente indicará el contenido neto y las especificaciones de acuerdo con la reglamentación pertinente. Para los alimentos que contengan sustancias bifásicas sólidas y líquidas, además del contenido neto, también se deberá marcar el contenido de materia escurrida (materia sólida).

El contenido neto y el nombre del alimento deben figurar en la misma página de visualización del envase del alimento. El etiquetado de contenido neto deberá cumplir con lo establecido en las Medidas para la Supervisión y Administración de Medición de Mercancías Cuantitativas Envasadas. Artículo 11 Las etiquetas de los alimentos deberán indicar los ingredientes o la lista de ingredientes del alimento.

Los distintos ingredientes de la lista de ingredientes deben etiquetarse en orden descendente de la cantidad añadida durante la producción y procesamiento de los alimentos. El método de etiquetado específico se implementará de acuerdo con las disposiciones de las normas nacionales.

Si se utilizan edulcorantes, conservantes y colorantes directamente en los alimentos, los nombres específicos deben marcarse debajo de los aditivos alimentarios en la lista de ingredientes, si se utilizan otros aditivos alimentarios, los nombres, tipos o códigos específicos; se puede marcar. El alcance y la cantidad de uso de aditivos alimentarios deben implementarse de acuerdo con las normas nacionales.

En el caso de los alimentos principales y complementarios diseñados para lactantes y otros grupos específicos de personas, sus etiquetas también deben indicar los principales ingredientes nutricionales y su contenido.