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Normativa de Gestión de la Seguridad Ferroviaria

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 El presente Reglamento se formula con el fin de fortalecer la gestión de la seguridad ferroviaria, garantizar un transporte ferroviario seguro y fluido y proteger la seguridad personal y de la propiedad. Artículo 2 La gestión de la seguridad ferroviaria se adhiere a la política de seguridad primero, prevención primero y gestión integral. Artículo 3 El departamento de supervisión y gestión de la industria ferroviaria del Consejo de Estado es responsable de la supervisión y gestión de la seguridad ferroviaria en todo el país, y las agencias de supervisión y gestión ferroviaria establecidas por el departamento de supervisión y gestión de la industria ferroviaria del Consejo de Estado son responsables de la seguridad ferroviaria. supervisión y gestión de la seguridad dentro de su jurisdicción. El departamento de supervisión y administración de la industria ferroviaria del Consejo de Estado y los organismos de supervisión y administración ferroviaria se denominan colectivamente autoridades reguladoras ferroviarias.

Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado son responsables de la gestión de la seguridad ferroviaria de acuerdo con la ley y las responsabilidades prescritas por el Consejo de Estado. Artículo 4 Los gobiernos populares locales en todos los niveles a lo largo de la línea ferroviaria y los departamentos pertinentes de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, fortalecerán la educación para garantizar la seguridad ferroviaria, implementarán la protección vial y la responsabilidad conjunta de prevención. sistema, prevenir y detener conductas que pongan en peligro la seguridad ferroviaria, y coordinar y gestionar los asuntos relacionados con la seguridad ferroviaria Garantizar los asuntos relacionados con la seguridad ferroviaria y hacer un buen trabajo para garantizar la seguridad ferroviaria. Artículo 5 Las unidades dedicadas a la construcción, el transporte y la fabricación y mantenimiento de equipos ferroviarios fortalecerán la gestión de la seguridad, establecerán y mejorarán los sistemas de gestión de la producción de seguridad, implementarán las principales responsabilidades de las empresas en materia de producción de seguridad, establecerán agencias de gestión de la seguridad o asignarán personal de gestión de la seguridad e implementarán estándares nacionales y estándares de la industria, garantizar la seguridad de la producción y la calidad del producto, fortalecer la educación y capacitación en seguridad para los empleados y garantizar la inversión de capital necesaria para una producción segura.

El personal de las unidades de construcción, transporte, fabricación de equipos y mantenimiento de ferrocarriles debe implementar estrictamente las reglas y regulaciones e implementar operaciones estandarizadas para garantizar la seguridad ferroviaria. Artículo 6 Las autoridades reguladoras ferroviarias, las empresas de transporte ferroviario y otras unidades formularán planes de emergencia y organizarán simulacros de emergencia de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes. Artículo 7 Está prohibido alterar la construcción del ferrocarril y el orden del transporte. Queda prohibido dañar u ocupar ilegalmente las instalaciones y equipos ferroviarios, las señales ferroviarias y los terrenos ferroviarios.

Cualquier unidad o individuo tiene derecho a denunciar daños u ocupación ilegal de instalaciones y equipos ferroviarios, señales ferroviarias, terrenos ferroviarios y otras conductas que afecten a la seguridad ferroviaria a las autoridades reguladoras ferroviarias, órganos de seguridad pública u otros. departamentos pertinentes. Las empresas y departamentos de transporte ferroviario que reciben el informe deben procesarlo de manera oportuna de acuerdo con sus respectivas responsabilidades.

Las unidades o individuos que hayan realizado contribuciones destacadas para mantener la seguridad ferroviaria serán elogiados y recompensados ​​de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Capítulo 2 Calidad y Seguridad de la Construcción Ferroviaria Artículo 8 El estudio, diseño, construcción, supervisión y adquisición de materiales y equipos de construcción para proyectos de construcción ferroviaria estarán sujetos a licitación de conformidad con la ley. Artículo 9 Las unidades dedicadas al estudio, diseño, construcción y supervisión de proyectos de construcción ferroviaria deberán obtener las calificaciones correspondientes de conformidad con la ley y participar en actividades de construcción ferroviaria dentro del alcance permitido por sus niveles de calificación. Artículo 10 Las unidades de construcción ferroviaria seleccionarán unidades de estudio, diseño, construcción y supervisión con los niveles de calificación correspondientes para llevar a cabo la construcción del proyecto, supervisar e inspeccionar la calidad y seguridad de los proyectos de construcción y mantener registros de inspección para referencia futura. Artículo 11 El estudio, diseño, construcción y supervisión de proyectos de construcción ferroviaria cumplirá con las disposiciones de las leyes y reglamentos administrativos sobre la gestión de calidad y seguridad de los proyectos de construcción, e implementará las normas nacionales, estándares industriales y especificaciones técnicas.

Las unidades de estudio, diseño y construcción de proyectos de construcción ferroviaria son responsables de la calidad del estudio, diseño y construcción de acuerdo con la ley, y las unidades de supervisión son responsables de la calidad de la construcción en conforme a la ley.

Los ferrocarriles de alta velocidad y los proyectos de construcción de ferrocarriles con estructuras geológicas complejas deben implementar sistemas de supervisión y estudio geológico de ingeniería. Artículo 12 Las instalaciones de seguridad de los proyectos de construcción ferroviaria se diseñarán, construirán y pondrán en funcionamiento al mismo tiempo que el proyecto principal. La inversión en instalaciones de seguridad debería incluirse en el presupuesto del proyecto de construcción. Artículo 13 Los materiales, componentes de construcción, equipos y otros productos utilizados en proyectos de construcción ferroviaria deberán cumplir con los estándares nacionales e industriales obligatorios para la calidad del producto. Artículo 14 El período de construcción de los proyectos de construcción ferroviaria se determinará y ajustará razonablemente en función de las condiciones geológicas de ingeniería, la complejidad técnica y otros factores, así como las normas nacionales, las normas industriales y las especificaciones técnicas.

Ninguna unidad o individuo podrá violar lo dispuesto en el párrafo anterior y exigir a las unidades de construcción, diseño y construcción ferroviaria que acorten el plazo de construcción. Artículo 15 La aceptación final de los proyectos de construcción de ferrocarriles deberá cumplir con las regulaciones nacionales pertinentes y las empresas de transporte ferroviario deberán realizar evaluaciones de seguridad operativa. Sólo se podrán poner en funcionamiento aquellos que pasen la aceptación y evaluación y cumplan con los requisitos de seguridad operativa. Artículo 16 Los proyectos de construcción de vías férreas en líneas ferroviarias y áreas adyacentes se llevarán a cabo de acuerdo con el "Reglamento sobre gestión de seguridad en la construcción de líneas comerciales ferroviarias". Las unidades de construcción ferroviaria formularán planes de construcción de seguridad junto con las empresas de transporte ferroviario pertinentes y las unidades de diseño y construcción de ingeniería, e implementarán la construcción de acuerdo con los planes. Una vez finalizada la construcción, el sitio debe limpiarse a tiempo y la seguridad de las operaciones ferroviarias no debe verse afectada.

Artículo 17 Los ferrocarriles recién construidos o renovados con una velocidad operativa diseñada de 1,20 kilómetros por hora o más, o los ferrocarriles con un volumen de tráfico diseñado que cumpla con los estándares de mayor volumen de tráfico estipulados por la Agencia de Administración y Supervisión de la Industria Ferroviaria del Consejo de Estado, serán equipado con instalaciones de intercambio.

Si es necesario construir o reconstruir una autopista, una autovía de primera categoría o una vía urbana en el cruce de una autopista con una vía férrea, se deben habilitar instalaciones de paso elevado y se debe dar prioridad al plan de pasando por debajo del ferrocarril.

Si los ferrocarriles y carreteras que se hayan construido en las circunstancias especificadas en los dos párrafos anteriores sean cruces a nivel, se transformarán gradualmente en cruces a nivel.

Si los ferrocarriles de alta velocidad nuevos o reconstruidos necesitan cruzarse con ferrocarriles, carreteras, acueductos, tuberías y otras instalaciones comunes, se debe dar prioridad a los planes de cruces ferroviarios de alta velocidad.