Sanciones legales por transferencia y reventa ilegal de derechos de uso de la tierra
Base Legal
Artículo 228 de la Ley Penal
El que viole las normas de ordenación territorial y transfiera o revende ilegalmente derechos de uso de la tierra con el fin de obtener ganancias, si las circunstancias son graves, serán sancionados Quienes hayan transferido o revendido ilegalmente derechos de uso de suelo, serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor a tres años o prisión preventiva, y también o únicamente con multa no menor del 5%, pero no más del 20% del precio de la transferencia o reventa ilegal de derechos de uso de la tierra si las circunstancias son especialmente graves, serán condenados a pena privativa de libertad no menor de tres años pero no mayor de siete años, y será sancionada con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años; también será multado. Se impondrá una multa de no menos del 5% pero no más del 20% del precio de los derechos de uso de la tierra transferidos o revendidos ilegalmente.