Lista de artículos prohibidos en los ferrocarriles
1. Armas de fuego y balas (incluidos componentes principales):
1. Armas de fuego militares: pistolas, fusiles, metralletas, ametralladoras, antidisturbios. pistolas y varias balas.
2. Armas civiles: pistolas de aire comprimido, escopetas, pistolas deportivas, pistolas de inyección de anestesia, etc. También hay varias balas.
3. Otras armas: pistolas de utilería, pistolas de salida, pistolas de bolas de acero, etc.
4. Muestras e imitaciones de los artículos anteriores.
2. Categorías explosivas:
1. Municiones: bombas, bombas de iluminación, bombas incendiarias, bombas de humo, bombas de señales, bombas lacrimógenas, bombas de gas venenoso, granadas de mano, granadas de mano , etc.
2. Equipos explosivos: explosivos, detonadores, mechas, cordones detonantes, etc.
3. Productos pirotécnicos: fuegos artificiales, petardos, petardos, crackers, crackers, papeles de encendido y otros artículos pirotécnicos y petardos, así como pólvora negra, pólvora pirotécnica y mechas.
4. Imitaciones de los artículos anteriores.
En tercer lugar, equipos de control:
1. Cuchillos controlados: dagas, cuchillos triangulares (incluidos raspadores triangulares para procesamiento), cuchillos de resorte con dispositivos de autobloqueo y otros artículos similares. cuchillos de doble filo.
2. Otros equipos: porras, gases lacrimógenos, pistolas de gases lacrimógenos, pistolas paralizantes, pistolas paralizantes, equipos defensivos, arcos, ballestas, etc.
IV.Artículos inflamables y explosivos:
1. Gases comprimidos y gases licuados: hidrógeno, metano, etano, butano, gas natural, etileno, propileno, acetileno (disueltos en medio). , monóxido de carbono, gas licuado de petróleo, freón, oxígeno (excepto oxígeno médico en bolsas para que los pacientes inhalen oxígeno), gas de agua, etc.
2. Líquidos inflamables: gasolina, queroseno, diésel, benceno, etanol (alcohol), acetona, éter, pintura, diluyente, aceite de colofonia y productos que contengan disolventes inflamables.
3. Sólidos inflamables: fósforo rojo, polvo flash, alcohol sólido, celuloide, agente espumante H, etc.
4. Artículos autoinflamables: fósforo amarillo, fósforo blanco, nitrocelulosa (incluida la película), papel oleoso y sus productos, etc.
5. Artículos inflamables cuando se exponen a la humedad: potasio metálico, sodio, litio, carburo de calcio (carburo de calcio), polvo de aluminio y magnesio, etc.
6. Oxidantes y peróxidos orgánicos: permanganato potásico, clorato potásico, peróxido de sodio, peróxido de potasio, peróxido de plomo, ácido peracético, peróxido de hidrógeno, etc.
Venenos: cianuro, arsénico, pesticidas altamente tóxicos y otros productos químicos altamente tóxicos, selenio en polvo, fenol, etc.
6. Sustancias corrosivas: ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido nítrico, hidróxido de sodio, hidróxido de potasio, baterías (que contienen hidróxido de potasio sólido, llenas de solución ácida o alcalina), mercurio (mercurio), etc.
7. Sustancias radiactivas: isótopos radiactivos, etc.
8. Patógenos de enfermedades infecciosas: virus de la hepatitis B, ántrax, tuberculosis, VIH, etc.
9. Otros artículos que pongan en peligro la seguridad de la operación del tren, como objetos magnéticos fuertes que puedan interferir con las señales del tren, artículos con fuertes olores irritantes, artículos cuya naturaleza sea incierta y puedan ser peligrosos.
10. Otros artículos prohibidos estipulados en las leyes, reglamentos y normas administrativas nacionales.
Base jurídica: Artículo 67 del “Reglamento de Gestión de la Seguridad Ferroviaria” Cuando un transportista de transporte ferroviario envíe mercancías, equipajes o bultos, no deberá realizar los siguientes actos:
(1 ) Ocultar u ocultar Informar falsamente el nombre, naturaleza y peso de las mercancías;
(2) Cargar mercancías peligrosas en carga general, o cargar mercancías prohibidas en mercancías peligrosas;
( 3) Carga y El embalaje excede el peso especificado.
Artículo 68 Las empresas de transporte ferroviario realizarán inspecciones de seguridad de las mercancías que transporten y no realizarán las siguientes conductas:
(1) Manejo del transporte de mercancías peligrosas en el manejo de mercancías no peligrosas. Procedimientos de estaciones;
(2) Transportar mercancías que no hayan sido sujetas a inspección de seguridad;
(3) Transportar mercancías que no cumplan con los requisitos de seguridad y puedan poner en peligro la seguridad del transporte ferroviario. .
Artículo 69 Cuando se transporten mercancías peligrosas, se utilizarán instalaciones y equipos especiales de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones nacionales pertinentes. El transportista estará equipado con el personal de escolta necesario, el equipo de tratamiento de emergencia, el equipo y el equipo de protección, y colocará las mercancías peligrosas bajo la supervisión del personal de escolta en todo momento. El robo, la pérdida o la fuga de mercancías peligrosas deben notificarse con prontitud de conformidad con las reglamentaciones nacionales pertinentes.