(Fa Shi [2004] No. 15) "Reglamento del Tribunal Popular Supremo sobre la incautación, detención y congelación de bienes durante la ejecución civil por los tribunales populares" Artículo 29 de la Ley Popular
Reglamento del Tribunal Popular Supremo sobre la incautación, incautación y congelación de bienes durante la ejecución civil por el tribunal popular Artículo 29 El plazo para que el tribunal popular congele los depósitos bancarios y otros fondos de la persona sujeta a ejecución no excederá los seis meses. y el período para sellar e incautar los bienes muebles no excederá de un mes. El período para sellar o detener bienes inmuebles y congelar otros derechos de propiedad no excederá de dos años. Salvo que las leyes y las interpretaciones judiciales dispongan lo contrario.
Si la persona sujeta a ejecución solicita una prórroga del plazo, el tribunal popular se encargará de los procedimientos de sellado, incautación y congelamiento antes de que expire el plazo, y el período de prórroga no excederá la mitad del plazo señalado en el párrafo anterior.