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Sistema Madrileño de Registro Internacional de Marcas

Desde la firma del Arreglo de Madrid en 1891, se ha desarrollado un sistema internacional de registro de marcas (el Sistema de Madrid) en paralelo a los procedimientos nacionales. Este sistema permite a los propietarios de marcas obtener protección de marcas en varios países al mismo tiempo presentando una solicitud en un idioma y pagando una tarifa baja a una autoridad competente.

1. Sistema Madrileño para el Registro Internacional de Marcas

Principales características del Sistema de Madrid:

En primer lugar, a partir de la fecha del registro, el registro internacional El registro y el solicitante deben tener el mismo efecto. Las solicitudes nacionales ordinarias presentadas en los países designados. A menos que la solicitud de protección de la marca sea rechazada dentro del período designado en el país designado según su legislación nacional, el registro internacional equivale a un registro nacional en el país designado.

El Sistema de Madrid es un sistema procesal; en cuanto a los requisitos sustantivos para la protección de marcas, el Sistema de Madrid no afecta la aplicación del derecho interno.

En segundo lugar, el registro internacional conforme al Sistema de Madrid puede considerarse como registros nacionales múltiples porque puede ser efectivo en varios países al mismo tiempo. Por lo tanto, las tareas posteriores a la gestión de los registros internacionales, como las renovaciones y transferencias a los respectivos países designados, se simplificarán enormemente mediante una única operación sencilla por parte de la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

El Sistema de Madrid es un "sistema cerrado" que sólo puede utilizarse entre estados miembros, y la protección sólo puede obtenerse entre estados miembros del sistema, y ​​sólo puede obtenerse operando en uno de los países. o por ser nacional de la misma obtenida por el titular de la marca.

En segundo lugar, ¿cómo se convierte un país en miembro del Sistema de Madrid?

Todos los miembros del Convenio de París pueden convertirse en miembros del Sistema de Madrid. Si lo desea, cualquier miembro del Convenio de París puede adherirse al Arreglo de Madrid o al Protocolo de Madrid, o a ambos. Para obtener detalles sobre el procedimiento de adhesión, consulte el artículo 14 del Acuerdo y Protocolo. Además, las organizaciones intergubernamentales pueden adherirse al protocolo pero no al acuerdo si se cumplen ciertas condiciones. Hasta la fecha, ninguna organización de ese tipo se ha adherido al Sistema de Madrid.

Los miembros del Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid han formado una alianza llamada Unión de Madrid, que es una alianza especial formada de conformidad con el artículo 19 del Convenio de París. Cada miembro de la Unión de Madrid es miembro de la Asamblea de la Unión de Madrid. El Congreso tiene dos tareas más importantes: 1. Adoptar el programa y presupuesto de la Alianza. 2. Adoptar y modificar las normas de desarrollo, incluida la determinación de los costes correspondientes del Sistema de Madrid.

El Sistema de Madrid es administrado por la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), que es también la Secretaría de la Unión de Madrid.

3. ¿Quién puede solicitar el registro internacional?

Cualquier persona física o jurídica que tenga un establecimiento, domicilio o nacionalidad en un estado miembro de la Unión de Madrid y tenga relaciones con un estado miembro de la Unión de Madrid podrá solicitar un registro internacional utilizando el Sistema de Madrid. Sistema. Los ciudadanos chinos pueden solicitar el registro internacional.

4. ¿Cómo solicitar el registro internacional?

Para solicitar el registro internacional, primero debe solicitar el registro nacional de la misma marca en su propia oficina nacional. Según el Sistema de Madrid, una solicitud de registro debe presentarse a la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) a través del Ministerio del Interior (no directamente), y la solicitud debe basarse en un registro nacional de la misma marca. Según el Protocolo de Madrid, las solicitudes pueden basarse en registros nacionales de la misma marca.

En segundo lugar, el solicitante debe rellenar el formulario de solicitud internacional y especificar los países miembros del Sistema de Madrid que pretenden solicitar protección de marca. * * * Existen tres formularios similares al formulario de solicitud nacional, a. Esta solicitud sólo está sujeta al acuerdo, b. Es diferente tanto del acuerdo como del protocolo.

Por último, está la tasa de presentación internacional, que incluye una tasa base de 653 CHF y una tasa designada para cada país designado. La tarifa designada puede ser una tarifa estándar de 73 CHF o una tarifa separada especificada por algunos estados miembros del protocolo. Cuando un país solicita un registro internacional y los productos y servicios no superan las tres categorías según la Clasificación Internacional de Niza, la tasa mínima es de 726 francos suizos. Sin embargo, si se trata de un país designado para cobrar una tasa individual según el protocolo, deberá sustituir los 73 francos suizos por la tasa individual correspondiente, por ejemplo, el estándar para China es de 689 francos suizos, el Reino Unido es de 892 francos suizos; el Benelux es 163 francos suizos y el estándar italiano es 163 francos suizos. Estas tasas podrán pagarse directamente a la Oficina Internacional o a través del Ministerio del Interior, siempre que el Ministerio del Interior acepte recaudar y transferir las tasas de registro internacional.

Esto es lo básico que deben hacer los solicitantes al solicitar el registro internacional. A continuación, las autoridades competentes del país en cuestión transmiten la solicitud internacional a la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual en Ginebra.

¿Cómo maneja la Oficina Internacional este tipo de solicitudes internacionales?

La Oficina Internacional solo lleva a cabo un examen formal de las solicitudes internacionales, incluida la clasificación de productos y servicios según la Clasificación de Niza. Cuando la solicitud internacional se considere procedente, la Oficina Internacional inscribirá la marca en el Registro Internacional con el número y la fecha del registro internacional. La Oficina Internacional notificará al país designado para proteger la marca, anunciará la marca en la Gaceta Internacional de Marcas de la OMPI y expedirá un certificado de registro internacional al solicitante. El período de protección inicial de un registro internacional es de 10 años.

A partir de la fecha del registro internacional, una marca en cada país designado disfruta de la misma protección que una marca registrada directamente en ese país.

¿Cómo aplica la autoridad competente del país designado su legislación nacional de marcas a las solicitudes internacionales?

Básicamente, la autoridad competente del país designado tiene un período de un año (o 18 meses según el Protocolo, o más debido a objeciones) para realizar un examen sustantivo de este registro internacional de conformidad con la legislación nacional. . La autoridad competente puede denegar la protección en ese país si existen motivos para denegarla en virtud del derecho interno. Al hacerlo, la autoridad competente del Estado designado le permitirá disfrutar de los mismos procedimientos internos de examen y de los mismos procedimientos de rechazo, oposición, revisión y apelación conforme a la ley aplicable a las solicitudes directas internas. Por lo general, los solicitantes de registro necesitarán estar representados por abogados locales cuando presenten revisiones o apelaciones ante las autoridades nacionales o los tribunales nacionales. También se puede ver desde este punto que bajo el sistema de Madrid, los abogados locales también pueden participar activamente en asuntos de registro.

Si el país designado no envía una notificación de denegación a la Oficina Internacional dentro del plazo prescrito, o después de emitir una notificación de denegación, el registro internacional tiene el mismo efecto que una marca registrada en el registro nacional. del país designado.

El Sistema de Madrid proporciona una forma sencilla de gestionar la protección de las marcas. Si el titular de un registro internacional desea extender esta protección a otros Estados miembros de la Unión de Madrid que no estén incluidos en este registro, podrá extender la eficacia de la marca registrada internacionalmente en esos países simplemente solicitando una designación posterior. Esto también se aplica a registros en ciertos países designados donde cambia el propietario, se eliminan bienes y servicios o se renuncia a la protección.

5. ¿Cómo participan las autoridades nacionales en el registro en el Sistema de Madrid?

Según el Sistema de Madrid, las autoridades competentes de los Estados miembros participan directamente en las cuestiones de registro internacional y en la gestión del registro internacional. Por un lado, la Oficina puede recibir y remitir solicitudes internacionales a la Oficina Internacional como Oficina de origen; por otro lado, la Oficina puede convertirse en la Oficina del país designado;

Como la Oficina original

- La solicitud internacional debe basarse en una solicitud que haya sido presentada o registrada en el Ministerio del Interior y debe presentarse a través del Ministerio del Interior. ; la autoridad competente podrá exigir al solicitante el pago de una tasa de tramitación para pagar las tasas correspondientes.

-La solicitud internacional debe basarse en la misma marca que ya está registrada a nivel nacional o para la cual se ha presentado una solicitud de registro ante la autoridad competente del país de que se trate. Durante los primeros cinco años del registro internacional de una marca, la validez de una marca internacional depende de la validez continua de esta solicitud básica o registro básico. Si dentro del plazo anterior se produjera algún cambio relevante que afectara a la solicitud de base o al registro de base, el Ministerio del Interior lo notificará a la Oficina Internacional.

Además, se pueden presentar diversas solicitudes (en determinadas circunstancias) a través de la Oficina de origen, entre ellas designaciones tardías, registro de cambios en registros internacionales, cancelaciones y renovaciones.

Como Autoridad Competente de los Países Designados

- Un registro internacional o designación tardía lo notificará a la autoridad competente de cada país designado por el solicitante o titular. La autoridad competente realizará una revisión sustantiva de conformidad con el derecho interno. Después de la revisión, si la autoridad competente determina que la marca no puede protegerse en China, lo notificará a la Oficina Internacional dentro del plazo especificado en el acuerdo o protocolo. Las autoridades competentes antes mencionadas recibirán de la Oficina Internacional las tasas correspondientes por separado o pagarán las tasas por la solicitud internacional o designación posterior.

- De ser posible, y a solicitud del titular, la autoridad competente deberá inscribir en su registro la sustitución de un registro internacional por el registro nacional correspondiente. Si posteriormente el registro internacional en ese país deja de ser válido, la autoridad competente deberá notificar este hecho a la Oficina Internacional.

Como autoridad competente pertinente

Una autoridad competente puede participar en la gestión de un registro internacional, en particular cuando se convierte en la autoridad nacional competente del nuevo titular de un registro internacional después de una transferencia (ver "Autoridades competentes pertinentes"). En este caso, varias solicitudes que deberían haber sido presentadas por la Oficina original podrán ser presentadas en su lugar por la Oficina nacional del nuevo propietario.

Verbos intransitivos Comparación entre el Arreglo de Madrid y el Protocolo de Madrid

1 Comparado con el Arreglo de Madrid, el Protocolo de Madrid introduce algunas innovaciones. El Protocolo de Madrid se adoptó para eliminar las dificultades que impedían que algunos países se adhirieran al Arreglo de Madrid. Las principales innovaciones del acuerdo son las siguientes:

- Los solicitantes pueden solicitar el registro internacional basándose en las solicitudes nacionales presentadas en la oficina de origen. Según el acuerdo, las solicitudes internacionales deben basarse en el registro en el país donde se encuentra la autoridad competente.

- Las Partes en el Protocolo podrán elegir un plazo de 65.438+08 meses (en lugar del año estipulado en el Acuerdo) o un plazo mayor para declarar la marca en caso de objeciones No hay protección en casa .

-La autoridad competente de cada país designado podrá cobrar más que según el Arreglo de Madrid.

- De acuerdo con los requisitos del Ministerio del Interior, si el registro internacional se cancela dentro de los cinco años siguientes a la fecha del registro internacional, el registro internacional podrá convertirse en un registro nacional en el país. en el que entra en vigor, no se pueden perder la fecha del registro internacional y la fecha de prioridad original, pero esta posibilidad no existe en el Arreglo de Madrid.

2. El Sistema de Madrid está obligado por dos tratados: el Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas firmado en 1891 y el protocolo pertinente del Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas adoptado en 1989. Este último se estableció para hacer que el Sistema de Madrid fuera más flexible y adaptable a la legislación interna de algunos países que no lograron unirse al Arreglo de Madrid. Además, el Protocolo de Madrid abre la puerta a miembros de organizaciones intergubernamentales que implementen sistemas regionales de registro de marcas. Los dos tratados son paralelos e independientes pero pueden operar juntos, y sus reglamentos de implementación entraron en vigor en 1996.

El "Protocolo de Madrid" se adoptó para eliminar las dificultades que supone que algunos países no puedan adherirse al "Acuerdo de Madrid". Técnicamente hablando, el Protocolo de Madrid introduce algunas innovaciones en comparación con el Arreglo de Madrid:

- Los solicitantes pueden solicitar el registro internacional basándose en una solicitud nacional presentada al Ministerio del Interior. Según el acuerdo, la solicitud internacional debe basarse en el registro en el país donde se encuentra la autoridad competente;

-Las Partes en el Protocolo tienen la opción de 65.438+08 meses al oponerse a la declaración de que el la marca no puede protegerse en el plazo de su propio país (en lugar del año estipulado en el Acuerdo) o en un plazo mayor;

-La autoridad competente de cada país designado puede cobrar más que en virtud del Arreglo de Madrid (en otras palabras, tarifa individual);

-De acuerdo con los requisitos del Ministerio del Interior, si el registro internacional se cancela dentro de los cinco años a partir de la fecha del registro internacional, el registro internacional puede ser convertido en un registro nacional en el país en el que tiene efectos, la fecha del registro internacional y la prioridad original. Los derechos no se perderán (esta posibilidad no existe según el Arreglo de Madrid);

-Este El acuerdo permite establecer vínculos con sistemas regionales de marcas (como el * * * isomorfismo europeo).

Siete. La diferencia entre acuerdo y protocolo

El registro internacional de marcas de Madrid se divide en partes contratantes del acuerdo y partes contratantes del protocolo, porque existen algunas diferencias entre el acuerdo y el protocolo. Las principales diferencias son las siguientes:

(1) El registro básico es diferente en todo el país.

Cuando una marca solicita registro internacional, el país designado para protección es miembro del Acuerdo, y la marca debe ser una marca registrada antes de que pueda solicitar registro internacional cuando el país designado para protección lo sea; un miembro del Protocolo Puro, la marca o la Oficina de Marcas Acepta solicitudes de registro o marcas registradas.

(2) Diferentes idiomas de trabajo

El idioma de trabajo del acuerdo es únicamente el francés; puede elegir francés o inglés como idioma de trabajo del acuerdo.

(3) Diferentes métodos de pago

Si el país designado para la marca que solicita el registro internacional es un estado miembro del Acuerdo, la tarifa solo se puede pagar de acuerdo con la tarifa unificada estipulado en el Arreglo de Madrid Pagar la tasa de solicitud si el país donde se designa la marca para su protección es miembro del Protocolo Puro, la solicitud deberá pagar una tasa unificada de acuerdo con el Arreglo de Madrid y tasas individuales de acuerdo con las normas del Arreglo de Madrid; cada país.

(4) El plazo de rechazo es diferente.

El período de revisión para los estados miembros del Acuerdo es de 12 meses, es decir, si una marca registrada internacionalmente no ha recibido una notificación de rechazo durante aproximadamente 12 meses a partir de la fecha del registro internacional por parte de la Oficina Internacional. , la marca estará generalmente protegida en los países designados; el período de revisión en los países miembros del Protocolo puede ser de 12 meses o 18 meses.

(5) La relación entre el registro básico nacional y el registro internacional de marca es diferente.

Para una marca registrada internacionalmente designada para protección por un estado miembro del Acuerdo, si el registro nacional de la marca se revoca o cancela total o parcialmente dentro de los cinco años a partir de la fecha del registro internacional, entonces, independientemente de si el registro internacional ha sido transferido, el registro internacional Una marca registrada no está protegida en todos los países designados, es decir, el registro internacional se revoca al mismo tiempo para una marca registrada internacionalmente designada para protección por un país miembro del; Protocolo, si el registro nacional de la marca se revoca o cancela total o parcialmente dentro de los cinco años a partir de la fecha del registro internacional, la marca será Una persona puede presentar una solicitud a las autoridades de marcas de los estados miembros designados por el Protocolo dentro de los tres meses a partir de la fecha de revocación y pagar una determinada tasa de acuerdo con la normativa de cada estado miembro para convertir el registro internacional de la marca en un registro nacional.