Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Transporte ilegal de armas de fuego y municiones

Transporte ilegal de armas de fuego y municiones

Subjetividad jurídica:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 125, apartado 1, de la "Ley Penal", la fabricación, venta, transporte, envío postal, almacenamiento ilegal de armas de fuego, municiones , explosivos Condena y castigo por delitos materiales: (1) Fabricar, comprar, vender, transportar, enviar por correo y almacenar ilegalmente una o más armas de fuego militares (2) Fabricar, comprar, vender, transportar, enviar por correo o almacenar ilegalmente una no-; arma militar que usa pólvora como energía para disparar balas o más de otras dos armas de fuego no militares impulsadas por gas comprimido (3) Fabricar, comprar, vender, transportar, enviar por correo o almacenar ilegalmente más de diez rondas de balas militares; quinientas balas de plomo para rifles de aire comprimido, o una bala de otras balas no militares. Más de cien balas (4) Fabricación, compra, venta, transporte, envío y almacenamiento ilegal de más de una granada; fabricar, comercializar, transportar, enviar por correo y almacenar dispositivos explosivos (6) Fabricar, comprar, vender y transportar, enviar por correo o almacenar ilegalmente más de un kilogramo de explosivos, propulsores o pólvora negra, o más de tres kilogramos de pólvora pirotécnica; más de treinta detonadores, o más de treinta metros de mechas o cordones detonantes (7) Las unidades calificadas para producir explosivos que no fabrican de acuerdo con las variedades prescritas, o las unidades calificadas para vender y utilizar explosivos exceden la cuota comprando y vendiendo más; de diez kilogramos de explosivos, propulsores, pólvora negra, o más de treinta kilogramos de pólvora pirotécnica, más de trescientos detonadores, o mechas y detonadores (8) Fabricar, comprar, vender, transportar, enviar por correo y almacenar ilegalmente municiones y explosivos. muchas veces; (9) Aunque no se alcanzan los estándares de cantidad mínima anteriores, existen otras consecuencias graves, como consecuencias graves. Las armas de fuego y las municiones son artículos muy peligrosos. Las personas físicas comunes y corrientes no pueden poseer armas de fuego y municiones a voluntad. Por supuesto, nuestras leyes también estipulan claramente que el envío ilegal de armas constituirá un delito grave. Objetividad jurídica:

Artículo 128 de la Ley Penal: Tenencia y ocultación ilegal de armas de fuego y municiones. El que viole las normas de manejo de armas de fuego y posea u oculte ilegalmente armas de fuego y municiones, será sancionado con pena no mayor de tres años de prisión. prisión de duración determinada, detención penal o vigilancia pública si las circunstancias son graves, el infractor será condenado a pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años ni superior a siete años. El personal que esté equipado con armas de fuego para uso oficial de conformidad con la ley y alquile o preste ilegalmente armas de fuego será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Quien esté equipado con armas de fuego de conformidad con la ley y alquile o preste ilegalmente armas de fuego, provocando graves consecuencias, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1. Si una unidad comete el delito previsto en los párrafos 2 o 3, será multada y la persona directamente responsable y otro personal directamente responsable serán castigados de conformidad con las disposiciones del párrafo 1.