Red de Respuestas Legales - Leyes y reglamentos - Derechos de propiedad intelectual en música, cine y televisión

Derechos de propiedad intelectual en música, cine y televisión

1. Uso legítimo

Sin el consentimiento del titular de los derechos correspondiente, la obra musical utilizada solo incluye una pequeña cantidad de letras o tiene menos contenido, y la parte utilizada es pequeña y no refleja sustancialmente la totalidad. expresión de la obra y la expresión del autor. El contenido ideológico y las ideas únicas del autor sobre la música son muy limitados y no causan daños sustanciales a los intereses del propietario de los derechos de autor. Este caso se considera uso legítimo.

2. Infracción

Utilizar una pieza de letra o música de una obra musical en una película o drama televisivo sin el consentimiento del titular de los derechos correspondiente, aunque no se trate de un musical protegido por derechos de autor. obra de otra persona Si se utiliza en su totalidad, pero la parte utilizada es suficiente para expresar plenamente el contenido ideológico que el autor desea expresar a través de la obra y las ideas únicas del autor en la música, y la parte utilizada ocupa una gran proporción en toda la obra, pertenecerá a la esencia de la obra musical. Esta situación constituye una infracción del derecho a reproducir y distribuir obras musicales y no constituye uso legítimo.