Medidas de gestión de la modificación artificial del clima en el municipio de Chongqing
La ciudad y el distrito/condado (condado autónomo) de agricultura, silvicultura, conservación de agua, protección ambiental, seguridad pública, supervisión de seguridad y otros departamentos cooperarán en el trabajo de modificación artificial del clima de acuerdo con sus respectivas responsabilidades. Artículo 6 Las autoridades meteorológicas municipales, distritales y de condado (condado autónomo), en función de las necesidades de prevención y reducción de desastres, construcción del entorno ecológico y desarrollo y utilización de los recursos hídricos de las nubes aéreas, consultarán con los departamentos pertinentes del mismo nivel para preparar un plan de trabajo anual de modificación artificial del clima y presentarlo al gobierno popular del mismo nivel. Se implementará después de la aprobación y se informará a la autoridad meteorológica del siguiente nivel superior para su registro. Artículo 7 Los fondos necesarios para los trabajos de modificación artificial del clima aprobados por el gobierno popular de una ciudad, distrito o condado (condado autónomo) se incluirán en el presupuesto financiero del gobierno popular al mismo nivel. Artículo 8 Las operaciones de modificación artificial del clima serán determinadas por los gobiernos populares municipales, distritales y de condado (condados autónomos) y serán implementadas por unidades que cumplan las condiciones estipuladas en estas Medidas (en adelante, unidades operativas).
La utilización de aeronaves para la realización de operaciones de modificación artificial del clima será realizada por unidades operativas de ámbito municipal.
El uso de cañones antiaéreos, cohetes u otros dispositivos terrestres para llevar a cabo operaciones de modificación artificial del clima será realizado por unidades operativas de distrito y condado (condado autónomo). Artículo 9 La unidad operativa debe cumplir las siguientes condiciones, pasar la evaluación de la autoridad meteorológica municipal y recibir un certificado de calificación para operaciones de modificación artificial del clima antes de poder participar en operaciones de modificación artificial del clima:
(1 ) Tener una calificación técnica que cumpla con los requisitos de las Normas y requisitos tecnológicos nacionales para cañones antiaéreos, lanzacohetes u otros equipos de modificación artificial del clima;
(2) Tener operativos almacenes de equipos, almacenes de municiones y otros instalaciones que cumplan con las normas y requisitos técnicos nacionales;
(3) Contar con comandantes y operadores de negocios que hayan superado la capacitación y evaluación de la autoridad meteorológica municipal y hayan obtenido certificados de trabajo;
( 4) Contar con un sólido sistema operativo de declaración del espacio aéreo, sistema de gestión de seguridad operacional y sistema operativo de mantenimiento, transporte, almacenamiento y custodia de equipos;
(5) Otras condiciones que especifique la autoridad meteorológica municipal.
El número de operadores especificado en el punto 3 del párrafo anterior no será inferior a 2, cada lanzacohetes no será inferior a 3 personas y cada cañón antiaéreo no será inferior a 4 personas. .
La lista de operadores de armas antiaéreas y lanzacohetes se copiará a la agencia de seguridad pública local para su registro por parte de la autoridad meteorológica local. Artículo 10 La autoridad meteorológica municipal revisará cada año las calificaciones de las unidades operativas. Previa verificación, quienes no cumplan con las condiciones estipuladas en el artículo 9 de estas Medidas serán ordenados a realizar rectificaciones dentro de un plazo; si no realizan las rectificaciones dentro del plazo o aún no cumplen con los requisitos después de las rectificaciones, su negocio; las calificaciones serán canceladas. Artículo 11 El diseño de los sitios de operación de cohetes y artillería antiaérea modificados por el clima será propuesto por las autoridades meteorológicas del distrito y del condado (condado autónomo) en función del diseño y las condiciones de operación del clima regional, la geografía, el transporte, las comunicaciones, la densidad de población, conservación del agua y otros proyectos a gran escala, y serán aprobados por el mismo. Después de la aprobación por el gobierno popular al mismo nivel, se informará a la autoridad meteorológica municipal, que será determinada por la autoridad meteorológica municipal en conjunto con el departamento de control de vuelo de conformidad con la ley.
No se podrá cambiar el domicilio comercial confirmado sin autorización. Si realmente fuera necesario cambiarlo, se volverá a determinar de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior de este artículo. Artículo 12 La construcción de sitios de trabajo de modificación artificial del clima será organizada e implementada por las autoridades meteorológicas del distrito y del condado (condado autónomo), y los sitios requeridos serán proporcionados por el gobierno popular local.
Los cañones antiaéreos fijos y los cohetes utilizados para operaciones de modificación artificial del clima deben estar equipados con almacenes de equipos operativos, almacenes de municiones, plataformas de lanzamiento y salas de operaciones que cumplan con los estándares pertinentes. Artículo 13 Las autoridades meteorológicas municipales, distritales y distritales (condados autónomos) establecerán un sistema de comando de modificación artificial del clima completamente funcional para satisfacer las necesidades operativas. Artículo 14 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, con la aprobación del gobierno popular del mismo nivel, la autoridad meteorológica organizará e implementará de inmediato operaciones de modificación artificial del clima:
(1) Ya ha ocurrido una sequía y se espera que la sequía empeore;
(2) El granizo puede dañar gravemente los cultivos
(3) Se producen incendios en pastizales forestales o los pastizales forestales se encuentran en un período de alto riesgo de incendio; durante mucho tiempo;
(4) Escasez grave de recursos hídricos y deterioro del entorno ecológico;
(5) Otras situaciones que requieren la implementación de operaciones de modificación artificial del clima. Artículo 15 Cuando se utilicen cañones antiaéreos y lanzacohetes para llevar a cabo operaciones de modificación artificial del clima, las autoridades meteorológicas del distrito y del condado (condado autónomo) en el área de operación solicitarán a los departamentos de control de vuelo pertinentes los límites del espacio aéreo y el tiempo de operación. Para utilizar aeronaves para realizar operaciones de modificación artificial del clima, la autoridad meteorológica municipal solicitará al departamento de control de vuelo correspondiente los límites de espacio aéreo y tiempo de operación.
Las unidades de operación deben operar en estricta conformidad con las especificaciones y procedimientos operativos dentro del espacio aéreo y los límites de tiempo de operación aprobados, y aceptar el mando, gestión y supervisión de las autoridades meteorológicas para garantizar la seguridad operativa.