Reglamento sobre la gestión del clero religioso en la provincia de Qinghai
(1) Budismo: Zhige, Zhawa, Erzhong, Juemu;
Monjes, laicos y monjas;
②Islam: Imam;
(3)Catolicismo: obispos, sacerdotes, monjes, monjas;
(4)Cristianismo: sacerdotes, Ancianos, sacerdotes;
(5) Taoísmo: Taoísmo, Taoísmo. Artículo 3 Los grupos religiosos patrióticos a nivel de condado o superior que aprueben la evaluación o tengan un diploma de una escuela religiosa podrán ser reconocidos como personal religioso. Las organizaciones religiosas patrióticas a nivel de condado o superior emitirán certificados de personal religioso y los informarán al departamento de asuntos religiosos a nivel de condado o superior para su registro.
Los derechos e intereses legítimos del clero religioso reconocido están protegidos por la ley.
Los ciudadanos que no hayan obtenido la calificación de clérigo religioso no podrán realizar actividades educativas como clérigo religioso. Artículo 4 Derechos del personal religioso
(1) Participar en actividades religiosas en lugares religiosos de acuerdo con las reglas canónicas y celebrar ceremonias religiosas de acuerdo con las costumbres religiosas;
(2) Participar en la gestión democrática de templos e iglesias, proteger la propiedad de la Iglesia Siguan de acuerdo con la ley y salvaguardar los derechos e intereses legítimos de la Iglesia Siguan;
(3) Resistir fuerzas hostiles extranjeras que utilicen la religión para llevar a cabo actividades de infiltración y sabotaje;
(4) De acuerdo con las leyes de los templos e iglesias Obtener gastos de manutención de acuerdo con las regulaciones y aceptar donaciones voluntarias, donaciones y donaciones de ciudadanos religiosos;
(5) Participar en la compilación, traducción e investigación académica religiosa de clásicos religiosos y reflejar las opiniones y requisitos de los ciudadanos religiosos;
(6) Con el consentimiento de los departamentos de asuntos religiosos y religiosos patrióticos. grupos a nivel de condado o superior, y después de completar los procedimientos de acuerdo con las regulaciones pertinentes sobre intercambios extranjeros, se pueden llevar a cabo intercambios académicos religiosos e intercambios amistosos con grupos religiosos y figuras religiosas en el extranjero. Artículo 5 Obligaciones del personal religioso
(1) Respetar la Constitución y salvaguardar la unidad nacional y la unidad étnica. Ayudar al gobierno a implementar la política de libertad de creencias religiosas y participar en actividades religiosas dentro del alcance de las leyes, regulaciones y políticas;
(2) Ser patriótico y religioso, contactar a ciudadanos religiosos y obedecer la gestión democrática. ;
( 3) Respetar los derechos de los ciudadanos a creer en religiones y no creer en religiones, y promover y mantener la unidad entre los ciudadanos que creen en religiones y los que no creen en religiones, y entre ciudadanos de diferentes religiones y diferentes denominaciones de la misma religión;
(IV) ) Adherirse a la unidad al abrir monasterios, buscar puntos en común reservando las diferencias, respetarse unos a otros, vivir en armonía y resistir conscientemente las disputas sectarias;
(5) Participar en reuniones y estudios organizados por gobiernos populares de todos los niveles y grupos religiosos patrióticos, y aceptar el patriotismo y el socialismo, las leyes, reglamentos, directrices y políticas nacionales, así como la educación de iglesias independientes;
(6) Participar activamente en emprendimientos laborales productivos y de bienestar social organizados por templos e iglesias. Artículo 6 El clero religioso debe aceptar el liderazgo del gobierno popular local y la guía de los grupos religiosos patrióticos, y llevar a cabo actividades educativas bajo los acuerdos unificados de las agencias de gestión democrática de templos e iglesias. Artículo 7 El clero religioso que solicite presidir actividades religiosas en templos e iglesias debe ser recomendado por organizaciones de gestión democrática, revisado por el gobierno popular del municipio (ciudad) y aprobado por el departamento de asuntos religiosos a nivel de condado o superior. Artículo 8 La admisión del clero religioso debe ser aprobada por el organismo de gestión democrática, pero no debe exceder la cuota de clero religioso en templos e iglesias. Artículo 9 El clero religioso no interferirá con la administración nacional, la justicia, la educación, el matrimonio, la planificación familiar y la popularización de la ciencia y la tecnología, ni participará en actividades supersticiosas que no sean religiosas y pongan en peligro los intereses nacionales y la seguridad de la vida de los ciudadanos. y propiedad. Artículo 10 El clero religioso no solicitará dinero, subsidios religiosos ni fondos para enseñanza de grupos religiosos y figuras religiosas en el extranjero de ninguna manera, y no aceptará ni difundirá instrucciones de fuerzas religiosas en el extranjero. No se pueden distribuir libros, publicaciones periódicas, materiales de propaganda religiosa ni productos religiosos de audio y vídeo en el extranjero sin aprobación. Artículo 11 El clero religioso no puede organizar ni participar en actividades religiosas a gran escala en todas las regiones sin aprobación. Artículo 12 Si un miembro del clero religioso que ha cumplido su sentencia realmente ha mostrado arrepentimiento y solicita continuar ocupando cargos religiosos, será revisado por el grupo religioso patriótico local e informado al departamento de asuntos religiosos a nivel del condado o superior para su aprobación. . Artículo 13 Cualquiera que viole estas regulaciones será, dependiendo de la gravedad del caso, tratado por el departamento de asuntos religiosos o la agencia de seguridad pública a nivel del condado o superior de acuerdo con las leyes y regulaciones nacionales pertinentes, hasta que el certificado del personal religioso se retira; si se constituye delito, la persecución penal será ejercida por los órganos judiciales de conformidad con la ley.
Artículo 14 El Comité provincial de Asuntos Étnicos y Religiosos es responsable de la interpretación de las cuestiones específicas de aplicación de este reglamento. Artículo 15 El presente reglamento entrará en vigor a partir de junio de 1992 + 1 de octubre.