Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Por qué debería abolirse el Caso Rector No. 9?

¿Por qué debería abolirse el Caso Rector No. 9?

Caso N° 9 del Tribunal Supremo:

La razón por la que el Tribunal Popular Supremo anuló el Caso Orientador N° 9 es que ya no tiene el efecto de aplicación de referencia. El motivo directo es la modificación del artículo 21 de la "Interpretación II de la Ley de Sociedades de Capital", y el motivo fundamental es el cambio en las normas para determinar la responsabilidad de liquidación de los accionistas en el "Acta Jiu-Min".

Esencia del Caso Rector No. 9: Los accionistas de una sociedad de responsabilidad limitada, los directores de una sociedad anónima y los accionistas mayoritarios deberán cumplir con las obligaciones de liquidación después de que la licencia comercial de la empresa sea revocada de conformidad con la ley, y No podrán utilizar la excusa de que no son efectivamente controladores o no han participado efectivamente en la sociedad. Exención de obligaciones de liquidación por razón de gestión empresarial.

En el caso rector, dos accionistas que nunca habían participado en la gestión empresarial y tomaron la iniciativa de iniciar la responsabilidad de liquidación también fueron condenados a asumir la responsabilidad en proporción a su aporte de capital. Posteriormente se seleccionó este caso como caso rector, que sirvió de guía y referencia para casos similares en todo el país.

Los "Nueve Minutos del Pueblo" han realizado revisiones sustanciales a las opiniones del fallo del Caso Rector No. 9.

El artículo 14 del "Nueve Acta Ciudadana" establece que el "retraso en el cumplimiento de obligaciones" previsto en el segundo párrafo del artículo 18 de la "Interpretación Judicial de la Ley de Sociedades Anónimas" se refiere al accionista de una sociedad de responsabilidad limitada después de que surgen las razones legales para la liquidación, o tiene la capacidad de realizar obligaciones de liquidación, o no puede realizar la liquidación debido a negligencia, retrasa intencionalmente o se niega a realizar comportamientos negativos de las obligaciones de liquidación. Los accionistas acreditan que han tomado medidas activas para cumplir con sus obligaciones de liquidación, o los accionistas minoritarios acreditan que no son miembros del consejo de administración ni del consejo de supervisión de la empresa, ni designan personal para actuar como miembros de esta agencia, y nunca han participado en la funcionamiento y gestión de la empresa, por no haber "cumplido con lentitud sus obligaciones". Si se alega que la empresa no es solidariamente responsable de las deudas de la empresa, el Tribunal Popular la apoyará de conformidad con la ley.

El artículo 15 estipula que no existe conexión entre los accionistas de una sociedad de responsabilidad limitada que demuestren su inacción pasiva y el resultado de que los bienes principales de la empresa, los libros de contabilidad y los documentos importantes se pierdan y no puedan ser reembolsados. exista relación de causalidad, el Tribunal Popular la sustentará conforme a la ley.

El artículo 21 de la recientemente revisada "Interpretación de la Ley de Sociedades II" estipula: "Los accionistas de una sociedad de responsabilidad limitada, los directores, los accionistas mayoritarios de una sociedad anónima y los controladores reales de la empresa deberán cumplir con el artículo 18 de este reglamento, si una o más de las partes asume la responsabilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20, párrafo 1, el Tribunal Popular la respaldará de conformidad con la ley.”

——Continuará. ——

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