Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cómo demanda el garante a la otra parte para obtener un recurso?

¿Cómo demanda el garante a la otra parte para obtener un recurso?

Subjetividad jurídica:

Una vez ejecutada la responsabilidad solidaria del garante, ¿cómo puede recuperar una compensación del garante y ejercer sus derechos? En la práctica hay tres opiniones. La primera opinión es que una vez que el garante asume la responsabilidad solidaria del reembolso, el garante puede demandar a la persona garantizada ante el Tribunal Popular de conformidad con el artículo 108 de la Ley de Procedimiento Civil. Porque antes de que el garante asuma efectivamente la responsabilidad solidaria, su responsabilidad es sólo instar al garante a cumplir con sus obligaciones y asumir la responsabilidad solidaria pactada. Una vez que el garante haya cumplido con sus obligaciones, la misión del garante quedará completada y la relación jurídica civil acordada con el garante quedará extinguida. Una vez que el garante asume la obligación de pago de la entidad garantizada, adquiere los derechos del acreedor debido. En otras palabras, la relación de garantía entre el garante y la parte garantizada se transforma en una relación de derechos de acreedor y deudor, y el garante obtiene el derecho a. demandar y ganar el pleito. Debido a que la garantía se produce durante la ejecución por el tribunal popular, una vez que el garante paga la deuda en su nombre, la relación de garantía se transforma rápidamente en una relación acreedor-deuda, con relaciones jurídicas claras y hechos claros. Después de la verificación por parte del Tribunal Popular, el garante no tiene motivos y no puede presentar objeciones.

Objetividad jurídica:

Artículo 699 del Código Civil: Si existen dos o más fiadores para una misma deuda, el fiador soportará la responsabilidad de garantía según la parte de garantía pactada en el contrato de garantía, si no hay acuerdo sobre la parte de garantía, el acreedor podrá exigir a cualquier garante que asuma la responsabilidad de garantía dentro del alcance de su garantía; Base jurídica: Artículo 20 del texto completo de la “Interpretación Judicial de la Ley de Garantías”: Si el deudor que garantiza solidariamente no cumple la deuda al vencimiento del plazo de cumplimiento pactado en el contrato principal, el acreedor podrá exigir el deudor a cumplir la deuda, o exigir a cualquier garante que asuma todas las obligaciones de garantía. Una vez que los fiadores solidarios asuman la responsabilidad de la garantía, la parte que no pueda recuperarse del deudor será compartida por los fiadores solidarios conforme a la proporción acordada internamente. Si no hay acuerdo, se repartirá equitativamente.