¿La nueva ley de tránsito estipula que quienes causen muerte en accidentes deben ser condenados? ¿Debería suspenderse la ejecución o ejecutarse inmediatamente? Gracias
Análisis Jurídico
Quienes cometan accidentes de tráfico graves serán penalmente responsables y condenados a pena privativa de libertad de duración determinada. Si las circunstancias son menores, se podrá imponer una pena suspendida. Si el autor tiene una mentalidad negligente y es el principal responsable del accidente, puede constituir un delito de accidente de tráfico y requiere responsabilidad penal. Cualquiera que viole las leyes de tránsito y cause la muerte en un accidente de tránsito es sospechoso de delito de accidente de tránsito. Generalmente, la persona será condenada a pena privativa de libertad determinada no superior a tres años o a prisión penal, y la máxima no excederá de quince años. Si las circunstancias de la otra parte son menores, se podrá pagar la indemnización civil en su totalidad y se podrá obtener el entendimiento de la otra parte, y se podrá conceder una sentencia suspendida. El aspecto subjetivo del acusado en el accidente fue la negligencia, y el grado de negligencia fue relativamente menor. Para casos de accidentes con delitos subjetivos relativamente menores, debido a la mentalidad subjetiva de no prever el accidente o no prestar suficiente atención debido a una atención excesiva, el castigo excesivo no tiene importancia práctica. Combinado con otras condiciones, se puede considerar la libertad condicional. Además, la pena de prisión de duración determinada se calcula a partir de la fecha de ejecución de la sentencia del tribunal. No existe la llamada ejecución inmediata, sólo la pena de muerte se ejecuta inmediatamente. También depende del estado mental del delincuente. Aquellos que sean identificados como completamente enfermos mentales pueden ser indemnizados por sus tutores y no tienen responsabilidad penal.
Base jurídica
Artículo 133 de la "Ley Penal de la República Popular China" Viola las normas de tráfico, provocando un accidente grave, provocando lesiones graves o la muerte, o grandes pérdidas. a bienes públicos o privados, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con prisión preventiva, el que se escape tras un accidente de tránsito o concurra otras circunstancias especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de tres años; pero no más de siete años, si su fuga causa la muerte, será condenado a pena privativa de libertad no menor de siete años; Artículo 133 (1) Será sancionado con pena de prisión y también multa el que conduzca un vehículo de motor en la vía y se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias: (1) Persecución y carrera, si las circunstancias son graves; (2) Conducción; un vehículo motorizado en estado de ebriedad; (3) Participar en negocios de autobús escolar o transporte de pasajeros, exceder gravemente la capacidad nominal de pasajeros o conducir a una velocidad que exceda gravemente la velocidad prescrita (4) Violar las normas de gestión de seguridad de productos químicos peligrosos y transportar productos peligrosos; químicos, poniendo en peligro la seguridad pública. Los propietarios y administradores de vehículos de motor que sean directamente responsables de los hechos previstos en los apartados 3 y 4 del párrafo anterior serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si los hechos previstos en los dos párrafos anteriores constituyen al mismo tiempo otros delitos, serán condenados y castigados conforme a lo dispuesto en las penas más severas. Artículo 133-2 Quien utilice violencia contra un conductor de un transporte público en marcha o le arrebate el dispositivo de control de la conducción, interfiera con el funcionamiento normal del transporte público y ponga en peligro la seguridad del transporte público, será condenado a pena de prisión de duración determinada de no más de un año o detención penal o control, e imponer o imponer únicamente multa. Si un conductor en el párrafo anterior abandona su puesto sin autorización en el transporte público, pelea o golpea a otros, poniendo en peligro la seguridad del transporte público, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si los hechos previstos en los dos párrafos anteriores constituyen al mismo tiempo otros delitos, serán condenados y castigados conforme a lo dispuesto en las penas más severas.