Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cuáles son las disposiciones legales para pelear y robar propiedad?

¿Cuáles son las disposiciones legales para pelear y robar propiedad?

Análisis jurídico: El que pelee y robe bienes, comete delito de robo; el que hurte bienes públicos o privados mediante violencia, coacción u otros métodos, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de diez años, y además será multado quien incurra en cualquiera de las siguientes circunstancias, será sancionado con pena no menor de diez años de prisión de duración determinada, cadena perpetua o pena de muerte, además de multa o confiscación de bienes;

Base jurídica: “Ley Penal de la República Popular China”

Artículo 263: Quien hurte propiedad pública o privada mediante violencia, coacción u otros medios, será sancionado con pena de prisión determinada. prisión de no menos de tres años pero no más de diez años de prisión y multa, quien se encuentre en cualquiera de las siguientes circunstancias será sentenciado a pena de prisión de no menos de diez años, cadena perpetua o muerte; También se le impondrá una multa o se le confiscarán bienes: (1) Robo en el hogar; (2) Robo en el transporte público; (3) Robo en un banco u otra institución financiera (4) Robo en múltiples ocasiones o por una cantidad enorme; ) Robo que cause lesiones graves o muerte; (6) Robo haciéndose pasar por un oficial militar o de policía; (7) Robo a mano armada; (8) Incautación de suministros militares o de emergencia, ayuda en casos de desastre o suministros de ayuda en casos de desastre.

Artículo 269: El que comete el delito de hurto, estafa o hurto y utiliza la violencia o amenaza con violencia en el acto para ocultar bienes robados, resistirse al arresto o destruir pruebas criminales, será castigado de conformidad con el artículo 269 de esta Ley el artículo 13 establece la condena y sanción.

Artículo 289: El que reúna multitud para “golpear, destrozar y saquear”, causando lesión, invalidez o muerte, será condenado conforme a lo dispuesto en los artículos 234 y 232 de esta Ley. castigo. El que destruya o saquee bienes públicos o privados, además de ser condenado al pago de una indemnización, será condenado y sancionado conforme a lo dispuesto en el artículo 263 de esta Ley.