La posibilidad de revocar una sentencia de nulidad de marca
De acuerdo con el párrafo 2 del artículo 49 de la Ley de Marcas y el artículo 66 del Reglamento de Aplicación de la Ley de Marcas, si una marca registrada no se utiliza durante tres años consecutivos sin razones justificables, cualquier unidad o individuo deberá Puede solicitar a la Oficina de Marcas la cancelación de la marca registrada y debe explicar las circunstancias pertinentes al presentar la solicitud. Después de que la Oficina de Marcas acepte la solicitud, notificará al solicitante del registro de la marca que presente pruebas de uso antes de solicitar la cancelación de la marca o explicará las razones legítimas de la falta de uso dentro de los dos meses siguientes a la fecha de recepción de la notificación si no hay pruebas; de uso se proporciona al vencimiento del límite de tiempo o no hay una razón legítima. Si los materiales de certificación no son válidos, la Oficina de Marcas revocará la marca registrada. La Oficina de Marcas resolverá en el plazo de nueve meses a partir de la fecha de recepción de la solicitud. Si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, ésta podrá prorrogarse por tres meses con la aprobación del departamento de administración industrial y comercial del Consejo de Estado.