Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Disposiciones legales sobre entrega y penas más leves

Disposiciones legales sobre entrega y penas más leves

Las disposiciones sobre la pena por entrega permiten una pena más leve o reducida. La pena base puede reducirse en menos del 20 %. Para los delitos menores, la pena puede reducirse en más del 50 % o quedar exentos de pena de conformidad con la ley. China alienta a los criminales a entregarse voluntariamente.

1. Disposiciones legales sobre penas más leves por entregarse

Se entrega quien se entrega voluntariamente después de cometer un delito y confiesa verazmente sus delitos. Los delincuentes que se entreguen podrán recibir penas más leves o reducidas. Entre ellos, aquellos que cometan delitos menores pueden quedar exentos de pena.

Se considerarán entregados los sospechosos de delitos, los imputados y los delincuentes cumpliendo condena que hayan sido objeto de medidas coercitivas y que confiesen verazmente los demás delitos que no sean conocidos de las autoridades judiciales.

Aunque el presunto delincuente no tenga las circunstancias para entregarse según lo estipulado en los dos párrafos anteriores, pero confiese verazmente su delito, se le podrá imponer una pena más leve por cuanto confiesa verazmente su delito y evita especialmente graves; consecuencias, podrá ser castigado.

2. Tipos de rescate

El rescate automático incluye, entre otros, los siguientes 12 comportamientos:

1. El presunto delincuente se entrega a su unidad, organizaciones de base urbanas y rurales u otro personal responsable relevante;

2. El sospechoso del delito encomienda a otros que se entreguen primero por enfermedad, lesión o para reducir las consecuencias del delito, o se entrega primero por telegrama

3. El comportamiento delictivo no ha sido descubierto por los órganos judiciales, pero después de ser interrogado y educado por organizaciones u órganos judiciales pertinentes debido a un comportamiento sospechoso, confiesa voluntariamente su delito (entre ellos, si los departamentos y órganos judiciales pertinentes tienen registros de su conducta; persona, los objetos que lleva, el vehículo que conduce, etc. Si se encuentran objetos relacionados con el delito, no se puede considerar entrega)

4. Escapar después de cometer un delito y entregarse voluntariamente durante el proceso de ser buscado o perseguido;

5. Se considerarán rendidos aquellos que se compruebe que están verdaderamente dispuestos a entregarse, o que sean sorprendidos por los órganos de seguridad pública en el camino a rendirse.

6. Familiares y amigos persuaden y acompañan a la persona para que se entregue. Quienes se entregan no son entregados por el presunto delincuente por iniciativa propia, sino que se entregan bajo la persuasión y compañía de familiares y amigos, lo que también se considerará entrega voluntaria entre ellos, el presunto delincuente es agrupado y entregado al tribunal; autoridad por familiares y amigos, o el sospechoso de un delito induce a los investigadores a cometer el delito. Si una persona no se resiste al arresto y confiesa sinceramente los hechos del delito durante el arresto, aunque no se pueda considerar que se haya entregado, se le puede entregar un encendedor. castigo de conformidad con las disposiciones pertinentes de la ley.

7. Familiares y amigos denuncian el crimen y se entregan. Si el órgano de seguridad pública notifica a los familiares y amigos del sospechoso de un delito, o si los familiares y amigos toman la iniciativa de denunciar el delito, también se considerará que se han entregado voluntariamente.

8. Tomar la iniciativa de denunciar el caso y no evitar su manejo. Luego de cometer el crimen tomó la iniciativa de denunciar el crimen, aunque no se identificó como autor, no huyó del lugar y confesó su crimen al ser interrogado por las autoridades judiciales;

9. Esperando en el lugar para rendirse. Esperar en el lugar sabiendo que otros han denunciado un delito, no resistirse al arresto y confesar los hechos del delito

10. Las autoridades judiciales aún no han identificado al sospechoso del delito, pero aun así confesó voluntariamente su delito durante la investigación e indagatoria general 11. Entregado bajo sanción administrativa; Estando sujetos a medidas administrativas y judiciales obligatorias como la reeducación por el trabajo, la detención administrativa, la detención judicial y el aislamiento obligatorio para la desintoxicación de drogas por actos ilícitos específicos, confesar voluntariamente ante el organismo de aplicación los actos delictivos que aún no han sido comprendidos;

12. Otros asuntos que estén en línea con la intención original de la legislación La situación debe tratarse como una rendición.

3. Circunstancias legales de castigo indulgente

1. Quienes deben ser castigados ligeramente incluyen:

(1) Una persona mayor de 14 años y menor de 18 años comete un delito.

(2) El cómplice recibirá una pena más leve.

(3) Una persona mayor de 75 años comete un delito por negligencia.

(4) Si la evitación de emergencia o la legítima defensa excede el límite necesario y causa un daño indebido, la pena será reducida o eximida.

(5) Si no se causa daño, se eximirá de pena; si se causa daño, se reducirá la pena.

(6) A quienes sean obligados a participar en delitos se les reducirá o eximirá de pena su pena según las circunstancias de su delito.

2. Entre quienes pueden recibir penas más leves se encuentran:

(1) Una persona mayor de 75 años comete un delito intencionalmente.

(2) Una persona mentalmente enferma que no ha perdido por completo la capacidad de identificar o controlar su propio comportamiento comete un delito.

③ Las personas sordomudas o ciegas cometen delitos

(4) Para los infractores preliminares, se les puede imponer un castigo más leve en función de los infractores consumados.

(5) Un intento de delito puede recibir un castigo más leve en función del delito cometido.

(6) Si la persona instigada no comete el delito de instigación, el instigador podrá recibir una pena más leve.

(7) Los delincuentes que se entreguen podrán recibir un castigo más leve.

(8) Si un sospechoso de un delito se entrega pero confiesa sinceramente su delito, se le puede imponer un castigo más leve.

(9) Los delincuentes que denuncien y expongan los actos delictivos de otras personas y verifiquen los hechos, o proporcionen pistas importantes para resolver otros casos y otros servicios meritorios podrán recibir un castigo más leve.

En la práctica, cuando un sospechoso de un delito se encuentra en una o más de las situaciones anteriores, puede tener la posibilidad de recibir un castigo más leve. Es importante tener en cuenta que "debería" significa "debe". Si el sospechoso de un delito tiene circunstancias indulgentes o atenuantes, el tribunal debe imponer una pena leve. "Sí" significa que el tribunal puede imponer al sospechoso un castigo más leve o no imponerlo basándose en el caso real.

Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.

Base jurídica: El artículo 67 de la “Ley Penal” estipula que se entrega voluntariamente a la policía después de cometer un delito y confiesa verazmente su delito. Los delincuentes que se entreguen podrán recibir penas más leves o reducidas. Entre ellos, aquellos que cometan delitos menores pueden quedar exentos de pena. Se considerarán entregados los presuntos delincuentes, los procesados ​​y los delincuentes cumpliendo condena que hayan sido objeto de medidas coercitivas y que confiesen verazmente los demás delitos que no sean conocidos de las autoridades judiciales. Aunque un sospechoso de un delito no tenga las circunstancias para entregarse según lo estipulado en los dos párrafos anteriores, si confiesa verazmente su delito, se le podrá imponer una pena más leve porque confiesa verazmente su delito y evita consecuencias particularmente graves; un castigo más leve.