¿El seguro pagará la muerte causada por depresión?
1. Seguro de accidentes: A juzgar por la práctica judicial actual, en circunstancias normales, el seguro de accidentes no cubrirá los suicidios provocados por depresión. Debido a que el suicidio no es un accidente, el significado de accidente es externo, repentino, sin enfermedad y no intencional. Los productos de seguro de vida tienen una "cláusula de exención por suicidio dentro de los dos años posteriores a la entrada en vigor de la póliza". Si el asegurado se suicida dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigor de la póliza, la compañía aseguradora queda exenta de responsabilidad. 2. Seguro de vida: Habrá una cláusula de exención antes de contratar un seguro de vida, es decir, no está cubierto el suicidio dentro de los dos años siguientes a la contratación del seguro. Sin embargo, si el asegurado se suicida dos años después de la vigencia de la póliza, puede recibir una compensación. En cuanto a la causa del suicidio, ya sea depresión u otras razones, a la compañía de seguros no le importará.
Base jurídica: “Ley de Seguros de la República Popular China”
Artículo 43 Si el asegurado causa intencionadamente la muerte, invalidez o enfermedad del asegurado, el asegurador no será responsable de pagar la responsabilidad de los beneficios del seguro. Si el tomador del seguro ha pagado la prima del seguro durante más de dos años, el asegurador devolverá el valor en efectivo de la póliza de seguro a otros titulares de derechos de conformidad con el contrato. Si el beneficiario causa intencionalmente la muerte, invalidez o enfermedad del asegurado, o mata intencionalmente al asegurado, el beneficiario perderá el derecho al beneficio.
Artículo 44 En virtud de un contrato que exija la muerte del asegurado como condición para el pago de las prestaciones del seguro, si el asegurado se suicida dentro de los dos años siguientes a la fecha de celebración del contrato o a la fecha de celebración del contrato. vuelve a entrar en vigor, el asegurador no estará obligado a pagar las prestaciones del seguro, salvo que el asegurado se suicide siendo persona sin capacidad civil. Si el asegurador no asume la obligación de pagar las prestaciones del seguro conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, deberá devolver el valor en efectivo de la póliza de seguro conforme al contrato.