Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Tengo un contrato de cooperación y luego firmo un acuerdo complementario. ¿Tiene el acuerdo complementario efectos legales sobre las actividades comerciales antes de su firma? ¿Cuál es la base jurídica? El acuerdo complementario es válido para el contrato anterior. El acuerdo complementario es un complemento y una explicación del contrato anterior. El contrato existente y el acuerdo complementario son una relación amo-esclavo. El contrato existente es el contrato principal y el "Acuerdo complementario" es el contrato subordinado. En caso de conflicto entre el contrato complementario y el contrato principal, prevalecerán los términos pactados posteriormente. Según lo dispuesto en el artículo 143 del Código Civil, los actos jurídicos civiles son válidos si reúnen las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil (2) La manifestación de la intención es verdadera; No viola la ley, Las disposiciones obligatorias de los reglamentos administrativos no violan el orden público y las buenas costumbres. Base jurídica: El artículo 143 de la Ley Civil es válido para los actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la capacidad correspondiente para la conducta civil (2) La manifestación de intención es verdadera; (3) No la tiene; violar leyes y reglamentos administrativos. Las disposiciones obligatorias de leyes y reglamentos no violan el orden público y las buenas costumbres.

Tengo un contrato de cooperación y luego firmo un acuerdo complementario. ¿Tiene el acuerdo complementario efectos legales sobre las actividades comerciales antes de su firma? ¿Cuál es la base jurídica? El acuerdo complementario es válido para el contrato anterior. El acuerdo complementario es un complemento y una explicación del contrato anterior. El contrato existente y el acuerdo complementario son una relación amo-esclavo. El contrato existente es el contrato principal y el "Acuerdo complementario" es el contrato subordinado. En caso de conflicto entre el contrato complementario y el contrato principal, prevalecerán los términos pactados posteriormente. Según lo dispuesto en el artículo 143 del Código Civil, los actos jurídicos civiles son válidos si reúnen las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la correspondiente capacidad para la conducta civil (2) La manifestación de la intención es verdadera; No viola la ley, Las disposiciones obligatorias de los reglamentos administrativos no violan el orden público y las buenas costumbres. Base jurídica: El artículo 143 de la Ley Civil es válido para los actos jurídicos civiles que cumplan las siguientes condiciones: (1) El actor tiene la capacidad correspondiente para la conducta civil (2) La manifestación de intención es verdadera; (3) No la tiene; violar leyes y reglamentos administrativos. Las disposiciones obligatorias de leyes y reglamentos no violan el orden público y las buenas costumbres.