¿Fotografiar a los transeúntes infringe los derechos de retrato?
Análisis legal: Fotografiar a los transeúntes sin ningún otro propósito generalmente no constituye una infracción de los derechos de retrato. La infracción de los derechos de retrato incluye difamar, desfigurar o utilizar tecnología de la información para falsificar los derechos de retrato de otros; hacer, usar o publicar el retrato del titular de los derechos de retrato sin el consentimiento del titular de los derechos de retrato; publicar, copiar o distribuir sin el consentimiento de; el titular de los derechos del retrato Utilizar o divulgar el retrato de la persona con derecho al retrato mediante alquiler, exposición, etc. De lo contrario, generalmente no se considera infracción.
Base jurídica: Artículo 1019 del Código Civil de la República Popular China. Ninguna organización o individuo puede utilizar medios de tecnología de la información para difamar, desfigurar, falsificar o infringir de otro modo los derechos de retrato de otros. Sin el consentimiento del titular del derecho del retrato, el retrato del titular del derecho del retrato no se producirá, utilizará ni divulgará, a menos que la ley disponga lo contrario. Sin el consentimiento del titular del derecho del retrato, el titular del derecho del retrato no podrá utilizar ni hacer público el retrato del titular del derecho del retrato en forma de publicación, reproducción, distribución, alquiler, exposición, etc.