Lo traje. -¿Cómo firmo un contrato laboral cuando trabajo para mi jefe?
Es posible que desee recibir algunas tarifas de referencia de su empleador, por lo que debe negociar con el empleador por separado.
Ley de Contrato de Trabajo
Capítulo 2 Celebración del Contrato de Trabajo
Artículo 7 El empleador deberá establecer una relación laboral con el empleado a partir de la fecha de contratación. El empleador establecerá una lista de empleados para referencia.
Artículo 8 Al contratar trabajadores, el empleador deberá informar verazmente a los trabajadores sobre el contenido de su trabajo, las condiciones de trabajo, el lugar de trabajo, los riesgos laborales, las condiciones de seguridad en la producción, la remuneración laboral y demás información que los trabajadores requieran conocer; El empleador tiene derecho a conocer información básica directamente relacionada con el contrato de trabajo, y el empleado debe explicarla con sinceridad.
Artículo 9 Los empleadores no retendrán las tarjetas de identidad de residente ni otros documentos de los trabajadores, no exigirán a los trabajadores que proporcionen garantías ni cobrarán propiedades de los trabajadores a otros nombres.
Artículo 10 Para establecer una relación laboral se deberá celebrar un contrato de trabajo escrito.
Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, el contrato laboral escrito deberá celebrarse dentro de un mes a partir de la fecha de empleo.
Si el empleador y el empleado celebran un contrato de trabajo antes del empleo, la relación laboral se establece a partir de la fecha del empleo.
Artículo 11 Si el empleador no concluye un contrato laboral escrito en el momento de la contratación y la remuneración laboral acordada con el empleado no está clara, la remuneración laboral del empleado recién contratado se basará en las normas acordadas. en el contrato colectivo; no Si no hay acuerdo en el contrato colectivo o contrato colectivo, se aplicará igual salario por igual trabajo.
Artículo 12 Los contratos de trabajo se dividen en contratos de trabajo de duración determinada, contratos de trabajo de duración no determinada y contratos de trabajo que se limitan a la realización de determinadas tareas laborales.
Artículo 13 Un contrato de trabajo de duración determinada se refiere a un contrato de trabajo en el que el empleador y el empleado acuerdan el tiempo de terminación.
El empleador y el empleado pueden celebrar un contrato laboral de duración determinada si llegan a un consenso mediante consulta.
Artículo 15 Un contrato de trabajo que se limita a la realización de determinadas tareas laborales se refiere a un contrato de trabajo en el que el empleador y el empleado acuerdan que la realización de determinadas tareas laborales es la duración del contrato.
El empleador y el empleado pueden celebrar un contrato laboral con un plazo para realizar determinadas tareas laborales.
Artículo 16 Un contrato de trabajo entrará en vigor después de que el empleador y el trabajador lleguen a un acuerdo mediante negociación y firmen o sellen el texto del contrato de trabajo.
El texto del contrato de trabajo lo ostentan tanto el empresario como el trabajador respectivamente.
Artículo 17 El contrato de trabajo tendrá las siguientes cláusulas:
(1) El nombre, domicilio y representante legal o responsable principal del empleador;
(2) El nombre, la dirección y la tarjeta de identificación de residente u otro número de identificación válido del empleado;
(3) Plazo del contrato laboral;
(4) Contenido del trabajo y lugar de trabajo <; /p>
(5) Jornada de trabajo, descanso y vacaciones
(6) Remuneración laboral
(7) Seguro social
( 8) Protección laboral, condiciones de trabajo y protección contra riesgos laborales;
(9) Otras materias que deban incluirse en el contrato de trabajo según lo establezcan las leyes y reglamentos.
Además de los términos necesarios previstos en el párrafo anterior, el empresario y el trabajador podrán acordar el período de prueba, la formación, la confidencialidad, los seguros complementarios, las prestaciones sociales, etc.
Artículo 18 Si las estipulaciones estándar sobre remuneración laboral y condiciones de trabajo en el contrato de trabajo no son claras y surgen conflictos, el empleador y el trabajador podrán renegociar, si la negociación fracasa, se estará a lo dispuesto en el contrato colectivo; aplicar si no hay contrato colectivo o contrato colectivo que estipule la remuneración laboral, se implementará igual salario por trabajo igual si no hay contrato colectivo o el contrato colectivo no estipula las condiciones laborales y otras normas nacionales pertinentes; se aplicarán las normas.
Artículo 19 Si la duración del contrato de trabajo es superior a tres meses pero inferior a un año, el período de prueba no excederá de un mes; si la duración del contrato de trabajo es superior a un año pero inferior a tres años, el período de prueba no excederá de dos meses; el período de prueba de un contrato de trabajo de duración determinada o no determinada de más de un año no excederá de seis meses;
Un mismo empresario y un mismo empleado sólo pueden pactar un período de prueba.
El contrato de trabajo que se limite a la realización de determinadas tareas laborales o tenga una duración inferior a tres meses no podrá estipular un período de prueba.
El período de prueba está incluido en el contrato de trabajo. Si el contrato de trabajo sólo estipula un período de prueba, no se establece el período de prueba y este período es la duración del contrato de trabajo.
Artículo 20: El salario del trabajador durante el período de prueba no será inferior al salario mínimo para el mismo puesto en la unidad o al 80% del salario pactado en el contrato de trabajo, y no será inferior al el salario mínimo estándar en la ubicación del empleador.
Durante el período de prueba, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo salvo en las circunstancias previstas en los artículos 39 y 40, apartados 1 y 2 de esta Ley. Si el empleador rescinde el contrato de trabajo durante el período de prueba, deberá explicar los motivos al empleado.
Artículo 22 Si un empleador proporciona honorarios especiales de capacitación a los trabajadores y les brinda capacitación técnica profesional, podrá celebrar un acuerdo con los trabajadores para acordar un período de servicio.
Si un empleado viola el acuerdo de período de servicio, deberá pagar daños y perjuicios al empleador según lo acordado. El monto de la indemnización por daños y perjuicios no excederá los costos de capacitación proporcionados por el empleador. La indemnización por daños y perjuicios que el empleador exige que el empleado pague no excederá los gastos de capacitación que deben compartirse por la parte incompleta del período de servicio.
Si el empleador y el empleado acuerdan un período de servicio, no afectará la capacidad del empleado de aumentar la remuneración laboral de acuerdo con el mecanismo normal de ajuste salarial durante el período de servicio.
Artículo 23 El empleador y el trabajador podrán acordar en el contrato de trabajo guardar secretos comerciales del empleador y confidencialidad en cuestiones relacionadas con derechos de propiedad intelectual.
Para los trabajadores que tienen obligaciones de confidencialidad, el empleador podrá pactar cláusulas de no competencia con los trabajadores en el contrato de trabajo o convenio de confidencialidad, y estipular que luego de terminado o terminado el contrato de trabajo, durante el período de no-confidencialidad. Período de competencia, Pagar compensación económica mensual a los trabajadores. Si un empleado viola el acuerdo de no competencia, deberá pagar una indemnización al empleador según lo acordado.
Artículo 24 El personal sujeto a restricciones de no competencia se limita a los altos directivos, personal técnico superior del empresario y demás personal con obligaciones de confidencialidad. El alcance, el ámbito y la duración de la no competencia serán acordados por el empleador y el empleado, y el acuerdo de no competencia no violará las disposiciones legales y reglamentarias.
Una vez rescindido o rescindido el contrato de trabajo, el personal especificado en el párrafo anterior deberá dirigirse a otras unidades empleadoras que compitan con la unidad para producir u operar productos similares o dedicarse a negocios similares, o iniciar sus propios. negocio para producir u operar productos similares o participar en negocios similares Para negocios similares, el período de no competencia no excederá de dos años.
Artículo 25 Salvo las circunstancias especificadas en los artículos 22 y 23 de esta Ley, el empleador no acordará con el empleado que éste deberá soportar la indemnización por daños y perjuicios.
Artículo 26 Son inválidos o parcialmente inválidos los siguientes contratos de trabajo:
(1) Utilizar fraude, coerción o aprovecharse del peligro ajeno para hacer que la otra parte celebre un contrato. contra la verdadera intención o Modificación del contrato de trabajo;
(2) El empleador se exime de responsabilidades legales y excluye los derechos de los trabajadores;
(3) Viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos.
Si hay una disputa sobre la invalidez o invalidez parcial de un contrato laboral, será confirmada por una institución de arbitraje de disputas laborales o el tribunal popular.
Artículo 27 La nulidad de una parte del contrato de trabajo no afecta la validez de las demás partes, que seguirán siendo válidas.
Artículo 28 Si se confirma la invalidez del contrato de trabajo y el empleado ya ha trabajado, el empleador deberá pagarle una remuneración laboral. El monto de la remuneración laboral se determinará con referencia a la remuneración laboral de los trabajadores que ocupen puestos iguales o similares en la unidad.