Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Mi contrato no ha expirado. Tengo que dimitir por cuestiones urgentes y no puedo esperar un mes. ¿Podría haberme ido antes en este caso? ¿Necesita compensación?

Mi contrato no ha expirado. Tengo que dimitir por cuestiones urgentes y no puedo esperar un mes. ¿Podría haberme ido antes en este caso? ¿Necesita compensación?

Durante el período de prueba, los empleados pueden dimitir por escrito con 3 días de antelación, y después del período de prueba, los empleados pueden dimitir por escrito con 30 días de antelación.

La empresa deberá liquidar el salario dentro de los tres días hábiles siguientes al cese del empleado en la empresa. Los empleados pueden solicitar a la empresa que liquide todos sus salarios en un plazo de tres días hábiles y la empresa no tiene derecho a deducir dinero si se marcha anticipadamente o voluntariamente.

Los empleados pueden presentar su dimisión a la empresa mediante envío urgente y conservar el recibo de entrega urgente como prueba de haber presentado su dimisión a la empresa con antelación.

Aunque un empleado dimita voluntariamente, la empresa debe pagar todos los salarios sin deducir ni un céntimo.