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¿Qué abogado penalista es el mejor en el distrito de Xincheng?

Medidas para la Gestión de la Práctica de los Abogados

(Orden N° Ministerio de Justicia 112)

Las "Medidas para la Gestión de la Práctica de los Abogados" fueron revisadas y aprobadas en reunión ejecutiva del Ministerio de Justicia de 28 de mayo de 2008, y se anuncia que entrará en vigor a partir de la fecha de su promulgación.

Ministro Wu Aiying

18 de julio de 2008

Medidas para la administración del ejercicio de la abogacía

Capítulo 1 Disposiciones generales

Artículo 1 Con el fin de regular las licencias de ejercicio de los abogados, garantizar que los abogados ejerzan de conformidad con la ley y fortalecer la supervisión y gestión de la práctica de los abogados, estas Medidas se formulan de conformidad con la Ley de Abogados de la República Popular de China (en lo sucesivo, la "Ley de Abogados") y otras leyes y reglamentos pertinentes.

Artículo 2 Los abogados se refieren a los profesionales que han obtenido un certificado de ejercicio de abogado de conformidad con la ley, aceptan encomiendas o asignaciones y brindan servicios legales a sus clientes.

Artículo 3 Los abogados salvaguardarán los derechos e intereses legítimos de sus clientes y mantendrán la correcta aplicación de la ley y la equidad y justicia social a través de sus actividades profesionales.

Artículo 4: La práctica de los abogados de conformidad con la ley está protegida por la ley, y ninguna organización o individuo puede infringir los derechos e intereses legítimos de los abogados.

Los organismos administrativos judiciales y las asociaciones de abogados deben salvaguardar el derecho de los abogados a ejercer de conformidad con la ley.

Artículo 5: Los órganos administrativos judiciales supervisarán y orientarán el ejercicio de los abogados de conformidad con la Ley de Abogados y las presentes Medidas.

La Asociación de Abogados implementa la autodisciplina de la industria en la práctica de los abogados de acuerdo con la Ley de Abogados, los Artículos de la Asociación y los estándares de la industria.

Capítulo 2 Condiciones para el ejercicio del abogado

Artículo 6 Para solicitar el ejercicio del abogado, se deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) Apoyar la Constitución del Pueblo República de China;

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(2) Aprobar el Examen Judicial Nacional Unificado y obtener el certificado de cualificación profesional jurídica;

(3) Realizar prácticas en un despacho de abogados para uno año;

(4) Tener buena conducta.

El certificado de calificación de abogado obtenido antes de la implementación del Examen Judicial Nacional Unificado tiene el mismo efecto que el certificado de calificación profesional jurídica al momento de solicitar el ejercicio de la abogacía.

Quienes gocen de las condiciones de inscripción pertinentes y medidas preferenciales para aprobar el Examen Judicial Unificado Nacional y obtengan el certificado de calificación profesional jurídica, deberán postularse conforme a las normas correspondientes.

Las personas que postulen para ejercer la abogacía deberán participar en las actividades de pasantías organizadas por el Colegio de Abogados de acuerdo con la normativa y aprobar la evaluación del Colegio de Abogados.

Artículo 7 Para solicitar el ejercicio de la abogacía a tiempo parcial, además de cumplir las condiciones previstas en el artículo 6 de las presentes Medidas, también deberá cumplir las siguientes condiciones:

(1) Estudiar en colegios y universidades y realizar investigaciones científicas Participar en educación e investigación jurídica en una institución;

(2) Con el consentimiento de la unidad.

Artículo 8 Para solicitar la calificación para ejercer la abogacía, se deben cumplir las condiciones de la Ley de Abogados y las disposiciones pertinentes del Consejo de Estado.

Artículo 9: No podrán ejercer la profesión jurídica las personas que se encuentren en cualquiera de las siguientes circunstancias:

(1) No tener capacidad para la conducta civil o tener capacidad limitada para la conducta civil;

(2) Los que hayan recibido sanción penal, salvo por delitos de negligencia;

(3) Los que hayan sido destituidos de cargos públicos o se les haya revocado el título de ejercicio de la abogacía.

Capítulo 3 Procedimientos para la concesión de licencias para el ejercicio de los abogados

Artículo 10 Las licencias para el ejercicio de los abogados serán aceptadas por los órganos administrativos judiciales de distrito (condado) de las ciudades divididas en distritos o municipios directamente dependientes del Gobierno Central. Después de una revisión preliminar, la licencia para ejercer el abogado se presentará a Los órganos administrativos judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central revisarán y tomarán una decisión sobre si permiten el ejercicio.

Artículo 11 Para solicitar el ejercicio de la abogacía, se presentarán los siguientes materiales a la agencia administrativa judicial de distrito (condado) de una ciudad dividida en distritos o de un municipio directamente dependiente del Gobierno Central:

(1) Solicitud para ejercer la abogacía;

(2) Certificado de calificación profesional jurídica o certificado de calificación de abogado;

(3) Materiales emitidos por el Colegio de Abogados que indiquen que el solicitante tiene aprobó el examen de pasantía;

(4) Prueba de identidad del solicitante;

(5) Certificado emitido por el despacho de abogados que acepta aceptar al solicitante.

Al solicitar una licencia de ejercicio, el solicitante debe completar con veracidad el formulario de registro de ejercicio de abogado.

Artículo 12 Para postular al ejercicio de la abogacía a tiempo parcial, además de presentar los materiales pertinentes estipulados en el artículo 11 de estas Medidas, también se deberán presentar los siguientes materiales:

(1 ) En colegios y universidades Experiencia y materiales de apoyo en la participación en educación e investigación jurídica en instituciones de investigación científica;

(2) El certificado de ejercicio de abogado a tiempo parcial del solicitante aprobado por la unidad.

Artículo 13 El órgano administrativo judicial de una ciudad dividida en distritos o el distrito (condado) de un municipio directamente dependiente del Gobierno Central tramitará la solicitud del solicitante para ejercer la abogacía de acuerdo con las siguientes circunstancias:

(1) Solicitud Si los materiales de la solicitud están completos y cumplen con la forma legal, serán aceptados;

(2) Si los materiales de la solicitud están incompletos o no cumplen con la forma legal , se notificará al solicitante en el acto o dentro de los cinco días siguientes a la fecha de recepción de los materiales de la solicitud que se requieren complementos y correcciones de todo el contenido. Si el solicitante hace las correcciones necesarias, la solicitud será aceptada; si no notifica la solicitud dentro del plazo, la solicitud será aceptada a partir de la fecha de recepción de los materiales de la solicitud.

(3) Si los aspectos de la solicitud obviamente no cumplen con las condiciones legales o el solicitante se niega a hacer correcciones o no puede hacer correcciones a los materiales relevantes, la solicitud no será aceptada y se explicarán los motivos. por escrito al solicitante.

Artículo 14 La agencia administrativa judicial que acepta la solicitud deberá completar la revisión de los materiales de la solicitud dentro de los 20 días siguientes a la fecha de la decisión de aceptar la solicitud.

Durante el proceso de revisión, se pueden solicitar las opiniones de la agencia administrativa judicial a nivel del condado que solicita la práctica; si es necesario investigar y verificar las circunstancias relevantes, se le puede solicitar al solicitante que proporcione materiales de certificación relevantes; , o se puede confiar la verificación a la agencia administrativa judicial a nivel de condado .

Después de la revisión, se emitirán opiniones de revisión sobre si el solicitante cumple con los requisitos legales y si los materiales presentados son verdaderos y completos, y las opiniones de revisión y todos los materiales de la solicitud se enviarán a las agencias administrativas judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.

Artículo 15 Los órganos administrativos judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central decidirán si aprueban la práctica dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción de los dictámenes de revisión y de todas las solicitudes. materiales presentados por la agencia que acepta la solicitud.

Si a un abogado se le permite ejercer la abogacía, se expedirá al solicitante un certificado de ejercicio de la abogacía dentro de los diez días siguientes a la fecha de la decisión.

Si al solicitante no se le permite ejercer la abogacía, se explicarán los motivos por escrito al solicitante.

Artículo 16 Los materiales que deben presentarse y los procedimientos de aceptación y aprobación para postularse para ejercer la abogacía se manejarán de acuerdo con las normas pertinentes del Consejo de Estado.

Artículo 17: Los solicitantes que se encuentren en alguna de las circunstancias especificadas en el artículo 9 de estas Medidas no podrán ejercer la abogacía como abogado.

Artículo 18 El certificado de ejercicio de un abogado es un certificado válido para que un abogado ejerza la abogacía.

El contenido, las especificaciones de producción y los métodos de numeración de los certificados que deben constar en el certificado de ejercicio del abogado serán los que establezca el Ministerio de Justicia. Los certificados de práctica los expide uniformemente el Ministerio de Justicia.

Artículo 19. En cualquiera de las siguientes circunstancias, el órgano administrativo judicial de la provincia, región autónoma o municipio que haya tomado la decisión de aprobar el ejercicio, revocará la decisión original de aprobación del ejercicio y retirará y cancelará el ejercicio del abogado. certificado:

(1) El solicitante obtiene la decisión de aprobar la práctica mediante fraude, soborno u otros medios indebidos;

(2) El solicitante que no cumple con las condiciones legales es se le permite ejercer o la decisión de aprobar la práctica se toma en violación de los procedimientos legales de.

Artículo 20 Si un abogado cambia de institución de práctica, deberá presentar una solicitud a la agencia administrativa judicial de la ciudad o municipio (condado) donde se cambiará la institución de práctica y presentar lo siguiente materiales:

(1) Certificación emitida por la autoridad administrativa judicial a nivel del condado donde se encuentra la institución de práctica original de que el solicitante no se encuentra bajo las circunstancias especificadas en el Artículo 21 de estas Medidas;

(2) Terminar la relación laboral o de sociedad con la institución de práctica original y completar los procedimientos de Prueba de traspaso para negocios, archivos, finanzas, etc.;

(3) Certificado de la institución de práctica propuesta que se compromete a aceptar al solicitante;

(4) Prueba de la experiencia práctica del solicitante.

La autoridad aceptante emitirá opiniones de revisión sobre la solicitud de cambio y los materiales presentados, y los presentará junto con todos los materiales de la solicitud a los órganos administrativos judiciales de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependientes del Gobierno Central para revisar. Si se aprueba el cambio, la autoridad de examen y aprobación renovará el certificado de práctica de abogado del solicitante; si no se aprueba el cambio, el solicitante deberá dar una explicación por escrito de los motivos; El plazo de aprobación y sustitución se tramitará de conformidad con los procedimientos previstos en los artículos 14 y 15 de estas Medidas.

Si se aprueba el cambio, el solicitante deberá presentar el certificado de práctica original a la autoridad de certificación y examen original antes de recibir el nuevo certificado de práctica.

Si un abogado cambia de institución de práctica en una ciudad dividida en distritos o en una provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, la agencia administrativa judicial en la ubicación de la institución de práctica original y la ubicación de la institución de práctica cambiada transferirá los expedientes de la práctica del abogado.

Artículo 21: Los abogados no podrán solicitar el cambio de institución de ejercicio durante el período en que estén sancionados con suspensión de ejercicio si ha transcurrido el plazo para que un despacho de abogados haya sido sancionado con suspensión de ejercicio por rectificación; no caducado, el despacho de abogados que haya sido sancionado con suspensión de actividades por rectificación deberá directamente Los ejecutivos responsables, los socios y los abogados no podrán solicitar el cambio de institución de ejercicio si el despacho de abogados debe ser cesado, el responsable directo, los socios y abogados cuyo; La licencia de práctica de la firma de abogados ha sido revocada no podrá solicitar cambios antes de que se complete la liquidación y cancelación de la organización de la práctica.

Artículo 22 Si un abogado es designado por un despacho de abogados para ejercer en una sucursal, la renovación y gestión de su certificado de ejercicio de abogado se tramitará de conformidad con la normativa pertinente del Ministerio de Justicia.

Artículo 23: Si el abogado concurre alguna de las siguientes circunstancias, la autoridad de evaluación y certificación original del lugar donde ejerce deberá retirar y cancelar su certificado de ejercicio de abogado:

( 1) Abogado revocado El certificado de práctica es sancionado;

(2) La decisión original de permitir la práctica es revocada de conformidad con la ley;

(3) La persona solicita la cancelación porque ya no ejerce la profesión jurídica;

(4) Debido a la terminación del contrato de trabajo con el despacho de abogados o la cancelación del despacho de abogados, el abogado no es contratado por otro despacho de abogados dentro de seis meses;

(5) Cese del abogado por otros motivos del ejercicio.

Si una persona cuyo certificado de ejercicio de abogado ha sido cancelado debido a las circunstancias de los puntos (3), (4) y (5) del párrafo anterior vuelve a solicitar el ejercicio de la abogacía, deberá solicitar un abogado de acuerdo con los procedimientos estipulados en estas Medidas.

Capítulo 4 Código de Práctica de los Abogados

Artículo 24 Los abogados deben respetar la Constitución y las leyes, y respetar la ética profesional y las disciplinas de práctica de los abogados.

El ejercicio del derecho debe basarse en los hechos y el derecho como criterio.

La práctica de los abogados debe estar sujeta a la supervisión del Estado, la sociedad y los partidos.

Artículo 25 Los abogados podrán ejercer los siguientes negocios:

(1) Aceptar el encargo de personas naturales, jurídicas u otras organizaciones para actuar como asesores jurídicos;

( 2) Aceptar la encomienda de partes involucradas en casos civiles y administrativos, actuar como agentes y participar en litigios

(3) Aceptar la encomienda de sospechosos de delitos en casos penales, brindarles asistencia jurídica; asesorarlos, representarlos en quejas y acusaciones, y servir como agentes para los sospechosos de delitos arrestados solicitar la libertad bajo fianza en espera de juicio, aceptar la encomienda de sospechosos y acusados ​​de delitos o la designación del tribunal popular, actuar como defensores, aceptar la encomienda de privados fiscales en casos de procesamiento privado, víctimas de casos de procesamiento público o sus familiares cercanos, y participar en litigios como agentes;

(4) Aceptar la encomienda y actuar como agente para apelaciones en diversos casos de litigio;

(5) Aceptar la encomienda y participar en actividades de mediación y arbitraje;

(6) Aceptar la encomienda, proporcionando servicios legales no litigiosos;

(7) Responder preguntas legales y redactar documentos de litigios y otros documentos relacionados con asuntos legales.

Artículo 26 Cuando un abogado emprende negocios, el bufete de abogados aceptará la encomienda de manera uniforme, firmará un contrato de encomienda por escrito con el cliente y obedecerá la revisión de conflictos de intereses y la toma de decisiones comerciales del bufete de abogados.

Artículo 27 El abogado no actuará como agente de ambas partes en un mismo caso, ni actuará como agente en asuntos jurídicos que entren en conflicto con los intereses del abogado o de sus familiares cercanos.

Los abogados que se desempeñan como miembros de los comités permanentes de los congresos populares en todos los niveles no deberán participar en litigios ni negocios de defensa durante su mandato.

Los abogados que se hayan desempeñado como jueces o fiscales no podrán ejercer como agentes litigantes o defensores dentro de los dos años siguientes a su salida del Tribunal Popular o de la Fiscalía Popular.

Artículo 28 Los abogados que actúen como asesores legales deberán, según lo acordado, brindar opiniones consultivas a los clientes sobre cuestiones legales relevantes, redactar y revisar documentos legales, participar en actividades de litigio, mediación o arbitraje como agente y manejar encomiendas. Otros asuntos legales para proteger los derechos e intereses legítimos del cliente.

Artículo 29 Cuando un abogado actúa como agente para asuntos legales contenciosos o asuntos legales no contenciosos, actuará para asuntos legales dentro del alcance de la encomienda y salvaguardará los derechos e intereses legítimos del cliente. .

Artículo 30: Los abogados que actúen como defensores deberán, con base en los hechos y en el derecho, presentar materiales y opiniones sobre si el sospechoso o imputado es inocente, indulgente o mitigado o exento de responsabilidad penal, y proteger la sospechoso o acusado de un delito, los derechos e intereses legítimos del acusado.

Artículo 31 Al emitir opiniones jurídicas, los abogados deberán desempeñar sus funciones estrictamente de conformidad con la ley y garantizar la autenticidad, exactitud e integridad de las opiniones expresadas.

Cuando los abogados brindan consultas legales y redactan documentos legales en su nombre, deben basarse en hechos, utilizar la ley como criterio y cumplir con las reglas de consulta legal y los requisitos de estilo y formato de documentos legales.

Artículo 32 Cuando el abogado emprenda negocios, deberá informar al cliente de los posibles riesgos legales que implica el manejo del asunto encomendado, y no hará promesas indebidas al cliente, ni expresa ni implícitamente.

Cuando el abogado emprenda negocios, deberá informar prontamente al cliente del avance de los asuntos encomendados; si es necesario cambiar los asuntos y la autoridad encomendados, deberá obtener el consentimiento y autorización del cliente.

Después de que un abogado acepte un encargo, no podrá negarse a defenderlo o representarlo sin motivos justificables. Sin embargo, si el asunto encomendado es ilegal, el cliente utiliza los servicios prestados por el abogado para participar en actividades ilegales, o el cliente oculta deliberadamente hechos importantes relacionados con el caso, el abogado tiene derecho a negarse a defender o representar al cliente.

Artículo 33 Cuando un abogado emprende negocios, guiará al cliente para reclamar derechos y resolver disputas a través de canales y métodos legales, y no incitará ni instigará al cliente a recurrir a medios ilegales como perturbar orden público o poner en peligro la seguridad pública.

Los abogados no utilizarán la conveniencia de brindar servicios legales para buscar los derechos e intereses en disputa de las partes, no aceptarán propiedades u otros intereses de la otra parte y no coludirán maliciosamente con la otra parte o un tercero para infringir los derechos e intereses del cliente.

Artículo 34: Los abogados que participen en actividades de litigio, arbitraje o gestión administrativa como agentes deberán observar las disciplinas y normas de gestión administrativa del juzgado y tribunal arbitral, y no realizarán ninguna de las siguientes acciones para obstaculizar o interferir con las actividades normales de litigio, arbitraje o manejo administrativo: Comportamientos cometidos:

(1) Violación de regulaciones para reunirse con jueces, fiscales, árbitros y otro personal relevante;

(2) Soborno , prometer beneficios o instigar a investigadores, inducir al cliente a pagar sobornos;

(3) Proporcionar deliberadamente pruebas falsas a órganos judiciales, instituciones de arbitraje y órganos administrativos, o amenazar o inducir a otros a proporcionar pruebas falsas, provocando que la otra parte no pueda obtener pruebas de conformidad con la ley;

(4) Hacer comentarios en el tribunal que pongan en peligro la seguridad nacional, difamen a otros y perturben el orden judicial;

( 5) Obstruir o interferir en las actividades normales de litigio, arbitraje o tramitación administrativa previstas por la ley u otras actuaciones realizadas.

Artículo 35 Los abogados respetarán a sus pares y competirán de manera justa, y no realizarán negocios difamando a otras firmas de abogados y abogados o pagando honorarios de presentación.

Artículo 36 Los abogados guardarán los secretos de Estado y los secretos comerciales conocidos en el ejercicio de sus actividades profesionales y no divulgarán la intimidad de sus clientes.

Los abogados mantendrán confidencial la información y los materiales que sus clientes y otras personas no estén dispuestos a revelar en el curso de sus actividades profesionales. Sin embargo, los hechos e información delictivos que ponen en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública y otros delitos que ponen en grave peligro la seguridad personal y de propiedad de otros no se incluyen en esta lista.

Artículo 37 Cuando un abogado maneja negocios, el bufete de abogados cobrará al cliente los honorarios del abogado y los gastos relacionados con el manejo del caso de acuerdo con las regulaciones, y no cobrará de forma privada ni aceptará propiedades u otros beneficios del cliente.

Artículo 38 Los abogados cumplirán sus obligaciones de asistencia jurídica de conformidad con la normativa nacional, proporcionarán a los destinatarios servicios jurídicos que cumplan con las normas y salvaguardarán los derechos e intereses legítimos de los destinatarios.

Artículo 39 Cuando el abogado realice negocios, deberá conservar adecuadamente los documentos legales, materiales de prueba, documentos comerciales y registros de trabajo relacionados con los asuntos emprendidos. Una vez concluidos los asuntos legales, deben archivarse de acuerdo con las normas pertinentes y entregarse a la firma de abogados para su custodia.

Artículo 40 Un abogado sólo podrá ejercer en un despacho de abogados.

Los abogados ejercerán a tiempo completo durante su período de práctica, salvo disposición en contrario de las leyes y reglamentos administrativos.

Al ejercer la abogacía, los abogados deben cumplir con el sistema de gestión de la práctica de su bufete de abogados, aceptar la orientación y supervisión del bufete de abogados y participar en la evaluación anual de la práctica de los abogados.

Artículo 41 Los abogados utilizarán y conservarán debidamente el título de ejercicio del abogado y no lo alterarán, hipotecarán, prestarán ni arrendarán. Si se pierde o daña, debe informarse a la agencia administrativa judicial a nivel del condado local de manera oportuna, y la agencia administrativa judicial a nivel municipal local o municipal (condado) solicitará a la autoridad de certificación y examen original su reemplazo. o reedición. Si se pierde el certificado de ejercicio de un abogado, se publicará una declaración de pérdida en el periódico local.

Si se revoca la licencia de ejercicio o el certificado de ejercicio de un abogado, la agencia administrativa judicial a nivel del condado donde se encuentra su institución de ejercicio confiscará su certificado de ejercicio.

Si un abogado es sancionado con la suspensión de su práctica, deberá depositar el certificado de ejercicio del abogado en la agencia administrativa judicial a nivel del condado donde se encuentra su institución de práctica desde la fecha en que la decisión de sanción entre en vigor hasta la fecha. cuando expire el período de sanción.

Artículo 42 Los abogados participarán en la formación profesional organizada por los órganos de la administración judicial y los colegios de abogados de conformidad con la reglamentación.

Capítulo 5 Supervisión y gestión de las agencias administrativas judiciales

Artículo 43 Las agencias administrativas judiciales a nivel de condado llevarán a cabo una supervisión y gestión diarias de las actividades de práctica de abogados de sus agencias practicantes dentro de sus respectivas áreas administrativas. regiones, desempeñan las siguientes funciones:

(1) Inspeccionar y supervisar el cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas, ética profesional y disciplinas profesionales por parte de los abogados en sus actividades profesionales;

(2) ) Aceptar casos para informes y quejas de abogados;

(3) Supervisar la implementación de sanciones administrativas y rectificaciones por parte de los abogados;

(4) Comprender la evaluación anual de la práctica de los abogados en derecho empresas;

(5) Otras funciones prescritas por el Ministerio de Justicia y los órganos administrativos judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.

Si los órganos administrativos judiciales a nivel distrital descubren y verifican problemas en el ejercicio del abogado durante el proceso diario de supervisión y gestión, deben dar una charla de advertencia, ordenar correcciones y supervisar a los abogados que así lo consideren; su comportamiento ilegal debe ser tratado de conformidad con la ley. Si se impone una sanción administrativa, se hará una recomendación de sanción a la agencia administrativa judicial del nivel inmediatamente superior, si se considera necesario imponer sanciones disciplinarias a la industria, se transferirá; al Colegio de Abogados para su tramitación.

Artículo 44 Los órganos administrativos judiciales municipales a nivel de distrito desempeñarán las siguientes responsabilidades de supervisión y gestión:

(1) Comprender la construcción y desarrollo del equipo de abogados en la región administrativa, y formular y fortalecer medidas y métodos para formar un equipo de abogados;

(2) orientar y supervisar la supervisión y gestión diaria de la práctica de los abogados por parte de los organismos administrativos judiciales del siguiente nivel, organizar inspecciones especiales o evaluaciones de la práctica de los abogados y orientar la realización de trabajos importantes para los abogados; investigación y manejo de quejas;

(3) elogiar a los abogados;

(4) imponer sanciones administrativas a los abogados. por actos ilegales de conformidad con la ley; si el certificado de ejercicio del abogado debe ser revocado de acuerdo con la ley, la administración judicial en el nivel inmediatamente superior La agencia hace sugerencias para el castigo;

(5) Supervisar la presentación de los resultados de la evaluación anual de la práctica de los abogados en las firmas de abogados;

(6) Aceptar y revisar la práctica de los abogados, cambio de institución de práctica y solicitud de cancelación del certificado de práctica;

(7) Establecer expedientes del ejercicio del abogado y ser responsable de la divulgación de información sobre licencias, cambios y cancelaciones del ejercicio del abogado;

(8) Los demás deberes que establezcan las leyes, reglamentos y normas.

Los órganos administrativos judiciales de distrito (condado) de los municipios directamente dependientes del Gobierno Central asumirán las responsabilidades pertinentes especificadas en el párrafo anterior.

Artículo 45 Los órganos administrativos judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central tendrán las siguientes responsabilidades de supervisión y gestión:

(1) Conocer y evaluar la construcción del equipo de abogados y el nivel de práctica general de la región administrativa; formular planes de desarrollo de abogados y políticas relacionadas, y formular documentos normativos para fortalecer la gestión de la práctica de abogados;

(2) Supervisar y orientar la supervisión y gestión de; práctica de abogados por agencias administrativas judiciales de nivel inferior, y organizar y orientar inspecciones especiales de la práctica o evaluación de abogados;

(3) Organizar actividades de reconocimiento de abogados;

(4) Revocar el ejercicio certificados de abogados que han violado gravemente la ley, y supervisar y orientar las sanciones administrativas de las agencias administrativas judiciales del siguiente nivel, manejar casos de reconsideración administrativa y apelación relevantes;

(5) Manejar la aprobación y el cambio de la práctica de los abogados de la institución de práctica y cancelar el certificado de práctica;

(6) Responsable de los abogados, Divulgación de información importante sobre la práctica y asuntos de gestión;

(7) Otras obligaciones estipuladas en las leyes y reglamentos y reglas.

Artículo 46: Los órganos administrativos judiciales de todos los niveles y su personal supervisarán y gestionarán el ejercicio de los abogados y no obstaculizarán el ejercicio de los abogados de conformidad con la ley, ni infringirán los derechos e intereses legítimos de los abogados. solicitar o aceptar propiedad de abogados, o buscar otros beneficios.

Artículo 47: Los órganos de la administración judicial fortalecerán la supervisión jerárquica de la implementación de las licencias de ejercicio de los abogados y de las actividades diarias de supervisión y gestión, y establecerán sistemas de estadísticas, solicitud de instrucciones, informes y supervisión de las labores pertinentes de conformidad con regulaciones.

La agencia administrativa judicial responsable de la implementación de las licencias de práctica de abogados, la presentación de los resultados de la evaluación anual de la práctica de los abogados o las recompensas y castigos deberá notificar de inmediato a las agencias administrativas judiciales de nivel inferior sobre las decisiones de licencia relevantes y el estado de presentación de la declaración. , premios y castigos, y someterlos a los órganos administrativos judiciales del nivel inmediatamente superior.

Artículo 48: Los órganos administrativos judiciales fortalecerán la orientación y supervisión de las asociaciones de abogados, apoyarán a las asociaciones de abogados en la implementación de la autodisciplina de la industria en las actividades de práctica de los abogados de acuerdo con la Ley de Abogados, los estatutos de las asociaciones y las normas de la industria, y Establecer y mejorar un mecanismo administrativo de coordinación y cooperación que combine la gestión y la autodisciplina de la industria.

Artículo 49: Los organismos administrativos judiciales de todos los niveles presentarán periódicamente datos estadísticos y resúmenes de gestión anuales sobre las actividades de construcción y práctica de los abogados dentro de sus respectivas regiones administrativas a los organismos administrativos judiciales del siguiente nivel superior.

Artículo 50 Si un funcionario de un organismo administrativo judicial abusa de su poder o descuida sus deberes en el proceso de ejercicio de la licencia de abogado y de las actividades de supervisión y gestión, y por lo tanto constituye un delito, deberá ser investigado por responsabilidad penal conforme a la ley; si no constituye delito, se le impondrá una sanción administrativa conforme a la ley;

Capítulo 6 Disposiciones Complementarias

Artículo 51 Los órganos administrativos judiciales de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central podrán formular medidas específicas de implementación con base en estas Medidas y someterlas a Ministerio de Justicia para su presentación.

Artículo 52 Las presentes Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación. Si los reglamentos y documentos normativos relativos a la gestión de la práctica de los abogados formulados por el Ministerio de Justicia entran en conflicto con estas Medidas, estas Medidas prevalecerán.