Sistema de detención y deportación
Dictamen 3 sobre la Reforma del Trabajo de Custodia y Repatriación. Respecto a la deportación de detenidos. Una vez que el centro de deportación haya descubierto el domicilio de los detenidos, deben repatriarlos de manera oportuna y sin demoras indebidas, y no deben utilizar a los detenidos como mano de obra barata durante mucho tiempo para aquellos que no están dispuestos a regresar a su país; ciudad natal o cuyo lugar de origen no ha sido determinado, se puede firmar un contrato de trabajo de conformidad con la ley. La duración de la reeducación por el trabajo de los presos en esta provincia no suele exceder de 15 días; en otras provincias no suele exceder de un mes. Si se da una de las siguientes circunstancias, el tiempo de detención podrá ampliarse adecuadamente: aquellos que, según un certificado médico, padecen una enfermedad crítica y necesitan rescate u observación, aquellos cuyo registro familiar se encuentra en zonas remotas o frías; aquellos que son estúpidos o cuyo; la dirección es desconocida.