Medidas para la seguridad y protección de radioisótopos y dispositivos de radiación
Artículo 1 Estas Medidas se formulan con el fin de implementar el sistema de licencias de seguridad radiológica estipulado en el "Reglamento sobre seguridad y protección de radioisótopos y dispositivos de radiación".
Artículo 2 Las unidades que produzcan, vendan y utilicen radioisótopos y dispositivos de rayos dentro del territorio de la República Popular China (en adelante, unidades de trabajo radiológico) deberán obtener una licencia de seguridad radiológica (en adelante, la licencia) de conformidad con lo establecido en el presente certificado de Medidas).
La importación y transferencia de isótopos radiactivos y los ensayos con trazadores in situ de isótopos radiactivos se presentarán para su aprobación de conformidad con lo establecido en las presentes Medidas.
La exportación de isótopos radiactivos se someterá a los procedimientos pertinentes de conformidad con lo establecido en las presentes Medidas.
Los usuarios de radioisótopos que transfieran radioisótopos a otras provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central deberán registrarse de conformidad con lo establecido en estas Medidas.
Los isótopos radiactivos mencionados en estas Medidas incluyen fuentes radiactivas y materiales radiactivos no sellados.
Artículo 3 Según el daño potencial de las fuentes radiactivas y los dispositivos de rayos a la salud humana y al medio ambiente, de mayor a menor, las fuentes radiactivas se dividen en Categoría I, Categoría II, Categoría III, Categoría IV y Categoría V. Los dispositivos se dividen en Categoría I, Categoría II y Categoría III.
Artículo 4 Las licencias para unidades de trabajo de radiación que producen isótopos radiactivos, venden y usan fuentes radiactivas de Clase I y venden y usan dispositivos de radiación de Clase I deberán ser aprobadas y emitidas por el departamento de protección ambiental del Consejo de Estado. .
Las licencias para unidades de trabajo radiológico distintas de las especificadas en el párrafo anterior serán expedidas por los departamentos de protección ambiental de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central (en adelante, los departamentos provinciales de protección ambiental).
Las unidades de trabajo de radiación que produzcan, vendan o utilicen diversos tipos de fuentes radiactivas, dispositivos de rayos o materiales radiactivos no sellados solo necesitan solicitar una licencia.
Si una unidad de trabajo radiológico necesita solicitar una licencia del departamento de protección ambiental del Consejo de Estado y del departamento de protección ambiental provincial respectivamente, el departamento de protección ambiental del Consejo de Estado aprobará y emitirá la licencia.
El departamento de protección ambiental notificará al departamento de seguridad pública y al departamento de salud del mismo nivel la aprobación y emisión de licencias.
Artículo 5 El departamento de protección ambiental del gobierno popular a nivel provincial o superior podrá encomendar al departamento de protección ambiental del gobierno popular del nivel inmediatamente inferior la tarea de examinar y expedir licencias.
Artículo 6 El departamento de protección ambiental del Consejo de Estado es responsable de examinar y aprobar la importación de isótopos radiactivos enumerados en el catálogo restringido de importación y exportación.
El departamento de protección ambiental del Consejo de Estado deberá, de conformidad con las leyes pertinentes de nuestro país y las disposiciones de los tratados y acuerdos internacionales celebrados o en los que haya participado, manejar los procedimientos pertinentes para la exportación de isótopos radiactivos incluidos. en el catálogo restringido de importación y exportación.
Los departamentos provinciales de protección ambiental son responsables de la aprobación o radicación de las siguientes actividades:
(1) Transferencia de isótopos radiactivos;
(2) Transferencia de isótopos radiactivos utilizados por otras provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central;
(3) Pruebas de trazadores in situ de isótopos radiactivos, sin embargo, pruebas de trazadores in situ de radioisótopos que pueden causar interferencias cruzadas; Los impactos ambientales provinciales serán revisados por el departamento de protección ambiental del Consejo de Estado y lo aprobarán.
Capítulo 2 Solicitud y expedición de licencia
Artículo 7 Antes de solicitar una licencia, la unidad de trabajos radiológicos organizará la preparación o finalización de los documentos de evaluación de impacto ambiental y los presentará de conformidad con los procedimientos prescritos por el estado. Aprobación del departamento de protección ambiental competente.
El informe de impacto ambiental o el formulario de informe de impacto ambiental del documento de evaluación de impacto ambiental deberá ser elaborado por una institución con la correspondiente calificación de evaluación de impacto ambiental.
Artículo 8: La gestión clasificada de los documentos de evaluación de impacto ambiental se implementará con base en los requisitos de seguridad y protección de los radioisótopos y dispositivos de rayos y su impacto en el medio ambiente.
Las actividades de transferencia de isótopos radiactivos y dispositivos de radiación no requieren la elaboración de documentos de evaluación de impacto ambiental.
Artículo 9 Si una unidad de trabajos de radiación que solicita una licencia realiza las siguientes actividades, deberá organizar la preparación de un informe de impacto ambiental: (1) Producción de radioisótopos (preparación de radiofármacos para PET (excepto) ;
(2) Uso de fuentes radiactivas de Clase I (excepto para uso médico);
(3) Ventas (incluida la construcción) o uso de dispositivos de radiación de Clase I.
Artículo 10 Si una unidad de trabajos de radiación que solicita una licencia realiza las siguientes actividades, deberá organizar la preparación de un informe de impacto ambiental: (1) Preparación de radiofármacos para PET;
(2) Ventas de fuentes radiactivas Clase I, II, III y IV;
(3) Uso médico de fuentes radiactivas Clase I;
(4) Uso de fuentes radiactivas Clase II, Fuentes radiactivas III y IV;
(5) Producir, vender y utilizar dispositivos de radiación Clase II.
Artículo 11 Las unidades de trabajo en radiación que soliciten permiso para realizar las siguientes actividades deberán llenar un formulario de registro de impacto ambiental:
(1) Venta o uso de fuentes radiactivas Clase V;< /p >
(2) Producción, venta y uso de dispositivos de radiación Clase III.
Artículo 12 La unidad de trabajo de radiación organizará la preparación o aplicación de los documentos de evaluación de impacto ambiental y evaluará la escala de producción, venta y uso de radioisótopos y dispositivos de radiación de acuerdo con la planificación y el diseño.
El documento de evaluación de impacto ambiental a que se refiere el párrafo anterior, además de elaborarse o cumplimentarse conforme a los correspondientes requisitos nacionales de evaluación de impacto ambiental, incluirá también una evaluación de las capacidades técnicas, de seguridad radiológica y protección de las unidades de trabajo radiológico que realicen las actividades radiológicas correspondientes. Evaluación de medidas.
Artículo 13 Al solicitar una licencia, una unidad que produzca isótopos radiactivos deberá cumplir las siguientes condiciones:
(1) Contar con una agencia especializada en gestión de seguridad radiológica y protección ambiental.
(2) Deberá haber no menos de 5 técnicos en las áreas de física nuclear, radioquímica, medicina nuclear y protección radiológica, de los cuales no menos de 1 deberá tener títulos profesionales superiores.
Una unidad que produzca isótopos radiactivos con una vida media superior a 60 días deberá contar con no menos de 30 profesionales y técnicos según lo mencionado en el párrafo anterior, de los cuales no menos de 6 deberán contar con profesionales de alto nivel. títulos.
(3) El personal que realiza trabajos radiológicos debe recibir capacitación y exámenes sobre seguridad y protección radiológica, y los puestos clave en seguridad radiológica deben estar ocupados por ingenieros registrados en seguridad nuclear.
(4) Tener sitios de producción de radioisótopos, instalaciones de producción, almacenes de almacenamiento temporal o equipos de almacenamiento temporal que sean adecuados para la escala de producción diseñada y cumplan con los requisitos de seguridad y protección radiológica y de seguridad física, y tener sitios e instalaciones de producción. de propiedad.
(5) Contar con contenedores de embalaje que cumplan con la normativa nacional sobre transporte y almacenamiento de isótopos radiactivos.
(6) Contar con vehículos de transporte que cumplan con los requisitos nacionales de transporte de radioisótopos y estar equipados con conductores de tiempo completo que hayan conducido durante más de 5 años.
(7) Equipado con equipos de protección e instrumentos de monitoreo adecuados para el tipo y nivel de radiación, incluidas alarmas personales de medición de dosis, monitoreo de radiación fijo y portátil, monitoreo de contaminación de fuentes difusas, monitoreo de efluentes y otros equipos. .
(8) Establecer y mejorar los procedimientos operativos, responsabilidades laborales, sistemas de protección radiológica, sistemas de seguridad, sistemas de mantenimiento de equipos, sistemas de capacitación del personal, sistemas de gestión contable y planes de seguimiento.
(9) Establecer una agencia de respuesta a emergencias en caso de accidentes, formular planes de emergencia y capacitación del personal de emergencia y sistemas de simulacros, contar con el equipo de emergencia y los preparativos materiales necesarios y tener capacidades de manejo de accidentes acordes con la escala de producción diseñada.
(10) Contar con la capacidad de procesamiento o plan de tratamiento viable para asegurar que los gases residuales radiactivos, los líquidos residuales y los residuos sólidos cumplan con las normas de descarga.
Artículo 14 Una unidad de venta de radioisótopos que solicite una licencia deberá cumplir las siguientes condiciones:
(1) Contar con una agencia especializada en gestión de seguridad radiológica y protección ambiental, o al menos un personal técnico. con una licenciatura o superior son responsables de la gestión de la seguridad radiológica y la protección del medio ambiente.
(2) El personal que realiza trabajos radiológicos debe recibir capacitación y exámenes sobre experiencia en seguridad y protección radiológica y las leyes y regulaciones pertinentes.
(3) Si es necesario almacenar temporalmente isótopos radiactivos, debe haber almacenes o equipos de almacenamiento temporal que cumplan con los requisitos de protección de seguridad radiológica y seguridad física.
(4) Cuando sea necesario instalar y depurar isótopos radiactivos, debe haber un sitio de instalación y depuración que cumpla con los requisitos para evitar un mal funcionamiento y evitar que los trabajadores y el público se expongan accidentalmente.
(5) Contar con contenedores de embalaje para el almacenamiento y transporte de isótopos radiactivos que cumplan con la normativa nacional pertinente.
(6) Para el transporte de isótopos radiactivos se podrán utilizar vehículos de transporte que cumplan con los requisitos nacionales de transporte de isótopos radiactivos.
(7) Equipar con equipo de protección e instrumentos de monitoreo que sean adecuados para el tipo y nivel de radiación, incluidas alarmas personales de medición de dosis, monitores de radiación portátiles, monitores de contaminación de fuentes difusas y otros instrumentos.
(8) Contar con sólidos procedimientos operativos, responsabilidades laborales, sistemas de seguridad, medidas de protección radiológica, sistemas de gestión contable, planes de capacitación del personal y planes de seguimiento.
(9) Disponer de medidas de emergencia completas para accidentes por radiación.
Artículo 15 Al solicitar una licencia, las unidades que produzcan y vendan dispositivos de radiación deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Contar con una agencia especializada en gestión de seguridad radiológica y protección ambiental, o Debe haber al menos un miembro del personal técnico con título de licenciatura o superior que sea responsable de la gestión de la seguridad radiológica y la protección ambiental.
(2) El personal que realiza trabajos radiológicos debe recibir capacitación y exámenes sobre experiencia en seguridad y protección radiológica y las leyes y regulaciones pertinentes.
(3) Los sitios de producción y depuración de dispositivos de rayos X cumplen con los requisitos de seguridad para evitar el mal funcionamiento y la exposición accidental de los trabajadores y el público.
(4) Equipado con el equipo de protección e instrumentos de monitoreo necesarios.
(5) Contar con sólidos procedimientos operativos, responsabilidades laborales, medidas de protección radiológica, sistemas de gestión contable, planes de capacitación y planes de seguimiento.
(6) Medidas de emergencia en caso de accidentes por radiación.
Artículo 16: Las unidades que utilicen isótopos radiactivos y dispositivos de rayos que soliciten licencias deberán cumplir las siguientes condiciones:
(1) Utilizar fuentes radiactivas Clase I, II y III y Clase Los dispositivos de radiación I y II deben tener agencias especializadas en gestión de seguridad radiológica y protección ambiental, o al menos un personal técnico con una licenciatura o superior debe ser responsable de la gestión de seguridad radiológica y protección ambiental a tiempo completo; otras unidades de trabajo radiológico deben tener un técnico; el personal técnico con el título mencionado anteriormente es responsable de la gestión de la seguridad radiológica y la protección ambiental a tiempo completo o parcial de acuerdo con el "Catálogo de puestos clave de seguridad radiológica", si es necesario. Antes de establecerse, este puesto debería ser ocupado por un ingeniero de seguridad nuclear registrado.
(2) El personal que realiza trabajos radiológicos debe recibir capacitación y exámenes sobre experiencia en seguridad y protección radiológica y las leyes y regulaciones pertinentes.
(3) Las unidades que utilicen isótopos radiactivos deberán tener lugares o equipos de almacenamiento temporal de fuentes radiactivas que cumplan con los requisitos de protección radiológica y seguridad física.
(4) Los lugares donde se utilizan isótopos radiactivos y dispositivos de rayos cuentan con medidas de seguridad para evitar el mal funcionamiento y la exposición accidental de los trabajadores y el público.
(5) Equipado con equipos de protección e instrumentos de monitoreo adecuados al tipo y nivel de radiación, incluidas alarmas personales de medición de dosis, monitores de radiación y otros instrumentos. Las unidades que utilizan materiales radiactivos no sellados también deben instalar monitores de contaminación de superficie.
(6) Contar con sólidos procedimientos operativos, responsabilidades laborales, sistemas de seguridad y protección radiológica, sistemas de mantenimiento de equipos, sistemas de registro de uso de radioisótopos, planes de capacitación de personal, planes de monitoreo, etc.
(7) Disponer de medidas de emergencia completas para accidentes por radiación.
(8) Si se generan gases residuales radiactivos, líquidos residuales o desechos sólidos, también deberá tener la capacidad de procesamiento o un plan de tratamiento viable para garantizar que los gases residuales radiactivos, los líquidos residuales y los desechos sólidos cumplan las normas de emisión.
Las unidades que utilizan radioisótopos y dispositivos de rayos para llevar a cabo actividades de diagnóstico y tratamiento también deben estar equipadas con equipos de pruebas de control de calidad, formular planes de garantía de calidad y planes de pruebas de control de calidad correspondientes, y tener al menos un físico médico responsable para garantía de calidad y pruebas de control de calidad.
Artículo 17 Las unidades de trabajo de radiación que ensamblan fuentes radiactivas subcontratadas en equipos para su venta deberán solicitar una licencia basada en la venta y uso de isótopos radiactivos.
Artículo 18 La unidad de trabajo radiológico que solicite una licencia deberá presentar los siguientes materiales al departamento de protección ambiental con la autoridad para aprobar:
(1) Formulario de solicitud de licencia de seguridad radiológica (ver anexo 1);
(2) El original y copia de la licencia comercial de la persona jurídica empresarial o el original y copia del certificado de persona jurídica de la institución pública, y la cédula de identidad y copia del representante legal, el cual se conservará después de la verificación;
(3) Documentos de evaluación de impacto ambiental aprobados;
(4) Materiales de certificación que cumplan con las disposiciones correspondientes de los artículos 13 a 16 de estas Medidas;
(5) Lista de nuevas fuentes radiactivas y dispositivos de rayos actuales y previstos en esta unidad.
Artículo 19 Al aceptar una solicitud, el departamento de protección ambiental competente informará al solicitante para que solicite una licencia basada en la escala planificada y diseñada para la producción, venta y uso de radioisótopos y dispositivos de radiación establecidos en el documento de evaluación de impacto ambiental.
El departamento de protección ambiental competente deberá completar la revisión dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de aceptación de la solicitud. Si se cumplen los requisitos, se emitirá la licencia y se anunciará si no se cumplen las condiciones. Se notificará por escrito al solicitante y se explicarán los motivos.
Artículo 20 La licencia incluirá los siguientes contenidos principales:
(1) Nombre, domicilio y representante legal de la unidad;
(2) Objeto de la actividad Tipo y alcance;
(3) Período de validez;
(4) Fecha de emisión del certificado y número de certificado.
Los tipos de actividades en la licencia se dividen en tres categorías: producción, ventas y uso; el alcance de las actividades se refiere a las categorías y actividades totales de todos los isótopos radiactivos producidos, vendidos y utilizados por el trabajo de radiación. unidad y el dispositivo de radiación Categoría y cantidad.
La licencia se divide en original y copia (ver Apéndice 2 para el formato y contenido específicos. El original y la copia son igualmente válidos).
Artículo 21 Las unidades de trabajo de radiación que hayan obtenido licencias de producción, venta y uso de isótopos radiactivos de alto nivel y dispositivos de rayos no necesitan solicitar la producción, venta y uso de radioisótopos y dispositivos de rayos de bajo nivel. dispositivos isótopos radiactivos de bajo nivel y licencias de dispositivos de rayos.
Artículo 22 Si una unidad de trabajo radiológico cambia de nombre, dirección o representante legal, deberá solicitar a la autoridad emisora de licencia original un cambio de licencia dentro de los 20 días siguientes a la fecha de registro del cambio, y proporcionar los siguientes materiales relevantes:
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(1) Informe de solicitud de cambio de licencia;
(2) Original y copia de la "Licencia comercial de persona jurídica empresarial" modificada o " Certificado de Persona Jurídica de Institución Pública”;
(3) Original y copia de la licencia.
La licencia se renovará después de la revisión y aprobación por parte de la autoridad otorgante de licencias original.
Artículo 23 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el titular de la licencia deberá volver a solicitar una licencia de acuerdo con los procedimientos de solicitud de licencia estipulados en estas Medidas:
(1) Cambio de disposiciones de licencia Tipo o alcance de actividades;
(2) Instalaciones o lugares de nueva construcción, renovación o ampliación para producción, venta o uso.
Artículo 24 La licencia tiene una vigencia de 5 años. Si es necesario extender el período de validez, se deberá presentar una solicitud de extensión a la autoridad emisora original 30 días antes del vencimiento de la licencia y se deberán proporcionar los siguientes materiales: (1) Informe de solicitud de renovación de licencia;
(2) Informe de seguimiento;
(3) Resumen de los trabajos de protección de seguridad radiológica durante el período de vigencia de la licencia;
(4) Original y copia de la licencia.
La autoridad emisora de la licencia original deberá completar la revisión antes de que expire el período de validez de la licencia a partir de la fecha de aceptación de la solicitud de extensión. Si se cumplen las condiciones, se renovará la licencia y se renovará la licencia original. se utilizará el número; si no se cumplen las condiciones, se renovará la licencia, notificándolo por escrito al solicitante y explicando los motivos.
Artículo 25 Si una unidad de trabajo de radiación pone fin total o parcialmente a la producción, venta o uso de isótopos radiactivos y dispositivos de rayos, deberá solicitar a la autoridad otorgante de la licencia original la modificación parcial o cancelación de la licencia. verificación por parte de la autoridad otorgante de licencias original, puede modificarse o cancelarse.
Artículo 26 Si una unidad de trabajos de radiación pierde su licencia por cualquier motivo, deberá publicar de inmediato un informe de pérdida en el periódico y revistas provinciales locales, y presentar una solicitud a la autoridad que emitió la licencia original con el anuncio dentro de un plazo de un año. mes después del día 30 del anuncio.
Capítulo 3 Aprobación y Registro de Actividades de Importación, Exportación, Transferencia y Transferencia
Artículo 27 Las unidades que importen isótopos radiactivos listados en el catálogo restringido de importación y exportación deberán informar al departamento de protección ambiental del Consejo de Estado para su aprobación; después de la aprobación del departamento económico y de comercio exterior del Consejo de Estado, se expedirá una licencia de importación de conformidad con las normas pertinentes sobre comercio exterior. El departamento de protección ambiental del Consejo de Estado asignará un código de fuente radiactiva al aprobar una solicitud para la importación de fuentes radiactivas.
Las unidades que importen artículos radiactivos a granel sin sellar deberán solicitar la aprobación del departamento de protección ambiental del Consejo de Estado cada seis meses.
Artículo 28 Cualquier unidad que solicite la importación de isótopos radiactivos enumerados en el catálogo restringido de importación y exportación deberá presentar el "Formulario de aprobación de importación de isótopos radiactivos" al departamento de protección ambiental del Consejo de Estado y presentar los siguientes materiales:
(1) Copia de la licencia de unidad de importación;
(2) Plan de eliminación de isótopos radiactivos después de su vencimiento, incluidas las fuentes radiactivas importadas de Clase I, II y III Si es necesario, una copia del documento de compromiso original de la unidad exportadora para recuperar la fuente radiactiva del usuario final;
(3) Etiquetas claras de la fuente radiactiva importada y copias o fotocopias de los documentos necesarios, entre los cuales los de primera categoría , Las etiquetas de las fuentes radiactivas de Categoría II y III deberían grabarse en el cuerpo de la fuente radiactiva o en el sobre sellado, y las etiquetas de las fuentes radiactivas de Categoría IV y V deberían registrarse en los documentos correspondientes;
( IV ) Una copia del acuerdo válido firmado entre el importador y el exportador original;
(5) Si los radioisótopos importados se venden a otras unidades para su uso, una copia del acuerdo válido firmado con el usuario y el También se debe proporcionar una copia de la licencia de usuario.
Consulte el Apéndice 3 para conocer el formato y el contenido específicos del "Formulario de aprobación de importación de radioisótopos".
Artículo 29 El departamento de protección ambiental del Consejo de Estado completará la revisión dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha de aceptación de la solicitud de importación de isótopos radiactivos y la aprobará si se cumplen los requisitos; Si no se cumplen las condiciones, se notificará al solicitante por escrito y se explicarán los motivos.
La unidad importadora y la unidad usuaria deberán presentar respectivamente el formulario de aprobación de importación de radioisótopos al departamento provincial de protección ambiental local dentro de los 20 días posteriores al final de la actividad de importación.
Artículo 30 Las unidades que exporten isótopos radiactivos enumerados en el catálogo restringido de importación y exportación deberán presentar el "Formulario de solicitud de exportación de isótopos radiactivos" al departamento de protección ambiental del Consejo de Estado y presentar los siguientes materiales:
(a) Una copia de la licencia del exportador;
(2) Documentos en chino o inglés que demuestren que el importador extranjero puede poseer legalmente isótopos radiactivos;
(3) Exportador Copia del acuerdo vigente firmado con el importador extranjero.
Consulte el Apéndice 4 para conocer el formato y el contenido específicos del formulario de exportación de radioisótopos.
La unidad de exportación deberá presentar un formulario de exportación de radioisótopos al departamento provincial de protección ambiental local dentro de los 20 días posteriores al final de la actividad de exportación.
Las unidades que exporten isótopos radiactivos deberán cumplir con las normas nacionales de comercio exterior pertinentes.
Artículo 31: Al transferir isótopos radiactivos, la unidad de transferencia deberá solicitar la aprobación del departamento provincial de protección ambiental local antes de cada transferencia.
La transferencia por lotes de elementos radiactivos no sellados puede ser revisada y aprobada cada 6 meses por el departamento provincial de protección ambiental donde se encuentra la unidad de transferencia.
Los isótopos radiactivos sólo pueden transferirse entre unidades autorizadas. Está prohibido transferir isótopos radiactivos a unidades sin licencia o que excedan los tipos y alcances especificados en la licencia.
No se pueden transferir isótopos radiactivos sin aprobación.
Artículo 32 Las unidades que transfieren isótopos radiactivos deberán presentar un formulario de aprobación de transferencia de isótopos radiactivos al departamento de protección ambiental provincial local antes de la transferencia y presentar los siguientes materiales:
(1) Licencia para transferir hacia afuera y hacia la unidad;
(2) Plan de tratamiento después de que expire el isótopo radiactivo;
(3) Acuerdo de transferencia firmado por ambas partes de la transferencia.
Consulte el Apéndice 5 para conocer el formato y el contenido específicos del formulario de aprobación de transferencia de radioisótopos.
El departamento de protección ambiental deberá completar la revisión dentro de los 15 días hábiles a partir de la fecha de aceptación de la solicitud, y aprobar la solicitud si cumple con los requisitos; si no cumple con las condiciones, notificará al solicitante en; escribir y explicar las razones.
Artículo 33 Las unidades que transfieren isótopos radiactivos deberán presentar un formulario de aprobación de transferencia de radioisótopos al departamento provincial de protección ambiental local dentro de los 20 días posteriores al final de la actividad de transferencia.
Artículo 34 Las unidades que realicen pruebas de trazadores de isótopos radiactivos en el campo deberán preparar un informe de impacto ambiental antes de cada prueba, que será revisado por el departamento provincial de protección ambiental y los departamentos pertinentes del mismo nivel donde se realiza la prueba. localizado. Sólo puede proceder después de la aprobación.
Si la prueba del trazador de radioisótopos in situ puede causar impactos ambientales entre provincias, el formulario de informe de impacto ambiental se presentará al departamento de protección ambiental del Consejo de Estado para su aprobación.
Artículo 35 Si una unidad que utiliza isótopos radiactivos necesita transferir isótopos radiactivos a otras provincias, regiones autónomas o municipios dependientes directamente del Gobierno Central, deberá presentar copia de la licencia ante el departamento provincial de protección ambiental. en el lugar de uso 10 días antes de la realización de la actividad Informar por escrito al departamento provincial de protección ambiental del lugar de reubicación, y aceptar la supervisión y gestión del departamento de protección ambiental del lugar de uso.
El contenido del informe escrito debe incluir el nucleido, actividad, tiempo de transferencia y ubicación del isótopo radiactivo, también debe proporcionar el responsable de la seguridad radiológica y el número de contacto de transferencia de fuentes radiactivas; etiqueta y código de la fuente radiactiva.
El usuario deberá acudir al departamento provincial de protección ambiental del lugar de uso para realizar los trámites de alta y baja dentro de los 20 días siguientes a la finalización de la actividad, y notificar al departamento provincial de protección ambiental del lugar de uso. desmantelamiento por escrito.
Capítulo 4 Supervisión y Gestión
Artículo 36 Las unidades de trabajo radiológico se dedicarán a la producción, venta y utilización de radioisótopos y dispositivos de rayos de conformidad con lo establecido en la licencia.
Está prohibido dedicarse a la producción, venta y uso de isótopos radiactivos y dispositivos de rayos sin una licencia o en violación de los tipos y alcance especificados en la licencia.
Artículo 37 Las unidades que producen isótopos radiactivos y dispositivos de radiación deberán colocar etiquetas radiactivas claras e instrucciones de advertencia chinas en los contenedores de embalaje de isótopos radiactivos, equipos que contengan isótopos radiactivos y dispositivos de radiación. Se pueden colocar etiquetas en radiactivos; fuentes, que deben colocarse juntas.
Las instrucciones para equipos que contienen fuentes radiactivas deben informar a los usuarios que el equipo contiene fuentes radiactivas y sus parámetros técnicos y características estructurales relevantes, así como los posibles riesgos de radiación de las fuentes radiactivas y las correspondientes medidas de protección de seguridad.
Artículo 38 Cuando una unidad que produzca o importe fuentes radiactivas venda fuentes radiactivas Clase I, II o III, deberá suscribir un contrato de reciclaje de fuentes radiactivas de residuos con la unidad que utilice la fuente radiactiva.
Las unidades que utilizan fuentes radiactivas de Clase I, II y III deberán devolver las fuentes radiactivas gastadas a la unidad de producción dentro de los 3 meses posteriores a que las fuentes radiactivas estén inactivas o abandonadas de acuerdo con las disposiciones de la fuente radiactiva residual. contrato de devolución. O la unidad exportadora original. Si efectivamente fuera imposible devolver el producto a la unidad de producción o a la unidad de exportación original, deberá enviarse a una unidad de almacenamiento centralizada con las correspondientes calificaciones para el almacenamiento.
Las unidades que utilizan fuentes radiactivas de Categoría IV y V deberán, de acuerdo con las regulaciones del departamento de protección ambiental del Consejo de Estado, empacar y preparar las fuentes radiactivas abandonadas dentro de los 3 meses posteriores a que las fuentes radiactivas estén inactivas o abandonados Enviar los residuos radiactivos a una unidad de almacenamiento centralizada calificada para su almacenamiento.
Las unidades que utilizan fuentes radiactivas deberán presentar un registro ante el departamento provincial de protección ambiental local dentro de los 20 días siguientes a la fecha de devolución, devolución o entrega de las fuentes radiactivas abandonadas.
Artículo 39: Los residuos de fuentes radiactivas almacenados por unidades que vendieron y utilizaron fuentes radiactivas antes de la implementación de estas Medidas deberán devolverse a la unidad de producción de fuentes radiactivas o a la unidad exportadora original dentro de 1 año a partir de la fecha de implementación. de las presentes Medidas, o Enviarlo a una unidad de almacenamiento centralizado de residuos radiactivos con la habilitación correspondiente.
Artículo 40. Los lugares que producen isótopos radiactivos, los lugares que venden y utilizan isótopos radiactivos que producen contaminación radiactiva, los dispositivos de rayos que producen contaminación radiactiva y sus sitios deben ser desmantelados de acuerdo con la ley después de completar la operación. Una vez completado el desmantelamiento, las unidades de trabajo de radiología pertinentes pueden solicitar procedimientos de cancelación o cambio de licencia.
Artículo 41: Las unidades de trabajo en radiación establecerán un libro de registro de radioisótopos y dispositivos de rayos para registrar el nombre del nucleido, fecha de fabricación y actividad, etiqueta, código, fuente y destino del radioisótopo, así como la información del dispositivo de rayos Nombre, modelo, tipo, categoría, finalidad, origen y destino.
Las cuentas de radioisótopos y dispositivos de radiación, los archivos de dosis personales y los archivos de seguimiento de la salud laboral deben conservarse durante mucho tiempo.
Artículo 42 Las unidades de trabajo de radiación prepararán un informe de evaluación anual sobre el estado de seguridad y protección de los radioisótopos y dispositivos de radiación, y lo presentarán a la autoridad otorgante original antes del 1+0 de cada año.
El informe de evaluación anual incluirá la contabilidad de los radioisótopos y dispositivos de radiación, la operación y mantenimiento de las instalaciones de seguridad y protección radiológica, el establecimiento e implementación de sistemas y medidas de seguridad y protección radiológica, la respuesta a accidentes y emergencias, gestión de archivos, etc.
Artículo 43 El departamento de protección ambiental del gobierno popular a nivel de condado o superior deberá supervisar e inspeccionar las unidades de trabajo de radiación y presentar opiniones de inspección in situ por escrito y requisitos de rectificación para los problemas existentes, que serán firmado por el inspector o por el inspector lo sellará y lo reportará a la unidad inspeccionada para su registro.
Artículo 44 El departamento provincial de protección ambiental preparará un informe resumido anual sobre la supervisión y gestión de las unidades de trabajo radiológico y lo presentará al departamento de protección ambiental del Consejo de Estado antes del 1 de marzo de cada año.
El contenido del informe deberá incluir el número de unidades de trabajo radiactivo, el número y tipos de fuentes radiactivas, el número y tipos de dispositivos radiactivos, la expedición y cancelación de licencias, los accidentes y su manejo, la supervisión, la inspección. y sanciones, etc.
Capítulo 5 Sanción
Artículo 45 Si una unidad de trabajo radiológico viola las disposiciones pertinentes de estas Medidas y comete cualquiera de los siguientes actos, será ordenada por el departamento de protección ambiental de la gobierno popular a nivel de condado o superior Detener las actividades ilegales y hacer correcciones dentro de un límite de tiempo; aquellos que no hagan las correcciones dentro del límite de tiempo serán multados con no menos de RMB 6,543,800 pero no más de RMB 30,000:
(1) No informar a los usuarios en las instrucciones de los equipos que contienen fuentes radiactivas que el equipo contiene radiación
(2) En el plazo de un año a partir de la fecha de implementación de estas Medidas, las unidades que vendan o utilicen fuentes radiactivas no devolver, devolver o entregar las fuentes radiactivas gastadas almacenadas a las unidades pertinentes.
Cualquier unidad de trabajo radiológico que viole otras disposiciones de estas Medidas será sancionada de conformidad con la "Ley de la República Popular China sobre Prevención y Control de la Contaminación Radiactiva", el "Reglamento sobre Seguridad y Protección de radioisótopos y dispositivos de radiación" y otras leyes y reglamentos pertinentes.
Capítulo 6 Disposiciones complementarias
Artículo 46 Las autoridades de protección ambiental de los gobiernos populares a nivel provincial o superior deberán, de conformidad con las "Normas básicas para la protección contra las radiaciones ionizantes y las fuentes de radiación". Safety" (GB 18871-2002+ 0-2002) y regulaciones nacionales relevantes, responsable de emitir documentos de certificación para la gestión de exenciones de radioisótopos y dispositivos de radiación.
Artículo 47 Las presentes Medidas entrarán en vigor el 6 de marzo de 2006.
Adjunto: 1.
Formulario de solicitud de licencia de seguridad radiológica
2. Copia de la licencia de seguridad radiológica
3. Formulario de aprobación de importación de isótopos radiactivos
4. p>
5. Formulario de aprobación de transferencia de radioisótopos
Adjunto 1:
Tulue
Formulario de solicitud de licencia de seguridad radiológica
Número de solicitud :
Solicitante (sellado)
Fecha de solicitud
Sistema de Administración Estatal de Protección Ambiental
Instrucciones para completar el formulario