¿Qué debo hacer si no he heredado la propiedad por más de 20 años?
Si existe un acuerdo de legado y apoyo, prevalecerá el acuerdo de legado y apoyo;
2. Si no hay acuerdo, habrá testamento, heredará según la ley;
3.
Las condiciones para la herencia son las siguientes:
1. La herencia ocurre después de la muerte del causante, ocurre el evento de muerte y comienza la herencia. El requisito previo para la herencia es la muerte del difunto;
2. La herencia debe ser propiedad legal del difunto, y la propiedad ilegal y la propiedad de otras personas no se pueden heredar.
3. El heredero goza de los derechos sucesorios previstos por la ley y no ha perdido sus derechos sucesorios. Un heredero que ha perdido el derecho a heredar no puede heredar el patrimonio del difunto.
Si un heredero comete cualquiera de los siguientes actos, perderá el derecho a heredar:
1. Dar muerte intencionalmente al causante.
2. Matar a otros herederos para heredar la herencia;
3. Abandonar al causante o maltratarlo si las circunstancias son graves;
4. el testamento, siendo las circunstancias graves;
5. Obligar o impedir al causante establecer, modificar o retirar un testamento mediante fraude o coacción, y las circunstancias sean graves.
En resumen, el acuerdo de división de herencia surte efectos cuando ambas partes firman y acuerdan, y los herederos llegan a un acuerdo sobre el reparto de la herencia. Una vez que el acuerdo entre en vigor, se seguirá manejando de acuerdo con el acuerdo. Si no se puede llegar a un acuerdo, se puede presentar una demanda de partición ante el Tribunal Popular.
Base jurídica:
Artículo 123 del Código Civil de la República Popular China
Una vez iniciada la herencia, se tramitará de conformidad con las disposiciones legales. herencia, si hay testamento, herencia o legado según el testamento; si hay acuerdo de legado y manutención, se tramitará conforme al acuerdo;
Artículo 124
Comenzada la herencia, si el heredero renuncia a ella, deberá hacer declaración escrita de renuncia antes de disponer de la herencia, si no hubiere expresión, la herencia; se considerará aceptada.
El legatario deberá, dentro de los sesenta días siguientes a su conocimiento de la herencia, hacer expresión de aceptación o de renuncia a la herencia; si ninguna expresión caduca, se considerará que el legatario ha renunciado a la herencia;