Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Son válidos los documentos emitidos por el gobierno sin sellos oficiales? Dice "más de 100 ejemplares sin sellos oficiales"?

¿Son válidos los documentos emitidos por el gobierno sin sellos oficiales? Dice "más de 100 ejemplares sin sellos oficiales"?

Todos los documentos administrativos gubernamentales, excepto las "actas de reuniones" y los telegramas, deben estar sellados. Los documentos oficiales presentados conjuntamente llevarán el sello de la agencia patrocinadora; los documentos oficiales emitidos conjuntamente llevarán el sello de la agencia emisora. Por tanto, los documentos emitidos por el gobierno sin sello oficial no son válidos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de las “Medidas para el Manejo de Documentos Oficiales de los Organismos Administrativos Nacionales”:

Los documentos oficiales generalmente constan de nivel de confidencialidad y plazo, urgencia, logotipo de la autoridad emisora , número de documento, emisor, título, principal agencia remitente, texto principal, descripción de los archivos adjuntos, fecha de redacción, sello, notas, archivos adjuntos, encabezamientos de materia, agencia copiadora, agencia emisora ​​y fecha de emisión.

A excepción de las "actas de reuniones" y los documentos oficiales enviados por telegrama, todos los demás documentos oficiales deberán llevar el sello oficial. Los documentos oficiales presentados conjuntamente llevarán el sello de la agencia patrocinadora; los documentos oficiales emitidos conjuntamente llevarán el sello de la agencia emisora.

Artículo 48:

Cuando una copia de un documento oficial se utilice como documento oficial, deberá llevar el sello de la agencia copiadora.

Datos ampliados:

Según lo establecido en el artículo 10 de las “Medidas para el Tratamiento de Documentos Oficiales de los Organismos Administrativos Nacionales”:

Los documentos oficiales se clasifican con carácter general por nivel de confidencialidad y fecha límite, urgencia y emisión. Consta de logotipo de la agencia, número de documento, emisor, título, agencia principal remitente, texto principal, descripción de los anexos, fecha de redacción, sello, notas, anexos, encabezamientos de materia, agencia copiadora. , agencia emisora ​​y fecha de emisión.

(1) Los documentos oficiales que involucran secretos de estado deben marcarse con un nivel de confidencialidad y un período de confidencialidad. Entre ellos, los documentos oficiales "ultrasecretos" y "confidenciales" también deben marcarse con el número de copias.

(2) Los documentos de emergencia deben marcarse como "urgente" y "extremadamente urgente" según el grado de urgencia. Entre ellos, el telegrama debe estar marcado con "Nota especial", "Urgente", "Urgente" y "Urgente ordinario" respectivamente.

(3) El nombre completo o la abreviatura estandarizada de la autoridad emisora ​​se utilizará para identificar a la autoridad emisora ​​en un escrito conjunto, el patrocinador ocupará el primer lugar;

(4) El número de documento debe incluir el código de organización, año y número de serie. En la escritura conjunta sólo se indicará el número del organizador.

(5) En las cláusulas anteriores deberán indicarse los nombres del emisor y del refrendante. Entre ellos, la "solicitud de instrucciones" deberá indicar el nombre y número de teléfono de la persona de contacto en la nota.

(6) El título del documento oficial debe resumir de manera precisa y breve el contenido principal del documento oficial e indicar el tipo de documento oficial. Generalmente, el título del documento oficial debe indicar la autoridad emisora. . A excepción de los nombres de las leyes y reglamentos y los títulos de los libros, los títulos de los documentos oficiales generalmente no utilizan signos de puntuación.

(7) El organismo emisor principal se refiere al organismo receptor principal de documentos oficiales, debiendo utilizar su nombre completo o abreviatura estandarizada o nombre común.

(8) Si el documento oficial tiene anexos, se deberá indicar el orden y nombre de los mismos.

(9) Excepto las "actas de reuniones" y los telegramas, todos los demás documentos oficiales deben llevar el sello oficial. Los documentos oficiales presentados conjuntamente llevarán el sello de la agencia patrocinadora; los documentos oficiales emitidos conjuntamente llevarán el sello de la agencia emisora.

(10) La fecha del documento escrito estará sujeta a la fecha firmada por el responsable, y el documento conjunto estará sujeta a la fecha firmada por el responsable de la autoridad emisora ​​final. Los telegramas tienen la fecha de su envío.

(11) Si el documento oficial tiene notas (otros asuntos que necesitan explicación), se deben marcar entre paréntesis.

(12) Los documentos oficiales deben estar marcados con títulos de materia. El texto anterior debe estar marcado con encabezamientos de materia de acuerdo con los requisitos del superior.

(13) La agencia copiadora se refiere a la agencia distinta de la agencia emisora ​​principal que necesita otorgar o conocer el documento oficial. Se debe utilizar el nombre completo o abreviatura estandarizada o nombre común.

(14) El texto se escribe horizontal y verticalmente de izquierda a derecha. En las zonas étnicas autónomas, se pueden utilizar al mismo tiempo los caracteres chinos y los caracteres comunes de las minorías étnicas (escritos y compuestos según su escritura y composición tipográfica habituales).

Artículo 11

Las reglas de identificación de cada componente en los documentos oficiales se implementarán con referencia a la norma nacional "Formato de Documentos Oficiales de los Organismos Administrativos Nacionales".

Artículo 12

Los documentos oficiales generalmente utilizan el estándar internacional A4 (210 mm × 297 mm), encuadernado por el lado izquierdo. El tamaño del papel para documentos oficiales debe determinarse según las necesidades reales.

Materiales de referencia:

"Medidas para el manejo de documentos oficiales de las agencias administrativas nacionales" -Enciclopedia Baidu