Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Es la recaudación de dinero una obligación legal? Sí, según los artículos 109 a 113 de la Ley de Propiedad, los bienes perdidos deben ser devueltos al titular del derecho. El buscador deberá notificarlo inmediatamente al titular del derecho para que lo recoja o lo entregue en el departamento correspondiente. Si los departamentos pertinentes reciben los bienes perdidos y conocen al propietario, deben notificarles de inmediato para que los recojan; si no lo saben, deben publicar un anuncio de contratación de manera oportuna; Antes de que quien lo encuentre entregue el objeto perdido al departamento correspondiente, éste deberá conservarlo adecuadamente hasta su recogida. Quien cause daño o pérdida de bienes perdidos intencionalmente o con negligencia grave, asumirá la responsabilidad civil. Al recoger el objeto perdido, el obligante deberá pagar los honorarios necesarios para la custodia del objeto perdido a la persona que lo encontró o al departamento correspondiente. Si el titular del derecho ofrece una recompensa por encontrar la cosa perdida, deberá cumplir con sus obligaciones según lo acordado al recoger la cosa perdida. Si el descubridor se apropia indebidamente de la cosa perdida, no tiene derecho a exigir el costo de conservar la cosa perdida, ni tiene derecho a exigir al obligante que cumpla sus obligaciones según lo prometido. Si una propiedad perdida permanece sin reclamar dentro de los 6 meses siguientes a la fecha en que se anunció su hallazgo, será propiedad del estado.

¿Es la recaudación de dinero una obligación legal? Sí, según los artículos 109 a 113 de la Ley de Propiedad, los bienes perdidos deben ser devueltos al titular del derecho. El buscador deberá notificarlo inmediatamente al titular del derecho para que lo recoja o lo entregue en el departamento correspondiente. Si los departamentos pertinentes reciben los bienes perdidos y conocen al propietario, deben notificarles de inmediato para que los recojan; si no lo saben, deben publicar un anuncio de contratación de manera oportuna; Antes de que quien lo encuentre entregue el objeto perdido al departamento correspondiente, éste deberá conservarlo adecuadamente hasta su recogida. Quien cause daño o pérdida de bienes perdidos intencionalmente o con negligencia grave, asumirá la responsabilidad civil. Al recoger el objeto perdido, el obligante deberá pagar los honorarios necesarios para la custodia del objeto perdido a la persona que lo encontró o al departamento correspondiente. Si el titular del derecho ofrece una recompensa por encontrar la cosa perdida, deberá cumplir con sus obligaciones según lo acordado al recoger la cosa perdida. Si el descubridor se apropia indebidamente de la cosa perdida, no tiene derecho a exigir el costo de conservar la cosa perdida, ni tiene derecho a exigir al obligante que cumpla sus obligaciones según lo prometido. Si una propiedad perdida permanece sin reclamar dentro de los 6 meses siguientes a la fecha en que se anunció su hallazgo, será propiedad del estado.