Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Se pueden invertir bienes garantizados, hipotecados o pignorados a un precio fijo?

¿Se pueden invertir bienes garantizados, hipotecados o pignorados a un precio fijo?

Análisis jurídico: Según el artículo 5 del “Reglamento de Registro y Gestión del Capital Social de las Sociedades”, los accionistas o promotores pueden aportar capital en moneda, o en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otros activos no monetarios que puedan valorarse en Inversión inmobiliaria en moneda extranjera y transferible de conformidad con la ley. Los accionistas o promotores no podrán aportar capital en forma de servicios laborales, crédito, nombres de personas naturales, plusvalía, derechos de franquicia o propiedades garantizadas. Por tanto, los bienes utilizados por los accionistas para aportar capital deben ser legalmente transmisibles. Debido a que los accionistas utilizan la propiedad no monetaria como precio para aportar capital, los derechos de propiedad de la propiedad deben transferirse a la empresa donde se realiza la inversión. Sin embargo, los derechos de propiedad de las propiedades garantizadas, hipotecadas o pignoradas generalmente no pueden transferirse a entidades externas. partes y, naturalmente, no puede utilizarse como precio para aportar capital. Por ejemplo, un accionista aporta dinero para comprar una propiedad a un precio fijo, pero la propiedad está registrada como hipoteca. Si el registro de la hipoteca no se cancela en este momento, la propiedad no se puede transferir a nombre de la empresa y la inversión no se puede completar.

Base legal: Artículo 27 de la “Ley de Sociedades de la República Popular China” Los accionistas podrán realizar aportes de capital en moneda, o en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo y otros activos sin fines de lucro que Puede valorarse en moneda y ser transferible de conformidad con la ley. Inversión inmobiliaria monetaria. Sin embargo, se excluyen los inmuebles que no puedan utilizarse como aportes de capital según las leyes y normas administrativas. Los bienes no monetarios utilizados como aportes de capital deben ser evaluados y verificados, y su valor no debe sobreestimarse ni subestimarse. Si las leyes y reglamentos administrativos contienen disposiciones sobre evaluación y fijación de precios, prevalecerán dichas disposiciones.