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¿Cuándo entrarán en vigor las "Reglas de Asuntos Religiosos" recientemente revisadas?

El "Reglamento sobre Asuntos Religiosos" recientemente revisado entrará en vigor el 1 de febrero de 2065.

La Orden del Consejo de Estado No. 426 de 165438 fue promulgada el 30 de octubre de 2004 y revisada en la 176ª Reunión Ejecutiva del Consejo de Estado el 30 de junio de 2006. El 26 de agosto de 2017, la Orden núm. 686 del Consejo de Estado anunció el "Reglamento sobre Asuntos Religiosos" revisado. El "Reglamento sobre Asuntos Religiosos" se divide en nueve capítulos: disposiciones generales, organizaciones religiosas, escuelas religiosas, lugares de actividades religiosas, personal religioso, actividades religiosas, bienes religiosos, responsabilidades legales y disposiciones complementarias, con un total de 77 artículos.

Datos ampliados:

El "Reglamento sobre Asuntos Religiosos" establece claramente que la gestión de los asuntos religiosos debe adherirse a los principios de proteger la legalidad, detener la ilegalidad, frenar el extremismo, resistir la infiltración, y luchar contra el crimen. Las regulaciones protegen la libertad de creencia religiosa de los ciudadanos, salvaguardan los derechos e intereses legítimos de los círculos religiosos y gestionan los asuntos religiosos que involucran intereses nacionales y sociales.

Se adoptan disposiciones específicas para la gestión de grupos religiosos, instituciones religiosas, lugares de actividades religiosas, clérigos religiosos, actividades religiosas y propiedades religiosas.