Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Qué leyes se aplican a las disputas sobre contratos de viaje?

¿Qué leyes se aplican a las disputas sobre contratos de viaje?

Análisis jurídico: La ley aplicable para las disputas de contratos turísticos es: Artículo 91 y Artículo 93 de la “Ley de Turismo”. Las asociaciones de consumidores, las agencias de aceptación de quejas turísticas y las organizaciones de mediación pertinentes median en las disputas entre turistas y operadores turísticos de conformidad con la ley y sobre la base de la voluntariedad de ambas partes.

Base jurídica: Artículo 465 del Código Civil de la República Popular China. Los contratos establecidos conforme a la ley están protegidos por la ley. Un contrato establecido conforme a la ley sólo obliga jurídicamente a las partes, salvo disposición legal en contrario.

Artículo 23 de la Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China: Los litigios iniciados por disputas contractuales estarán bajo la jurisdicción del Tribunal Popular del lugar donde el demandado tenga su domicilio o donde se ejecute el contrato. .

Ley de Turismo de la República Popular China

Artículo 91 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior designarán o establecerán una agencia unificada de manejo de quejas de turismo. Después de recibir una queja, la agencia aceptadora la manejará de inmediato o la transferirá al departamento correspondiente para su procesamiento y notificará al reclamante.

Artículo 92 Las controversias entre turistas y operadores turísticos podrán resolverse a través de los siguientes canales:

(1) Negociación entre las dos partes;

(2) Aplicar para mediación a la asociación de consumidores, agencia de aceptación de quejas turísticas u organización de mediación relevante;

(3) Presentarlo a una institución de arbitraje para arbitraje de acuerdo con el acuerdo de arbitraje alcanzado con el operador turístico;

(4) ) presentó una demanda ante el Tribunal Popular.

Artículo 93 Las asociaciones de consumidores, las agencias de gestión de quejas turísticas y las organizaciones de mediación pertinentes mediarán en las disputas entre turistas y operadores turísticos sobre la base de la voluntariedad de ambas partes de conformidad con la ley.

Artículo 94 Si surge una controversia entre turistas y operadores turísticos, y hay muchos turistas de una parte y tienen la misma solicitud, se podrán elegir representantes para participar en la negociación, mediación, arbitraje y litigio.