Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Aplicar las últimas reglas para agregar un cónyuge.

Aplicar las últimas reglas para agregar un cónyuge.

Subjetividad jurídica:

Después de que fallece la persona sujeta a ejecución, su cónyuge o heredero que hereda sus bienes tiene la obligación de devolverlos, y puede solicitar al tribunal que agregue a su esposa u otro heredero legal como heredero. persona sujeta a ejecución. Agregar un sujeto de ejecución es una actividad judicial importante en el procedimiento de ejecución. Cuando el sujeto de ejecución no pueda o no pueda cumplir plenamente las obligaciones especificadas en el documento legal, un sujeto adicional con derechos y obligaciones relevantes como el sujeto de ejecución original asumirá conjuntamente la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones determinadas en el documento legal. con el objeto original sujeto a ejecución. Sin embargo, este comportamiento adicional debe estar claramente estipulado por la ley y debe llevarse a cabo de acuerdo con los procedimientos previstos por la ley. No debe establecerse ni inferirse por sí solo, y no debe dañar los derechos e intereses legítimos de una persona. tercero a voluntad. 1. Añadir como sujeto de ejecución el cónyuge del sujeto a ejecución. 2. Agregar como albaceas a los socios de la empresa colaboradora. 3. Agregar como personas sujetas a ejecución las empresas, agencias superiores y establecimientos que reciben bienes del sujeto a ejecución a título gratuito; 4. Agregar como albaceas los propietarios de empresas unipersonales; 5. Agregar las casas matrices y sucursales como personas sujetas a ejecución; 6. Añadir un garante como persona sujeta a ejecución. 7. Se añade como sujeto a ejecución el deudor del sujeto a ejecución. 8. Se añadirán como sujeto de ejecución los que obstaculicen al sujeto de ejecución. 9. Agregar empresas relacionadas como albaceas.

Objetividad jurídica:

Disposiciones del Tribunal Supremo Popular sobre determinadas cuestiones relativas al cambio y adición de partes en la ejecución civil

Artículo 28

Cuando una parte solicita una modificación o ejecución adicional, el solicitante deberá presentar una solicitud por escrito y los materiales de prueba pertinentes al tribunal de ejecución.

Salvo en los casos en que los hechos sean claros, los derechos y obligaciones sean claros y las controversias no sean graves, el tribunal de ejecución formará un panel colegiado para revisar y celebrar audiencias públicas. Después de la revisión, si se establecen los motivos, se tomará la decisión de cambiar o agregar elementos adicionales;

Si no se establecen los motivos, se tomará la decisión de rechazar.

El tribunal de ejecución resolverá dentro de los 60 días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud escrita. Si existen circunstancias especiales que requieran una extensión, ésta deberá ser aprobada por el presidente del hospital.

Disposiciones del Tribunal Popular Supremo sobre determinadas cuestiones relativas al cambio y la adición de partes en la ejecución civil

Artículo 30

El demandado, el solicitante u otras partes encargadas de la ejecución Si usted no esté satisfecho con el cambio, sentencia adicional o rechazo de la solicitud realizada por el tribunal de ejecución, además de interponer una demanda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de este reglamento, podrá solicitar reconsideración ante el tribunal superior popular dentro de los diez días. desde la fecha de notificación de la sentencia.