Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cómo repartir la parte hereditaria de la casa?

¿Cómo repartir la parte hereditaria de la casa?

La herencia de la casa se puede distribuir de las dos formas siguientes:

1.Toma la forma de compensación con descuento. Generalmente pertenece al usuario de la casa y se le compensará con un descuento según la parte de la herencia de la casa que le corresponda a cada heredero. El estándar de precio de la vivienda puede ser determinado por los propios herederos mediante negociación, o puede determinarse de acuerdo con los estándares de valoración de la vivienda estipulados por el gobierno popular local y con referencia al precio del mercado local

2. Adopte el método * * *, * * * se divide en bandas * * * y la multiplicación * * * son dos formas. El llamado * * *tener* * * significa que los herederos disfrutan por igual de la propiedad de la herencia de la casa, independientemente de la participación. Los herederos ocupan la herencia de la casa según sus partes y disfrutan de los derechos según sus respectivas partes.

La división de la herencia de la casa es diferente a la división de otras propiedades, porque la casa es un bien inmueble y no se puede mover a voluntad, o por las necesidades reales de los herederos, los intereses de cada heredero son tomado en consideración. La división de la herencia debe favorecer las necesidades de producción y de vida sin perjudicar la utilidad de la herencia. La herencia que no sea apta para la división se puede disponer con descuento, compensación adecuada o posesión. Si los herederos no logran llegar a un acuerdo sobre el método de herencia de bienes raíces mediante negociación, solo pueden determinar primero la parte de la casa ocupada por cada heredero y luego ser propietarios de la casa de acuerdo con la parte después de determinar sus respectivas partes; Si más de dos tercios de los propietarios necesitan deshacerse de la casa, pueden presentar reclamaciones por separado.

Base Legal

Código Civil de la República Popular China

Artículo 127 La herencia se heredará en el siguiente orden:

( 1 ) Primer orden: cónyuge, hijos, padres;

(2) Segundo orden: hermanos, hermanas, abuelos, abuelos maternos.

Una vez iniciada la herencia, heredarán los herederos de primer orden, y los herederos de segundo orden no heredarán. Si no hay heredero de primer orden, heredarán los herederos de segundo orden. .

Los hijos mencionados en este apartado incluyen hijos legítimos, hijos ilegítimos, hijos adoptados e hijastros dependientes.

Los padres mencionados en esta sección incluyen padres biológicos, padres adoptivos y padrastros con una relación de custodia.

Los hermanos y hermanas a los que se hace referencia en esta sección incluyen hermanos y hermanas de los mismos padres, medio hermanos y hermanas, hermanos y hermanas adoptados y hermanastros y hermanas con una relación de dependencia.