Elementos de las normas jurídicas educativas
Análisis jurídico: Los elementos de las relaciones jurídicas educativas son: sujeto, objeto y contenido. Los sujetos de las relaciones jurídicas educativas en mi país se pueden dividir en tres categorías: (1) Personas naturales, es decir, sujetos individuales. Los ciudadanos son los sujetos más básicos y absolutamente dominantes entre las personas físicas. Los profesores, los estudiantes, los padres de los estudiantes y otros ciudadanos pueden convertirse en sujetos individuales en las relaciones jurídicas educativas. (2) Sujetos colectivos. Los temas colectivos incluyen dos categorías. La primera categoría son las agencias estatales, incluidas las agencias eléctricas, las agencias administrativas, las agencias judiciales y las agencias de fiscalía. Actúan en el ámbito de sus competencias y pueden convertirse en objeto de relaciones constitucionales, relaciones de derecho administrativo, relaciones de derecho procesal y otras relaciones jurídicas; el otro tipo son las organizaciones sociales, como escuelas, organizaciones sociales, empresas e instituciones, etc. (iii) País. El Estado en su conjunto participa en algunas relaciones jurídicas importantes y puede ser objeto de relaciones de propiedad estatal, relaciones de derecho penal y relaciones de derecho internacional.
Base jurídica: Artículo 9 de la “Ley de Educación de la República Popular China”. El pueblo y los ciudadanos chinos tienen el derecho y la obligación de recibir educación. Ciudadanos, independientemente de su nacionalidad, raza, género, ocupación, situación económica, creencias religiosas, etc. , disfrutar de igualdad de oportunidades educativas de conformidad con la ley.