Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - Gracias a todos por sus respuestas. ?

Gracias a todos por sus respuestas. ?

Hola:

Basado en su carta, nuestra respuesta es la siguiente:

1. Usted dijo que el acuerdo que el jefe de la empresa le pidió que firmara debería ser sobre no competencia. Sin embargo,

Si no has firmado ningún contrato laboral con la empresa, o has firmado un contrato laboral pero el contrato laboral no tiene cláusula de no competencia, no estás obligado a firmar dicho acuerdo. ahora. Si firma dicho acuerdo, no podrá participar en la misma industria o en una similar en el futuro.

2. De acuerdo con lo dispuesto en la "Ley Laboral" de mi país, durante el período no probatorio y no existen circunstancias bajo las cuales los empleados puedan rescindir el contrato laboral en cualquier momento según lo estipulado en la "Ley Laboral". ", los empleados pueden notificar a la empresa con un mes de anticipación. Transcurrido más de un mes desde que el empleado presentó su renuncia, el empleador deberá tramitar los trámites de renuncia pertinentes para el empleado. Por lo tanto, le sugiero que presente su renuncia a la empresa por escrito (esta es la carta de renuncia que escribió antes), pero debe pedirle al jefe de la empresa que le firme un recibo, demostrando que renunció a la empresa en un determinado día de un determinado mes de un determinado año. Si el jefe de la empresa no firma, puede enviar una copia a la empresa y luego puede conservar el recibo (pero se recomienda que indique en la lista detallada que envió la carta de renuncia a la empresa) para demostrar que haber renunciado a la empresa en un determinado día de un determinado mes de un determinado año. De esta forma, la empresa debería gestionar los trámites de dimisión por usted después de más de un mes. Si no se ocupa de ello, no es un empleado de la empresa.

3. En cuanto a la cuestión de que la empresa no le pague los salarios, de acuerdo con la legislación laboral y las leyes y regulaciones pertinentes, es ilegal que la empresa no le pague los salarios. Se puede enviar al departamento de arbitraje laboral para su arbitraje, pero tenga en cuenta que el plazo para el arbitraje de disputas laborales es de 60 días, a partir de la fecha de la disputa, por lo que sugiero que si se inicia el arbitraje, se haga lo antes posible. como sea posible para evitar exceder el límite del tiempo de arbitraje.