Los elementos subjetivos que constituyen un delito estipulado en la legislación penal de mi país incluyen
Las condiciones para constituir un delito son las siguientes:
(1) El sujeto delincuente se refiere a la persona natural o unidad que comete actos delictivos y tendrá responsabilidad penal conforme a la ley;
(2 )El objeto delictivo se refiere a la relación social protegida por el derecho penal y violada por la conducta delictiva;
(3) Los elementos subjetivos reflejan el estado psicológico del perpetrador y qué requisitos específicos el derecho penal tiene para el estado psicológico criminal;
(4) Los elementos objetivos se refieren a las manifestaciones específicas de la conducta delictiva. Por ejemplo, en el delito de estafa, el delincuente fabrica hechos para engañar a otros, y en el delito de tráfico de drogas, el delincuente comete el delito de venta de drogas.
Las penas por delitos son las siguientes:
1. Es el principal método de castigo aplicable a los delincuentes. Sólo puede aplicarse de forma independiente y no puede aplicarse además. Los delincuentes sólo pueden ser condenados a un castigo principal. Las principales penas se dividen en vigilancia, detención penal, prisión de duración determinada, cadena perpetua y pena de muerte;
2. Este es un método de castigo que se puede aplicar de forma independiente y adicional. Es decir, por un mismo delito se pueden agregar una o más penas después de la pena principal, o se pueden agregar una o más penas por separado. Las sanciones adicionales incluyen multas, privación de derechos políticos y confiscación de bienes. Los extranjeros delincuentes también pueden ser deportados individual o adicionalmente.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. En caso de duda, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica:
Artículo 13 de la “Ley Penal”
Todos los actos que pongan en peligro la soberanía nacional, la integridad y la seguridad territorial, los actos que dividan al país, y subvertir al pueblo Actos de dictadura democrática y derrocamiento del sistema socialista, actos de socavamiento del orden social y económico, actos de infracción de la propiedad estatal o de propiedad colectiva de los trabajadores, actos de infracción de la propiedad privada de los ciudadanos, actos de vulneración de los derechos personales de los ciudadanos, los derechos democráticos y otros derechos, y otros comportamientos que ponen en peligro a la sociedad y deben ser castigados conforme a la ley, son todos delitos, pero si las circunstancias son obviamente menores y el daño no es grande, son no considerados delitos.