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¿Qué es exactamente la Ley de Prevención de Epidemias Animales recientemente revisada?

Varios brotes epidémicos altamente relacionados con los animales salvajes han expuesto no sólo la protección y el manejo de los animales salvajes, sino también las graves deficiencias en los vínculos relacionados con la cuarentena y la inspección de animales. Esto pone en riesgo en todo momento la seguridad y la salud pública.

La revisión de la ley está estrechamente relacionada con los intereses vitales de todos, especialmente el contenido relacionado con el uso no comestible de animales salvajes en circunstancias especiales como investigación científica, medicina y exposiciones. Tómese el tiempo para presentar sus valiosas opiniones y sugerencias (simplemente deje un mensaje al final del artículo), lo resolveremos y lo enviaremos al Congreso Nacional del Pueblo (por supuesto, también puede enviar opiniones y sugerencias relevantes). tú mismo).

Parte de la Ley de Prevención de Epidemias Animales (Borrador Revisado)

Regla 3. Los animales mencionados en esta Ley se refieren al ganado, las aves de corral y otros animales domesticados que sean criados artificialmente y capturados legalmente.

Entendemos que la cría artificial debe incluir cualquier animal criado en cautiverio (o en libertad o semi-libre) bajo control artificial, como aquellos animales salvajes criados con fines no alimentarios, como la investigación científica. , medicina, pieles y exhibición.

Artículo 15 Las unidades y las personas que crían animales deberán inmunizar a los animales de acuerdo con el plan de vacunación obligatoria y las especificaciones técnicas, establecer expedientes de vacunación, colocar etiquetas de ganado y aves de corral y asumir responsabilidades de vacunación obligatoria.

No hay nada de malo en la vacunación obligatoria de los animales salvajes criados con fines no alimentarios y en el establecimiento de expedientes de inmunidad. ¿Pero deberían añadirse etiquetas para el ganado y las aves de corral? Claramente inapropiado.

¿Artículo 22 al artículo 27? Estipula las condiciones de prevención de epidemias y las condiciones de aprobación que deben observarse en la construcción y operación de granjas de cría de animales, lugares de aislamiento, lugares de sacrificio y procesamiento de animales, mercados profesionales de comercio de animales y lugares para el tratamiento inofensivo de animales y productos animales. El sacrificio, operación y transporte de animales relevantes y la producción, operación, procesamiento, almacenamiento y transporte de productos animales deben cumplir estrictamente con las condiciones y estándares de prevención de epidemias.

Lo que no se debe operar, no se puede operar; lo que no se debe transportar, no se puede transportar. Entendemos que todos los aspectos de la cría, transporte, procesamiento, utilización y manejo de animales salvajes no comestibles y sus productos también deben cumplir estrictamente con estos términos.

¿Artículo 51? Si es necesario utilizar animales salvajes con fines no comestibles debido a circunstancias especiales como investigación científica, uso medicinal, exposiciones, etc., deben estar sujetos a una estricta aprobación y cuarentena de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes.

El Consejo de Estado o las autoridades competentes pertinentes formularán reglamentos específicos sobre la aprobación, cuarentena y revisión de las condiciones de prevención de epidemias para animales salvajes utilizados con fines no comestibles.

La aparición de esta cláusula nos confunde un poco.

Esto se refiere a la aprobación de animales silvestres no comestibles, la cuarentena de animales silvestres no comestibles, la revisión de las condiciones de prevención de epidemias para los animales silvestres no comestibles, ¿existen otras regulaciones?