Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Es legalmente vinculante un acuerdo de pago de deuda de vivienda?

¿Es legalmente vinculante un acuerdo de pago de deuda de vivienda?

Análisis jurídico: El contrato de casa por deuda entra en vigor cuando se cumplen los requisitos para que el contrato sea efectivo. Según las disposiciones legales, las partes celebran un contrato de compraventa como garantía de un contrato de préstamo privado. Si el prestatario no puede reembolsar el préstamo cuando éste expire y el prestamista solicita la ejecución del contrato de compraventa, el tribunal popular escuchará al tribunal popular. caso de conformidad con la relación jurídica de préstamo privado. El tribunal popular permitirá a las partes cambiar sus reclamaciones en litigio en función de las circunstancias de la audiencia judicial.

Base jurídica: "Código Civil de la República Popular China"

Artículo 387 Si un acreedor requiere una garantía para asegurar la realización de sus derechos en actividades civiles como préstamos, De compra y venta, podrán constituirse garantías reales de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y otras leyes.

Si un tercero proporciona una garantía del deudor al acreedor, podrá exigir al deudor que proporcione una contragarantía. La contragarantía se regirá por las disposiciones de esta Ley y otras leyes.

Artículo 394: Si el deudor o un tercero hipoteca el inmueble al acreedor sin transferirle la posesión del inmueble para garantizar el cumplimiento de la deuda, el deudor no cumple con la deuda debida ni realiza el Derecho hipotecario según lo acordado por las partes, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago del inmueble.

El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario, y el inmueble que da garantía es el inmueble hipotecado.

Artículo 425: El deudor o un tercero transfiere sus bienes muebles al acreedor para garantizar el cumplimiento de la deuda, y el deudor incumple la deuda vencida o el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago para los bienes muebles.

El deudor o el tercero señalado en el párrafo anterior será el pignorante, el acreedor será el pignorante y los bienes muebles entregados serán los bienes pignorados.