La jurisprudencia de “Integración Profesional II” para policías políticos y jurídicos: Capítulo 7.
Sección 1 Normas legales
1. El significado de las normas legales
Las normas legales estipulan los derechos legales de las personas en una determinada forma estructural, obligaciones legales. y las consecuencias legales correspondientes. Las normas jurídicas tienen las características de microorientación, gran operatividad y alta certeza. Al mismo tiempo, las normas jurídicas también deberían tener las características de aplicabilidad, lógica, sistematicidad y previsibilidad.
2. Tipos de normas jurídicas
1. Normas autoritativas y normas obligatorias
Según el contenido de las normas, las normas jurídicas se pueden dividir en normas autorizantes. y Normas obligatorias.
Las reglas de autoridad se refieren a reglas que estipulan que las personas tienen derecho a realizar o no ciertos comportamientos, es decir, reglas que estipulan las "posibles formas" de las personas. Se puede dividir en reglas de derechos y reglas de poder. Las reglas de derechos son reglas que estipulan el ejercicio de los derechos por parte de sujetos generales (como ciudadanos y personas jurídicas). Las normas funcionales se refieren a las normas que estipulan el ejercicio de funciones y facultades por parte de los organismos estatales y su personal.
En términos de contenido, las reglas obligatorias se refieren a las obligaciones legales de las personas, es decir, reglas sobre si las personas deben realizar o no determinadas conductas. También se divide en dos tipos de reglas imperativas. Las reglas mandatorias se refieren a reglas que estipulan las obligaciones positivas de las personas, es decir, las personas deben o deben realizar ciertos comportamientos. (2) Las reglas prohibitivas se refieren a reglas que estipulan las obligaciones negativas de las personas (obligaciones de omisión), es decir, reglas que prohíben a las personas realizar ciertos comportamientos.
2. Reglas de certeza, reglas de nombramiento y reglas de aplicabilidad.
Según el grado de certeza del contenido de las normas, las normas jurídicas se pueden dividir en normas deterministas, normas de encomienda y normas de aplicabilidad.
Las reglas de certeza se refieren a normas jurídicas cuyo contenido ha sido claramente afirmado, no siendo necesario referirse o remitirse a otras normas para determinar su contenido.
Las normas de nombramiento se refieren a normas jurídicas en las que el contenido concreto de los derechos y obligaciones aún no ha sido determinado, sino simplemente estipulado por el organismo estatal correspondiente a través de los canales o procedimientos correspondientes.
Las normas aplicables se refieren a normas que no estipulan patrones de comportamiento específicos de las personas, pero estipulan que se deben citar o hacer referencia a otras regulaciones correspondientes sobre este tema.
3. Normas obligatorias y normas arbitrarias
Según el diferente alcance o grado de regulación y restricción del comportamiento humano por parte de las normas, las normas jurídicas se pueden dividir en normas obligatorias y normas arbitrarias. Reglas sexuales.
Las normas obligatorias se refieren a normas jurídicas cuyo contenido es obligatorio y no permite que las personas lo modifiquen a voluntad.
La regla de arbitrariedad no sólo estipula los derechos y obligaciones del sujeto, sino que también permite a las partes fijar sus propios derechos y obligaciones mediante la negociación dentro del ámbito permitido por la ley. Sólo en ausencia de acuerdo entre las partes podrán aplicarse los derechos y obligaciones previstos en la ley.
(2) Normas jurídicas y disposiciones jurídicas
Las normas jurídicas son el contenido de las disposiciones jurídicas, y las disposiciones jurídicas son la expresión de las normas jurídicas. No todas las disposiciones jurídicas estipulan directamente normas jurídicas, y no todas las disposiciones expresan plenamente una norma o sólo expresan una norma jurídica.
La expresión de normas jurídicas en disposiciones jurídicas generalmente tiene las siguientes situaciones:
1. Una norma jurídica completa se expresa mediante varias disposiciones jurídicas.
2. El contenido de las normas jurídicas se expresa a través de disposiciones legales en diferentes documentos jurídicos normativos.
3. Se expresan diferentes normas jurídicas y sus elementos.
4. Las disposiciones legales sólo estipulan uno o varios elementos de las normas jurídicas.
Sección 2 Principios jurídicos
1. El significado de los principios jurídicos
Los principios jurídicos se refieren a la ideología rectora y los principios de las normas jurídicas en un determinado sistema jurídico. Principios y normas integrales y estables que son base u origen.
Los principios jurídicos y las normas jurídicas son normas jurídicas, pero difieren en la claridad del contenido, el ámbito de aplicación, los métodos de aplicación y las funciones. Son dos normas jurídicas diferentes.
1. En cuanto a su contenido
Las disposiciones de las normas jurídicas son claras y específicas, centrándose en la * * * naturaleza y diversas condiciones (situaciones) de la conducta del sujeto, y sus consecuencias. Su finalidad clara y específica es perjudicar o impedir la "discrecionalidad" en la aplicación de la ley. El enfoque de los principios jurídicos no se limita a la unicidad de los actos y condiciones, sino también a su carácter individual. Los requisitos son generales y vagos, sin establecer de antemano supuestos claros y específicos, y mucho menos establecer consecuencias legales claras.
2. Sobre el ámbito de aplicación
Las normas legales, por su contenido específico, sólo se aplican a un determinado tipo de conducta. Los principios jurídicos, por otra parte, tienen una mayor cobertura y abstracción del comportamiento humano y sus condiciones, proporcionan orientación macro y tienen un ámbito de aplicación más amplio que las normas jurídicas.
3. En términos de aplicación
Las normas legales se aplican a los casos en forma de todo o nada. La aplicación de los principios jurídicos es diferente.
4. En términos de función
Las reglas legales son más obvias que los principios legales, es decir, en comparación con los principios, es menos probable que los jueces se desvíen de las reglas y tomen decisiones.
Los principios jurídicos pueden coordinar las contradicciones entre las normas del sistema jurídico, compensar los defectos y limitaciones de las normas jurídicas e incluso servir directamente como base jurídica para las sentencias de los jueces; al mismo tiempo, los principios jurídicos pueden garantizar que los casos individuales puedan; puede garantizarse introduciendo factores de "discreción" en el funcionamiento de la ley. Puede garantizar la justicia individual, evitar la injusticia sustantiva que puede ser causada por la "aplicación uniforme" de las normas jurídicas y hacer que el sistema jurídico tenga un cierto grado de elasticidad. manteniendo así en mayor medida la estabilidad y estabilidad del sistema jurídico. En resumen, con el apoyo de principios jurídicos, un sistema jurídico puede ser más rígido y adaptable que todas las reglas del sistema.
2. Tipos de principios jurídicos
1. Razón pública y principios de política
Según las diferentes bases de los principios jurídicos, los principios jurídicos se pueden dividir en públicos. principios de razón y principios de política. El principio de razón pública, es decir, el principio compuesto de principios jurídicos (jurisprudencia), es un principio jurídico derivado de hechos jurídicos, es un principio jurídico en sentido estricto y tiene gran universalidad en el ámbito internacional. Los principios de política son algunos principios formulados por un país o nación a partir de ciertas consideraciones de política y son pertinentes, nacionales y contemporáneos.
2. Principios básicos y principios específicos
Los principios jurídicos se pueden dividir en principios básicos y principios específicos según su cobertura y ámbito de aplicación. Los principios jurídicos básicos son principios que se aplican a todo el sistema jurídico o a un determinado departamento jurídico y encarnan el valor básico del derecho. Los principios legales específicos son principios que se aplican a situaciones específicas dentro de un departamento legal, guiados por principios fundamentales.
3. Principios sustantivos y principios procesales
Según el contenido y las cuestiones involucradas, los principios jurídicos se pueden dividir en principios sustantivos y principios procesales. Los principios sustantivos son principios directamente relacionados con cuestiones jurídicas sustantivas (derechos y obligaciones sustantivos, etc.). ).Los principios procesales son principios directamente relacionados con el derecho procesal.
Sección 3 Conceptos jurídicos
1. El significado de los conceptos jurídicos
Los conceptos jurídicos son uno de los elementos constitutivos del derecho y se refieren al carácter jurídico de largo plazo. investigación y Sobre la base de la práctica jurídica, se forma un concepto con un significado jurídico específico abstrayendo y generalizando algunos términos técnicos de uso frecuente.
2. Tipos de conceptos jurídicos
Según los factores implicados, los conceptos jurídicos se pueden dividir en cuatro categorías. (2) El concepto de relación. (3) El concepto de objeto. (4) El concepto de hecho.