¿Deben suspenderse los procedimientos de ejecución por una objeción de ejecución?
De acuerdo con el artículo 10 de las "Disposiciones del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas al manejo por parte del Tribunal Popular de los casos de reconsideración de objeciones a la ejecución", si una parte no está satisfecha con la decisión de rechazar la solicitud y no ejecutar la decisión notariada documento de derechos del acreedor, podrá, a partir de la fecha de recepción de la sentencia, solicitar una reconsideración ante el Tribunal Popular del nivel inmediatamente superior dentro de los diez días. El tribunal popular del nivel inmediatamente superior deberá realizar una revisión dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud de reconsideración, si los motivos son válidos, resolverá revocar la sentencia original y negarse a ejecutar el documento de derechos del acreedor notariado; los motivos no sean válidos, rechazará la solicitud de reconsideración. Durante el período de reconsideración no se suspenderá la ejecución.
Una objeción de ejecución debe cumplir tres condiciones: Primero, el sujeto que tiene derecho a plantear una objeción de ejecución debe ser una persona ajena al caso, no una parte. Durante el proceso de ejecución, la persona que solicita la ejecución y la persona sujeta a ejecución también pueden tener opiniones diferentes sobre la ejecución por parte del tribunal, pero esto no constituye una objeción a la ejecución. Si la persona que solicita la ejecución y la persona a la que se solicita la ejecución creen que el fundamento de la ejecución es realmente incorrecto, pueden informarlo a la persona sujeta a ejecución y resolverlo mediante procedimientos de supervisión del juicio. En segundo lugar, la persona que reclama derechos sobre el objeto de ejecución debe ser una persona ajena al caso. Si una persona ajena al caso sólo presenta sus propias opiniones o sugerencias sobre el trabajo de ejecución del tribunal, esto no constituye una objeción a la ejecución. En tercer lugar, las objeciones a la ejecución deben plantearse antes de que concluya el procedimiento de ejecución. Si el procedimiento de ejecución ha finalizado y una parte ajena al caso plantea otra objeción, se trata de una nueva disputa y debe resolverse mediante nuevos procedimientos de litigio en lugar de tratarse como una objeción de ejecución.
En resumen, las objeciones generalmente deben ser presentadas por escrito por personas externas. Si es realmente difícil de redactar, también puede presentarse oralmente y ser registrado por el secretario. Sin embargo, se deben explicar las razones para hacer valer sus derechos sobre el objeto de la ejecución y aportar las pruebas necesarias.
Base jurídica:
Artículo 256 de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China"
En cualquiera de las siguientes circunstancias, el tribunal popular deberá regla para suspender la ejecución: (1) El solicitante indica que la ejecución puede ser suspendida; (2) Una persona ajena al caso plantea objeciones legítimas al objeto de la ejecución (3) El ciudadano que es parte fallece y necesita esperar la ejecución; heredero para heredar los derechos o asumir obligaciones; (4) la persona jurídica que es una de las partes u otras organizaciones se extinguen y el sucesor de los derechos y obligaciones aún no ha sido determinado; (5) otras circunstancias en las que el tribunal popular considera la ejecución; debería suspenderse. La ejecución se reanudará después de que desaparezca la pausa.
Artículo 225
Si las partes o interesados consideran que la ejecución viola disposiciones legales, podrán presentar objeciones por escrito ante el tribunal popular responsable de la ejecución. Si una parte o interesado plantea una objeción escrita, el tribunal popular la revisará dentro de los quince días siguientes a la fecha de recepción de la objeción escrita, si el motivo es fundamentado, resolverá cancelarla o corregirla si el motivo es insostenible; , resolverá desestimarlo. Si las partes o interesados no están satisfechos con la sentencia, podrán solicitar una reconsideración ante el tribunal popular del nivel inmediatamente superior dentro de los diez días siguientes a la fecha de emisión de la sentencia.