Red de Respuestas Legales - Asesoría legal - ¿Cómo compensar la pérdida de correo certificado?

¿Cómo compensar la pérdida de correo certificado?

Subjetividad legal:

Si se pierde el correo certificado, la compensación se hará de la siguiente manera: Si el correo no asegurado se pierde, se daña o falta el contenido, la compensación se basará en la pérdida real, pero el el monto máximo de compensación no excederá los tres días del cargo; si el correo certificado se pierde o daña, la compensación será tres veces la tarifa.

Objetividad jurídica:

Artículo 47 de la "Ley Postal": Las empresas postales compensarán las pérdidas de correo certificado de conformidad con las siguientes disposiciones: (1) Pérdida de correo certificado asegurado O si está completamente dañado, la indemnización se basará en el valor asegurado, si está parcialmente dañado o faltan piezas internas, la pérdida real del correo se compensará en función de la relación entre el monto asegurado y el total; valor del correo. (2) Si el correo no asegurado se pierde, se daña o le falta contenido, la compensación se basará en la pérdida real, pero no excederá tres veces el cargo; si el correo certificado se pierde o se daña, la compensación será tres veces el cargo; Las empresas postales harán constar lo dispuesto en el párrafo anterior en los avisos en los locales comerciales y en los recibos de correo que entreguen a los usuarios de manera que puedan llamar su atención. Si una empresa postal provoca la pérdida del correo entregado por dolo o negligencia grave o no cumple con sus obligaciones estipuladas en el párrafo anterior, no tiene derecho a invocar las disposiciones del párrafo 1 de este artículo para limitar su responsabilidad de indemnización.